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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2014


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA PENTECOSTAL MISIONERA LOS SOLDADOS DE JESUCRISTO
(Extracto)
Juan Sebastián Barahona Barahona, Notario Público Suplente del Titular San Miguel, Octavio Francisco Gutiérrez López, Gran Avenida José Miguel Carrera 5382, certifico: Por escritura de fecha 15 de enero de 2014, ante el notario titular, se constituyó la persona jurídica de derecho público de acuerdo a la ley N° 19.638, cuyo extracto es el siguiente: Nombre: Iglesia Pentecostal Misionera los Soldados de Jesucristo.- Domicilio: Gabriela Mistral N°2060, comuna de Colina.- Registro Público: inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N° 3.193 fecha 23 enero 2014.- Constituyentes: Presidente: Pastor José Ramón Baeza Luengo.- Vicepresidente: Aroldo Alberto Donoso Toledo.- Secretario: Julio Ricardo Millahual González.- Tesorero: Daniel Ramón Mora; Primer Director: Bernardo Ernesto Barraza Dávila; Segundo Director: Mauricio González B.- Principios y doctrinas: Extender el pensamiento de la iglesia tanto en la Región Metropolitana como en todo el territorio nacional e internacional. Su accionar será proclamar el evangelio de nuestro Señor Jesucristo con un enfoque la sociedad en especial a la familia con programas de fortalecimiento. Aceptar o rechazar y excluir a cualquier persona cuyos principios, credos y prácticas no están de acuerdo a las enseñanzas de la Biblia.- Fines: a) que existe un Dios creador de todas las cosas; b) la palabra de Dios libro sagrado inspirado por Dios para fe de los creyentes, y su Santo Espíritu quien es nuestro consolador; d) El Bautismo: creemos en el bautismo por inmersión ya que en la palabra de Dios se testifica de esa manera la fe; e) Santa Cena: Celebración de la comunidad de los creyentes en Dios la cual da testimonio de que nuestro Señor Jesucristo estuvo y anduvo en la tierra y de su obra mientras él vivió; f) Presentación de niños: la presentación es un acto en la cual bebés y niños menores de edad sin voluntad de decidir se consagran al Señor Jesucristo, así como nuestro Señor fue llevado al templo y fue presentado. Hecho distinto de los se refiere al bautismo en las cuales las personas son libres de decidir bajo su responsabilidad y sin una exigencia en cuanto a edad sino que la persona tenga a cuenta el compromiso a adquirir al realizar dicho acto. En cuanto a la presentación de niños, cabe destacar que es un acto voluntario en este caso de los padres de presentarlos o no; g) El matrimonio: creemos que este acto Dios lo constituyó como una bendición para el hombre como para la mujer, porque escrito está "el hombre dejará a su padre y a su madre y se unirá a su mujer y ambos serán una sola carne". Este acto se formalizará c omo indisoluble de acuerdo a la palabra de Dios y por las leyes terrenales. En caso de adulterio, bigamia, etc, uniones del mismo sexo, etc, la iglesia en cuestión esto es Iglesia Pentecostal Misionera los Soldados de Jesucristo, se reservará los derechos de actuar en patrocinar cualquiera de las anteriores situaciones entendiéndose a lo que la palabra de Dios dice y las leyes vigentes ordenan; h) El Casamiento: Ceremonia dirigida por el ministro representante (Pastor) es quien se encarga de poner la bendición de parte de Dios a la pareja en cuestión en presencia de familiares y testigos quienes testifican lo que Dios instituyó como un acto sagrado tanto para el hombre como para la mujer, es decir, una unción heterosexual como la constitución lo designa, y toda otra de unión es anticonstitucional y antibíblica; i) Con respecto a la donación de órganos, trasplantes, transfusiones sanguíneas cada individuo es libre de decidir por lo cual la iglesia respeta dicha toma de decisiones en cada individuo; j) Política: En cuanto a la política la Iglesia Pentecostal Misionera los Soldados de Jesucristo es apolítica, no dejando de mencionar que respetamos el derecho a participar en todo acto cívico en lo que se refiere a nuestro país, sin tendencias de apoyo o rechazo de quienes se involucran en estas actividades; k) Como iglesia procuraremos integrar a la comunidad a participar en actividades tanto de tipo espiritual como moral y de cada uno de los miembros en establecimientos preparados para ello; i) Velaremos por el bienestar de cada uno de los miembros tanto en su necesidad espiritual como material ya que la palabra de Dios dice: "Que la fe sin obra es muerta"; m) Dejamos claramente establecido que la totalidad de la Iglesia Pentecostal Misionera los Soldados de Jesucristo está totalmente exenta de acciones o actividades que contravengan los principios bíblicos es decir, protestas sindicales, lucrativas y de otra índole, nuestra misión es más bien plenamente espiritual.- Órganos de administración y sus atribuciones: Presidente: Uno) dirigir y representar, a la institución, percibir cesiones, asambleas generales, etc. Dos) velar el estricto cumplimiento de reglamento y estatutos de la iglesia. Tres) citar al directorio a sesiones extraordinarias indicando el objetivo. Cuatro) firmar actas y comunicados. Cinco) hacer cumplir los acuerdos del directorio y de las asambleas. Seis) resolver casos de emergencia dando cuenta de su gestión. Siete) abrir en instituciones en compañía del tesorero una cuenta donde se salvaguarden los fondos de la iglesia y realizar los giros con la presencia del tesorero. Ocho) representar a la iglesia judicial del tesorero. Ocho) representar a la iglesia judicial y extrajudicialmente según los incisos primero y segundo del Código de Procedimiento Civil. Vicepresidente: colaborar permanentemente con las gestiones que promueva el presidente en caso de ausencia o imposibilidad transitoria o permanente.- Secretario: Sobrellevar un orden correlativo de toda la gestión que involucre redacción y despacho de órdenes y citaciones provenientes del Directorio, etc, y acuerdos tomados en las asambleas. Tesorero: Son estas: Percibir, custodiar e invertir los fondos de la institución, girar los fondos depositados en compañía del presidente, llevar la contabilidad de la iglesia en conformidad a las disposiciones existentes, exhibir todo comprobante de gestión realizada como respaldo, mantener un inventario de todos los bienes de la iglesia. Seis) presentar entre los días primero y quince de marzo de cada año, un balance general del movimiento generado en la tesorería ante la comisión revisadora de cuentas. Directores: Se desempeñarán en cumplir todas las funciones que el directorio le encomiende.- Demás estipulaciones escritura extractada.- San Miguel, 6 de junio de 2014.




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