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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2014


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
CENTRO EVANGELÍSTICO JESUCRISTO REY DE PAZ
Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público Temuco, A. Varas 976, certifico: Que con fecha 9 abril 2014, compareció facultada doña Karinn Sepúlveda Cuevas y redujo a Escritura Pública Acta Asamblea Constitutiva y Aprobación Estatutos de Entidad Religiosa de Derecho Público denominada "Centro Evangelístico Jesucristo Rey de Paz", rectificada por escritura pública complementaria 28 mayo 2014. Domicilio: Julio Barrenechea 0575, Villa Los Laureles, Temuco; Inscripción Registro Público del Ministerio de Justicia N°3254, 15 abril 2014. Constituyentes: Israel Fuentealba Arriagada, María Ramos Escobar, Marta Rodríguez Antimil, Juan Pérez Andrade, Giovani Limarí Limarí, Marina Carrasco Contreras, Carlos Reyes Ruminot, Marisol Elgueta Martínez, Jorge Tapia Cárdenas, Marcia Riquelme Elgueta, Marianne Falcón Jacobi, Manuel Torres Torres, José Ruminot Molina, Delia Matamala Yévenes, Salomé Fuentealba Ramos, Raúl González Moncada, Mila Morales Ruminot, Daniel Arias Moncada, Antonio Aguayo Muñoz. Elementos esenciales: La Iglesia será eminentemente espiritual benéfica y apolítica, y no tendrá fines de lucro. Finalidad u objeto: a) El estudio, enseñanza y divulgación de la Doctrina de Cristo, basado en los principios doctrinales siguientes: Existe un Dios Padre Supremo creador del cielo y de la tierra y de quienes la habitan; la Palabra de Dios es el Libro Sagrado; la Trinidad es padre Dios Creador, hijo Redentor y Espíritu Consolador; el Bautismo e Inmersión es testimonio público de la fe; creencia en los Sacramentos de la Presentación de Niños; la Santa Cena y el Matrimonio. b) Predicar el Reino de Dios. c) Promover el desarrollo, especialmente de las personas en condiciones de pobreza y/o marginalidad y riesgo social. d) Procurar la capacitación intelectual, espiritual y moral de sus miembros; e) Velar por el bienestar de sus miembros. Administración: Por Directorio de cinco miembros en plena comunión, elegidos por Asamblea General Ordinaria. Otras estipulaciones, escritura extractada. Temuco, 23 julio 2014.




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