GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2014


IGLESIA JESUSCRISTO CAMINO A EMAúS
Clovis Toro Campos, Notario Titular 13ª Notaría Santiago, Compañía 1312, certifico que por escritura del 12 julio 2013, ante mí, se redujo a escritura Acta de Constitución y Estatutos de la Misión Evangélica Iglesia Jesuscristo El Rey Eterno, constituida así el 28 de junio 2013 y modificada ante mí por escritura Modificación de Estatutos de fecha 12 septiembre 2013, y llamada ahora Iglesia Jesuscristo Camino a Emaús. Constituyeron la misión: Presidente, Leonidas del Carmen Salinas Montecinos; Secretaria, Ruth Nazareth Navarrete San Juan; Tesorero, Víctor Alonzo Llanquilef Cárcamo; director, Manuel Jesús Lueiza Rojas; director, José Abel Navarrete Labrín; miembros: Segundo Rosendo Gajardo Villena, María Adelina Aburto Zumelzu, Catalina del Carmen Vásquez Cornejo, Francisco Enrique Navarrete Aubel, Juan Antonio Rozas Fuentes, Guillermo Brandt Barría, Héctor Raúl Leiva Rodríguez, Verónica Irene San Juan Inostroza, Alicia de las Mercedes Arenas Ruz, Diego Andrés Aguilar Oyarzo. Domicilio legal: Población Prosperidad, pasaje ocho número mil doscientos setenta y dos, Curicó, ciudad de Curicó, sin perjuicio de la existencia de otras sedes en cualquier parte del país donde pueda desarrollar sus actividades afines. Inscripción Registro Público de Depto. Personas Jurídicas Unidad Entidades Religiosas del Ministerios de Justicia bajo el N° 3.031, de fecha 22 julio 2013. Propósitos de la Misión según la Biblia, única autoridad de doctrina y práctica para los creyentes de las iglesias de la Misión, declara y sostiene difundir el evangelio del señor Jesucristo, estableciendo para ello templos, instituciones bíblicas, escuelas, hogares de anciano, centro de rehabilitación, radioemisoras, canales de televisión, establecimientos de asistencia social y de beneficencia para socorrer a los necesitados y desvalidos de la comunidad, basados en los siguientes principios generales de fe: I. Creemos en el Dios único, automanifestado para la salvación de los seres humanos. II. Creemos que una iglesia se constituye por una comunidad de creyentes en Jesucristo, bautizados sobre la base de la fe personal en Él y que tiene como misión la adoración, el servicio bondadoso, la comunión en Dios todopoderoso, la evangelización integral, la educación formadora en su medio y la denuncia profética, extendiendo su misión a todo el mundo. III. Creemos que la salvación del ser humano responde a la gracia de Dios y requiere de sólo fe en Jesucristo; es personal, comunitaria y escatológica; es decir, el regalo de Dios del hombre en Jesús responde por medio de la fe, creemos en el rapto, en la tribulación la gran tribulación, los juicios de Dios sobre el mundo, y en acontecimientos futuros. IV. Creemos que las iglesias locales se rigen por el gobierno de la Misión, que son autónomas respecto de otras iglesias o instituciones, pero que a la vez pueden asociarse libremente con otras iglesias o instituciones para la realización de proyectos especiales afines con la naturaleza de la misión cristiana en el mundo. V. Sustentamos el principio de la autonomía de la Iglesia respecto del Estado, y del Estado respecto de la Iglesia. El Estado es una institución legítima, que vela por el orden, la justicia y la salud de la sociedad temporal; la Iglesia es una sociedad escatológica, convive la fe que actúa por el amor, evangeliza y educa sobre la base de la fe, según el Espíritu de Jesucristo. Son órganos de administración de la Misión: a) El Directorio y b) el Consejo de Pastores (administración espiritual). Son atribuciones y deberes del Directorio: a) Dirigir la Misión y velar que se cumplan y acaten sus principios, objetivos y estatutos; b) administrar los bienes de la Misión e invertir sus recursos; c) citar a asambleas generales y extraordinarias; d) redactar los reglamentos que estime necesarios para su mejor funcionamiento, en las materias que le son propias; e) cumplir los acuerdos de las asambleas generales; f) rendir cuenta en la asamblea general, tanto de la marcha de la Misión como de la inversión de sus fondos, y g) entregar, al término de su período, una cuenta circunstanciada de su gestión al Directorio entrante. La dirección y administración superior de la Misión estará a cargo de un Directorio integrado por cinco personas: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos directores, y el consejo de Pastores estará compuesto, como presidente al obispo de la corporación y integrará a todos los Pastores y Diaconisas, como miembros de dicho consejos. Los integrantes del Directorio serán elegidos en elección directa por la asamblea general y durarán tres años en sus funciones, a contar de la fecha de su elección, pudiendo ser reelegidos en sus cargos sólo para el período siguiente. Santiago, 16 diciembre 2013.




VolverTamaño de Fuente