GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2014


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
MISIÓN EVANGÉLICA PENTECOSTAL MIRAD A JESúS
(Extracto)
Nombre: Misión Evangélica Pentecostal Mirad a Jesús, con domicilio en la calle Profesor Julio Chávez N° 12985, comuna La Pintana, cuidad de Santiago, Región Metropolitana, con Registro Público N° 3245, de fecha 4 de abril de 2014. Constituyentes: Alberto Amador Mesías Echeverría, Gabriela del Carmen Céspedes Ortiz, Gabriela del Carmen Mesías Céspedes, Cecilia Amadora Mesías Céspedes, Héctor Rigoberto Torres Jara, Maritza Andrea Brito Ulloa, Sofía Paillal Marinao, Ana Luisa Ulloa Soto, Pedro Luis Valenzuela Concha, Juan Carlos Torres Jara, Isabel del Carmen Matta Hernández, Graciela de las Mercedes Ulloa Soto, María Angélica Aravena Espinoza, Hernán Evaristo Acuña Lobos. Fundamentos: La Iglesia tiene como finalidad principal predicar el evangelio. Misión Evangélica Pentecostal Mirad a Jesús establece como su declaración de fe: La Santa Trinidad y que hay un solo Dios eternamente existente en tres personas, el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. Órgano de Administración: La dirección superior de la iglesia estará a cargo de un directorio de seis personas, presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, subsecretario, director. La Asamblea General es la reunión de todos los miembros en plena comunión de la iglesia y son representados por sus respectivos pastores; estará presidida por un directorio elegido por ella misma, el que llevará la dirección superior de la iglesia para todos los efectos legales. Sus acuerdos adoptados, en la forma y con los quórum establecidos por los estatutos, obligan a todos sus miembros presentes y ausentes. Las Asambleas generales serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras se celebrarán una vez al año en el mes de abril. En las asambleas generales ordinarias podrán tratarse todos los asuntos relacionados con los intereses de la iglesia, con excepción de aquellos que correspondan exclusivamente a las asambleas generales extraordinarias. Corresponderá especialmente a las asambleas generales la rendición de cuentas del directorio, aprobación o rechazo de ellas, la elección del nuevo directorio, la fijación de cuotas ordinarias y extraordinarias y la aprobación de los presupuestos de administración y de inversión de los fondos presentados por el directorio. El directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir a la iglesia y administrar sus bienes. b) Cumplir con los acuerdos e instrucciones de las asambleas generales. c) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la iglesia y los someta a la aprobación de la asamblea general. d) Citar a la asamblea general ordinaria y extraordinaria cuando las estimen necesarias o a petición escrita de un tercio de los miembros de la misión. e) Someter a la consideración y aprobación de la asamblea todos los asuntos, materias y negocios que estime necesarios para el adecuado funcionamiento y cumplimiento de los fines de la misión. f) Rendir cuenta por escrito ante la Asamblea General Ordinaria correspondiente de las inversiones de los fondos de la iglesia y de su marcha durante el período en que se ejerzan sus funciones. g) Asistir y participar activamente en todas las actividades de la iglesia, especialmente las religiosas. Escrituras Públicas: Contiene los estatutos del día 27/03/2014 y acta complementaria del 14/05/2014, otorgadas ante el Notario Público Interino de San Miguel, con asiento en la Cisterna, Claudio Alejandro Herrera Moraga en calle Gran Avenida José Miguel Carrera N° 8877, La Cisterna.




VolverTamaño de Fuente