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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2014


Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA EVANGELISTA LA PALABRA DE VIDA ETERNA
(Extracto)
Eugenio Camus Mesa, Notario Público Puente Alto, Balmaceda 403, certifica: Por escritura pública ante mí, 07/08/2013, se redujo a escritura pública acta constitutiva y aprobación de estatutos de persona jurídica de derecho público de conformidad a ley N°19.638, y cuyo extracto es el sgte.: Nombre: "Iglesia Evangelista La Palabra de Vida Eterna"; Domicilio: Pasaje Pocillas N° 289, Recoleta, Santiago, Región Metropolitana; Registro Público: Registro de Ministerio de Justicia N° 3055, de 21/08/2013; Constituyentes: Leonardo Andrés Pérez López. Marcia del Carmen Contreras Aravena. Juan Carlos Contreras Pérez. Gloria del Carmen Aravena Órdenes. Juan Francisco Contreras Aravena. Natali Nora Cofré Aguilar. Juan Alfredo Neira Rojas. Giovanna del Carmen Benítez Ortiz. María Isabel López Cabezas. José Humberto Escobar Montoya. Patricia Lorena Madariaga Herrera.- Elementos Esenciales, Fundamentos, Principios de fe: I.- La promoción del Evangelio de San Marcos Capítulo 16, Versículo 15 "Id por todo el mundo y predicad el evangelio a toda criatura".- II.- Declaración de fe: 1) Cree en un solo Dios, en esencia y en existencia Padre, Hijo y Espíritu Santo; eterno, creador y conservador de vida; 2) Cree en Jesucristo como hijo de Dios, Salvador de la Humanidad a través de su sacrificio en la cruz por los pecados de todos; 3) Cree en el Espíritu Santo como la manifestación enviada por Dios a la tierra para actuar como poder regenerador y Santificado que guía a los hijos hacia el bien; 4) Cree en autoridad de la Biblia como la palabra inspirada por Dios, que contiene el plan de salvación para el mundo; 5) Cree y reconoce como sacramentos básicos: el bautismo por inmersión, la presentación de niños y la Cena del Señor o Santa Cena; 6) Crea y acepta la Justificación por la fe para perdón de los pecados y en la santificación como un proceso necesario para ser santos y ver a Dios en la Tierra Nueva; 7) Cree y espera el arrebatamiento de la iglesia y en la segunda venida de Cristo con poder y gloria para instaurar su reino milenial.- Duración: Indefinido; Autoridades y Órganos Eclesiásticos: A) Directorio. La Iglesia será dirigida y administrada por un Directorio compuesto de 1 Pastor Presidente, 1 Vicepresidente, 1 Secretario, 1 Tesorero y 3 Directores.- Los deberes de los miembros del Directorio son los siguientes: a) Representar judicial y extrajudicialmente; b) Presidir las reuniones del Directorio y las Asambleas Generales de los miembros; c) Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin prejuicios de las funciones que los Estatutos encomienden al Vicepresidente, Secretario, Tesorero y a otros miembros que el Directorio designe; d) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general de actividades de la institución; e) Nombrar junto con el Director encargado las Comisiones de trabajo que estime conveniente; f) Firmar la documentación propia de su cargo y aquella que deba presentar a la Iglesia; g) Firmar conjuntamente con el Tesorero o con el Director que haya elegido el Directorio, los cheques, los giros de dinero, letras de cambio, balances y, en general, todos los documentos relacionados con el movimiento de los fondos de la Misión; h) Dar cuenta anualmente en la Asamblea General Ordinaria de la marcha y del estado financiero de la Misión; i) Resolver cualquier asunto urgente que se presente y solicitar a la sesión de Directorio más próxima su ratificación; j) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la Misión; l) Las demás atribuciones que determinen los estatutos y los reglamentos.- B) Asambleas Ordinarias y Extraordinarias. La Asamblea General es el órgano colectivo principal de la Misión e integra al conjunto de sus miembros activos.- Sus acuerdos obligan a los miembros presentes y ausentes, siempre que hubiesen sido tomados en la forma establecida por estos Estatutos y no contrarios a las leyes y reglamentos.- Las Asambleas Generales Ordinarias se celebrarán 1 sola vez por año durante el mes de abril y en ella se tratarán todos los asuntos necesarios para la buena marcha de la Iglesia.- Son atribuciones de la Asamblea Ordinaria Anual: a) Elegir a los miembros del Directorio cuando corresponda; b) Aceptar donaciones que se hagan a la Iglesia, abrir suscripciones y resolver sobre colocaciones e inversiones de fondos; c) Aprobar o rechazar los reglamentos necesarios para la buena marcha de la Iglesia y sus miembros, modificarlos o derogarlos; d) Tratar todos los asuntos relativos a la legislación eclesiástica de fe, doctrina y de orden.- Las Asambleas Generales Extraordinarias se celebrarán cada vez que el Directorio acuerde convocarlas, cada vez que lo solicite el Pastor Presidente, o si lo solicitan por escrito, a lo menos un tercio de los miembros, indicando el o los objetivos de la reunión. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria las siguientes materias: a) Reformas de Estatutos; b) Disolución o cambio de nombre de la Iglesia; c) Situaciones que ameriten urgencia y necesidad, como por ejemplo, acusaciones o situaciones graves contra algún miembro del Directorio, como ser: Uno) Mala administración, 2) Abuso de poder; 3) Inmoralidades o falta grave a la ética ministerial; Cuatro) Enfermedad o incapacidad sobreviviente; d) La asociación o federación de la Organización Religiosa con otras organizaciones similares; e) Comprar, vender, permutar, hipotecar, ceder y transferir bienes raíces, constituir servidumbre y prohibiciones de gravar y enajenar.- Demás estipulaciones escritura extractada. Puente Alto, 6 de febrero del 2014.




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