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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2014


MISIÓN EVANGÉLICA PENTECOSTAL MANANTIAL DE VIDA ETERNA LOS ROSALES
Dora Silva Letelier, abogada, Notario Público de la Primera Notaría de La Florida, y oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente N° 7131, certifico: Que por escritura pública, de fecha 18 de noviembre 2013, ante mí, don Manuel Benito Jorquera Rubio, redujo el acta de constitución de la entidad religiosa denominada Misión Evangélica Pentecostal Manantial de Vida Eterna Los Rosales, domiciliada en Isla Melchor N° 0883, comuna La Granja, Región Metropolitana, de paso ésta, inscrita en el Registro Público de Entidades Religiosas, a cargo del Ministerio de Justicia, bajo el N° 3142, de 28 de noviembre de 2013. La constituyeron: Presidente, pastor presbítero: Manuel Benito Jorquera Rubio; Vicepresidente: Freddy Marcelo Jorquera Águila; Secretaria: Irma Angélica Trigo Mora; Pro-Secretaria: Leyla Luisa Moyano Bravo; Tesorera: Corina Ester Martínez Fabres; Pro-Tesorera: María Cristina Fernández Albornoz; 1er Director: Luis Abraham Gonzales Muñoz; 2° Director: Hugo Alejandro Martínez Fabre; 3er Director: Eulogio del Carmen Barrios Salgado; Representante Legal: Manuel Benito Jorquera Rubio. Los fundamentos y principios en que se sustenta la fe son: Sostener, practicar y difundir el culto y la doctrina de esta iglesia y las enseñanzas de la Santa Biblia; brindar ayuda espiritual y material a personas con necesidades de ella y miembros de la iglesia. La profesión de la fe: La Santa Biblia, que manifiestan que es revelación divina; que Jesucristo es Hijo de Dios y murió por nuestros pecados; que el Espíritu Santo se mueve en la Tierra para convencer pecadores y edificar el cuerpo de Cristo; que Cristo volverá al final de esta era a establecer su Reino eterno, y que reinará con los santos vencedores. La Administración corresponderá: Al Directorio conformado por 9 miembros, incluyendo Presidente vitalicio, que representa judicial y extrajudicialmente a la iglesia, pudiendo adquirir, enajenar, gravar y administrar sus bienes, celebrar contratos; velar por la unidad y disciplina de miembros, y su desarrollo espiritual, velar por fines de la entidad; impartir doctrinas e imponer ordenaciones de ascenso al pastorado. Resto del directorio durará 4 años prorrogables, desempeñando otras funciones espirituales o administrativas que señala la escritura extractada. La Florida, 21 de enero de 2014.- Notario.




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