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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2014


MINISTERIO EVANGELÍSTICO SANTIDAD A JEHOVÁ
Humberto Quezada Moreno, Notario Público de la 26a Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, Santiago, certifico que con fecha 03/02/2014, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la entidad religiosa de derecho público "Ministerio Evangelístico Santidad a Jehová" (Mesaj) y que con fecha 03/04/2014 se redujo escritura complementaria de subsanación de la escritura antes señalada. Esta entidad se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia con N° 3.214, del 11/02/2014. Domicilio: Avenida Neptuno N° 85, comuna de Lo Prado, Santiago. Constituyentes: Yerko Muñoz, Rafael Piña, Eugenio Mariano, Jocelyn Huilipan, Claudia Curin, Juan Muñoz, Víctor Araya, Manuel Valladares, Juan Meza, Gloria Quezada, Sandra Meza, José Sepúlveda, Luis Valladares, Patricia Morgado, Gloria Hualacán, Sandra Hualacán, Luz Cifuentes, Alejandra Aránguiz, Alba Hualacán, Ricardo Piña, Elisa Hualacán, Cynthia Robles, Orlanda Fuentes. Elementos esenciales, fundamentos y principios de fe: -De la Santísima Trinidad: Creemos en la existencia de esta deidad, en la cual subsisten tres personas iguales en Esencia, Poder y Eternidad: el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. -De las Sagradas Escrituras: Creemos que la Biblia es la eterna Palabra y voluntad de Dios. -De los Sacramentos: Creemos que los Sacramentos instituidos por Cristo son testimonio seguro de su gracia y buena voluntad para con todos nosotros. Los sacramentos establecidos por Jesucristo en el Sagrado Evangelio son dos: 1. El Bautismo. 2. La Cena del Señor. Órganos de Administración: El Concilio General, el Presbiterio, el Comité Ejecutivo. El Concilio General es la primera autoridad de la iglesia y representa al conjunto de sus miembros. Está compuesto por Pastor presidente y Presbiterio, Pastores y Encargados de Obra y dos delegados(as) de cada Iglesia del Mesaj. Habrá un Concilio general y un Concilio general extraordinario. Son atribuciones del Concilio general Ordinario: -Elegir a los miembros que ocuparán los distintos cargos de los organismos del Mesaj. -Recibir y pronunciarse sobre la cuenta administrativa que debe rendir el Presbiterio y el informe de la Contraloría Nacional. -Conocer y resolver las apelaciones interpuestas en contra de expulsiones o sanciones dispuestas por el Presbiterio, de conformidad a lo establecido por el artículo 14 letra k del estatuto. -Aprobar el programa de trabajo para el período siguiente, como asimismo el presupuesto de entradas y gastos, y las cuotas de las iglesias locales. -Resolver toda clase de asuntos que se sometan a su conocimiento y que conciernan al Mesaj. -Aprobar y modificar el Reglamento Interno. -Nombrar las comisiones que sean necesarias para la marcha del Mesaj. -Las demás que le otorguen estos estatutos o la ley. Corresponde exclusivamente al Concilio general extraordinario. -La reforma de los estatutos y la disolución del Mesaj. -De las reclamaciones contra los directores, para hacer efectivas las responsabilidades que conforme a la ley y los estatutos correspondan. -Cualquier otro imprevisto que afecte la marcha del Mesaj. EI Presbiterio es un órgano colegiado integrado por cuatro miembros activos y será presidido por un Pastor presidente. Las atribuciones del Presbiterio son: -Dirigir al Mesaj en forma espiritual y administrar sus bienes. -Podrá vender, hipotecar, permutar, ceder o transferir los bienes raíces y valores del Mesaj. -Citar cuando proceda al Concilio General ordinario o extraordinario. -Redactar y someter a la aprobación general los reglamentos que deberán dictarse para el buen funcionamiento del Mesaj, y todos los asuntos y negocios que estime necesario someter a su deliberación. -Cumplir los acuerdos del Concilio General. -Rendir cuentas por escrito al Concilio General Ordinario de la inversión de los fondos y la marcha del Mesaj durante el período que ejerza sus funciones mediante una memoria, balance o inventario que en esa oportunidad se someterán a aprobación de los miembros. -Resolver dudas y controversias que surjan con motivo de la aplicación de los estatutos y reglamentos, velando por el cumplimiento de éstos para el buen funcionamiento de las diversas iglesias, obras locales y agrupaciones internas. -Crear las comisiones que estime convenientes. -Aplicar las medidas disciplinarias de amonestación verbal, escrita, suspensión o expulsión, de conformidad a estos estatutos. -Supervisar a las iglesias en relación a cualquier proyecto con financiamiento externo. -Designar o destituir Pastores o Encargados de Obra. -De las deliberaciones y acuerdos del Presbiterio se dejará constancia en un libro de actas. -Calificar la idoneidad de las iglesias que soliciten su ingreso al Mesaj. El comité ejecutivo será una entidad colegiada y ejecutiva, encargada de representar las acciones administrativas del Mesaj y gestionar los objetivos administrativos y operacionales de este para cumplir con lo delegado por el Pastor presidente, Presbiterio, Concilio General y lo que estos estatutos le manden y destinen a ejecutar. Este comité desempeñará sus labores sólo en el ámbito administrativo, por lo que estará bajo mando, actuación y autoridad del Pastor presidente y Presbiterio. Estará conformado por tres miembros.- Santiago, 30 de abril de 2014.




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