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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2014


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
CONGREGACIÓN NACIONAL DE LÍDERES Y PROFESIONALES EVANGÉLICOS
Ramón García Carrasco, Notario Público de Concepción, con Oficio en calle Rengo 444, Concepción, certifica: Por escritura ante mi Suplente Felipe Quilodrán Slater, de 5 de mayo 2011, se constituyó entidad religiosa de derecho público, de acuerdo a la ley N° 19.638, y cuyo extracto es el siguiente: Nombre y domicilio: Congregación Nacional de Líderes y Profesionales Evangélicos; domicilio principal, calle Tucapel 876, Concepción. Registro: N° 02407, de fecha 15 de junio de 2011. Constituyentes: Jaime Martín Faúndez Báez, Jorge Luis Flores Muñoz, Daniel Isaías Fuentes Tapia, Lilian Magdalena Mella Muñoz, Juan Fernando Sanhueza López, Víctor Manuel Oviedo Araneda, Roberto Adrián Pinto Araya. Elementos: a) Esta entidad religiosa no persigue fines de lucro, políticos o sindicales, b) No existirá diferencia o discriminación alguna entre hombres y mujeres, c) Propiciará el respeto y la fraternidad entre líderes y profesionales evangélicos, lo mismo buscará a nivel de iglesias e instituciones evangélicas hermanas, tanto a nivel regional, nacional como internacional, pudiendo para ellos suscribir acuerdos internacionales y nacionales con otras iglesias o instituciones religiosas. Principios: a) Creemos en la inspiración divina de las Sagradas Escrituras, b) Creemos en la existencia de un Dios personal, uno en esencia pero existiendo en tres Personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo, como ha sido la tradición de la iglesia cristiana por tantos siglos, c) Creemos en la justificación del pecador únicamente por la gracia de Dios, don manifestado en la muerte vicaria de Cristo, d) Creemos en la presencia y poder del Espíritu Santo, quien asiste al creyente en el sendero conducente a la imagen de Cristo y a la iglesia en su vocación evangelizadora, e) Creemos en la Iglesia Universal, la cual es el cuerpo de Cristo, visible en las comunidades locales y a la cual pertenecen los creyentes en Cristo Jesús. Órganos: Asambleas generales como primera autoridad de la entidad constituidas por todos los miembros, serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se celebrarán cada cuatro meses, en la fecha que determine el Directorio. Al Directorio corresponde la administración y dirección superior de la entidad, estará constituido por un Presidente, un Vice- Presidente, un Secretario de Acta, un Tesorero y dos Directores. Elegidos por la asamblea general, y duran cinco años en el cargo, pudiendo ser reelegidos. Son atribuciones y deberes del Directorio: a) Dirigir la Congregación Nacional y velar que se cumplan y acaten sus principios, objetivos y estatutos; b) Administrar los bienes de la Congregación Nacional e invertir sus recursos; c) Citar a asambleas generales ordinarias, extraordinarias en la forma y época que señalen los estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Congregación Nacional; e) Cumplir los acuerdos de las asambleas generales; f) Rendir cuenta, en la asamblea general tanto de la marcha de la Congregación Nacional, como de la inversión de sus fondos, mediante una memoria, balance e inventarios que en esa ocasión se someterá a la aprobación de los miembros. Concepción, marzo 13 de 2014.




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