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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2014


IGLESIA PENTECOSTAL LEMUEL DEDICADOS A DIOS
En Bulnes, República de Chile, a 11 de abril del año 2014, ante mí, Luciano Fco. Cruz Muñoz, abogado, Notario y C.B.R. con Oficio en calle Carlos Palacios 109, comparece: Gerardo Elías Neira Neira, RUT: 8.292.372-1, Pastor, con domicilio en Villa Padre Hurtado III, pasaje Hermandad N° 1128, en la ciudad y comuna de Chillán Viejo y de paso por esta, quien expone: Que mediante escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2013, Repertorio N° 1864, modificada, con fecha 31 de enero de 2014, en esta misma Notaría, con repertorio N° 169, redujo a escritura pública, los estatutos de constitución de Iglesia Pentecostal Lemuel Dedicados a Dios, cuyo domicilio será calle Mariano Egaña 1094, en la ciudad y comuna de Chillán Viejo.- La doctrina de la Iglesia Pentecostal Lemuel se basa en los 23 puntos de fe que son: 1.- Dios (Jehová, Dios Padre) el cual posee atributos exclusivos de Él. a) Dios es Omnipotente; b) Dios es Omnisciente; c) Dios es Omnipresente; d) Dios es Trascendente; e) Dios es Eterno; f) Dios es Inmanente; g) Dios es Perfecto y Santo. 2.- Cree en Jesucristo, Hijo Unigénito de Dios, único Salvador de la Humanidad, su encarnación, su resurrección y su exaltación. 3.- Cree en el Espíritu Santo, su persona, su relación con la salvación y la iglesia. 4.- Cree en la unidad Deidad, hay tres personas Divinas, es decir, Dios es uno en su esencia y substancia, pero existe en tres personas consubstanciales o de una misma substancia, eternas e iguales en dignidad y poder quienes son: Dios Padre, Dios Hijo y Dios Espíritu Santo. 5.- Las Sagradas Escrituras (La Biblia una y absoluta regla de fe y conducta.) que es la infalible palabra de Dios, la que está constituida por los sesenta y seis libros canónicos del Antiguo y del Nuevo Testamento. 6.- El Bautismo en agua (por aspersión) a miembros en plena comunión. 7.- El derecho a la vida; 8.- Las Buenas Obras; 9.- La Salvación (a través de Cristo en la cruz); 10.- La nueva vida en Cristo; 11.- La redención; 12.- La Justificación; 13.- La Regeneración; 14.- La Adopción; 15.- La Entera Santificación; 16.- La Restauración; 17.- La Iglesia, como el cuerpo de Cristo y el lenguaje de la adoración; 18.- El Arrebatamiento de la Iglesia de Cristo; 19.- El Sacramento de la cena del Señor; 20.- Los últimos acontecimientos (El reino de Dios); 21.- El Retorno de Cristo en su segunda venida; 22.- La resurrección universal; 23.- El Juicio de Dios y el destino eterno, y Nuestra visión es dar a conocer el llamado Dios por medio del anuncio del evangelio de Jesucristo e invita a formar parte de la membresía de la iglesia, a todo aquel que responda por fe a este llamado. Nuestra misión; Es cumplir el mandato de la gran comisión en Mateo capítulo veintiocho versículo diecinueve (28:19) "Id y hacer discípulos". La organización de ella será: Concilio, Artículo 11: Será la autoridad máxima de la "Iglesia Pentecostal Lemuel, este concilio estará constituido por: a) Los siete miembros del Directorio. b) Pastor probando, Pastores diáconos, Pastores presbíteros. c) Delegados por la iglesia, elegidos por un periodo de un año, pudiendo ser reelegidos. Los miembros señalados en las letras a) y b), serán miembros del concilio mientras permanezcan en sus cargos o funciones. Los miembros de la letra a) que no salgan elegidos Directores de acuerdo al artículo 21, permanecerán como miembros en dicho concilio hasta su término; Directorio, Artículo 21: La administración de la "Iglesia Pentecostal Lemuel estará a cargo de un directorio, conformado por 7 directores que se elegirán cada 4 años en un concilio ordinario de la siguiente forma: Los postulantes serán miembros del concilio, de un número de 14 postulantes, serán aprobados por una comisión calificadora quedando solo 10 postulantes, luego los postulantes serán candidatos para llenar los cupos del Directorio vacantes en votación secreta de todo el concilio asistente, quedando como miembros del Directorio las más altas mayorías, del Presidente, Vicepresidente, del Secretario y Tesorero. Tribunal Eclesiástico, Artículo 42: Habrá un Tribunal Eclesiástico compuesto por cinco miembros, dos de ellos designados por el Concilio. El Tribunal se constituirá para designar a tres de sus miembros para que se constituyan como Tribunal en el conocimiento de los hechos que se denuncien. Cuya directiva provisional será: Gerardo Elías Neira Neira, RUT 8.292.372-1, como Presidente; Felidor Agustín Mellado Figueroa, RUT 4.637.212-3, como Vicepresidente; Nelson Patricio Aliste Canales, RUT 10.626.147- 4, como Secretario; Mariano Fernández Cid, RUT 4.904.940-4, como Tesorero; Héctor Darío Jiménez Cofré, RUT 7.968.067-2, como Director; Cecilia del Carmen Reyes Sandoval, RUT 9.398.049-2, como Directora, y Luisa Elizabeth Guerrero Figueroa, RUT 6.944.047-9, como Directora; inscripción en el Registro de Entidades Religiosas es 3179, de fecha 6 de enero de 2014, la nómina de los asistentes a la asamblea que dio origen a esta entidad es: Gerardo Neira Neira RUT 8.292.372- 1, Felidor Agustín Mellado Figueroa RUT 4.637.212-3, Mariano Fernández Cid RUT 4.904.940-4, Nelson Patricio Aliste Canales RUT 10.626.147-4, Héctor Darío Jiménez Cofré RUT 7.968.067-2, Eugenio Segundo Valle Ortiz RUT 6.850.112-1, Juan Benito Araneda Valencia RUT 9.294.730-0, Luis Omar Venegas Astudillo RUT 4.687.121-9, José Rubén Ramírez Mamani RUT 15.000.497-7, René Martínez RUT 3.269.860-3, Hugo Luis Neira Neira RUT 3.890.658-5, Cecilia del Carmen Reyes Sandoval RUT 9.398.049-2, Silvia Yolanda Espinoza Muñoz RUT 11.095.585-5, Evelyn del Rosario Carrasco Mardones RUT 14.267.484-K, Luisa Elizabeth Guerrero Figueroa RUT 6.944.047-9, Angélica Isabel Venegas Alarcón RUT 13.378.214-1, Claudia Alejandra Almonacid González RUT 9.803.298-3, Marcela Alejandra Saiu González RUT 16.468.617-0, Karen Paola Fierro Figueroa RUT 17.042.064-0 y Jacqueline de las Mercedes Retamal Valenzuela RUT 11.147.794-9.- En Bulnes, a 11 de abril de 2014.- Doy Fe.




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