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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2014


MINISTERIO PROFÉTICO NUEVO PACTO
a) Que en la publicación del extracto en el Diario Oficial del 6 de enero de 2014 se omitió la fecha de la escritura Pública Complementaria que modifica los estatutos, modificando el nombre de la Entidad Religiosa Ministerio Profético Sanidad y Restauración, en Acta Complementaria y Reducida a escritura Pública ante mí: Fernando Eulogio Oyarzún Muñoz, Abogado y Notario Público, Conservador de Minas y Archivero Judicial de Melipilla, Suplente de don Jaime Arturo Contreras Miranda, con oficio en Avenida Serrano numero quinientos diez, con el Repertorio N° 958/2013, de fecha once de octubre de dos mil trece, y quedando de la siguiente manera: Fúndase en la Ciudad de Melipilla una Entidad Religiosa con el nombre de: Ministerio Profético Nuevo Pacto. b) De los elementos esenciales que nos caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta nuestra fe están en el Título I, artículo octavo de nuestros Estatutos y que es nuestra declaración de fe. c) Los órganos de administración son dos: 1°) Un Directorio compuesto de 5 miembros y que durarán dos años en sus cargos pudiendo ser reelegidos, Presidente, Secretario, Tesorero, 1° y 2° Directores a quienes les corresponde dirigir y administrar esta entidad. 2°) Y La Asamblea General Ordinaria que es el órgano colectivo principal de esta entidad e integra al conjunto de sus miembros activos y se celebrarán una vez al año durante el mes de febrero y en ellas se tratarán todos los asuntos necesarios para la buena marcha de la entidad. 3°) Y las asambleas generales extraordinarias siendo citadas por el Directorio o a solicitud de un tercio de sus miembros, a las asambleas extraordinarias le corresponderá entre otras materias tratar: a) Reforma de los estatutos; b) Disolución o cambio de nombre de la entidad.- Rafael Arcángel Trujillo Osorio, Representante Legal, RUT: 5.878.675-6.




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