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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2014


IGLESIA EVANGÉLICA BAUTISTA "LUZ Y VERDAD"
Ernesto Valenzuela Norambuena, Notario Público Titular de Concepción, Barros Arana 971, local 24, certifico: Por escritura de fecha 11/11/2013 otorgada ante mí, Natacha Chávez de la Vega redujo a escritura pública Acta de Constitución y Estatutos Iglesia Evangélica Bautista "Luz y Verdad". Fue complementada y rectificada por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 7/05/2014. Domicilio calle Tres Pascualas N° 1875, población Indama, Concepción, Octava Región. Inscrita en Registro Público Ministerio de Justicia bajo el N° 3191, de fecha 21/01/2014. Constituyentes: Tomás Véliz Díaz, María Romero Lastra, Baldramina Sepúlveda Correa, Juana Véliz Díaz, Elizabeth Véliz Díaz, Sonia del Carmen Jara, Ruth Astudillo Serón, Norma Montero Villarroel, Pablo Salazar Véliz, Myriam Jara Reyes, María Véliz Romero, Guillermo Salgado Moya, Sonia Valdés Lizama, Mursi Jara Reyes, Berta Jara Reyes, Génesis Branada Jara, José Opazo Bravo, Daniela Aravena Valdés, Héctor Branada Jara, Jessica Coli Durán, José Oviedo Sandoval, Ruth Díaz Astudillo, Luis Sanhueza Sepúlveda, Verónica Díaz Astudillo, Catherine Díaz Astudillo, María Matamala Saavedra, Magali Araneda Ulloa. Los elementos esenciales son que la iglesia corresponderá a un grupo de personas o comunidad evangélica Bautista que se identifican, vinculan y comparten entre sí una misma tradición histórica, cuerpo de doctrina, bases de fe y de gobierno congregacional e institucional. Se promoverá el evangelio de Dios, adorar a Jesucristo como nuestro Salvador y Señor de todas las cosas, ayudar a la comunidad, asistirla espiritualmente, emocionalmente, el desarrollo de los miembros de la comunidad y procurar que se representen los valores del Reino de Dios, debidamente asesorada. Los principios y fundamentos de la fe son que creemos en los siguientes fundamentos bíblicoteológicos: a) Dios. Creemos que hay un solo Dios. b) Jesucristo. Él es la principal piedra del ángulo en la creación de la Iglesia. c) El Espíritu Santo. Es potencia que permite testificar de Cristo y que sirve para la formación de un carácter cristiano más agradable a Dios. d) La inspiración de la Biblia. Es la influencia que Dios ejerció sobre los autores humanos, hace que la Biblia sea un todo único, la palabra de Dios. e) El Bautismo. Es el sacramento por el cual un creyente es admitido como miembro de una comunidad cristiana. f) La Santa Cena. En ella se renueva el pacto entre Cristo y su Iglesia. g) Obediencia a los mandamientos cristianos. Estos deben mover a la Iglesia de hoy. h) Servicio a la comunidad. Servir en lo espiritual, intelectual, social y en sanidad. i) Autonomía. La autonomía de la Iglesia respecto del Estado y del Estado respecto de la Iglesia. La Administración le corresponde al Comité; sus atribuciones son: a) La misión de dirigir a la iglesia en sus decisiones y en el logro de los objetivos de la obra, conforme a sus principios y estatutos; b) Organizar y coordinar las decisiones adoptadas por la Iglesia, ya sea en Asambleas Ordinarias o Extraordinarias; c) Será la encargada de estimular la comunión y cooperación de la membresía de la iglesia; d) Planificará, ejecutará y coordinará las actividades comunes que le son propias para un integral desarrollo de la Iglesia; d) Cooperar con el Pastor en la administración de los bienes de la Iglesia e inversión de sus recursos; e) Citar a la Iglesia a la sesiones, ya sean de negocio, ordinarias o extraordinarias; f) Rendir cuenta de su administración y de la marcha de la congregación en la Asamblea General Ordinaria; g) Entregar al término de su período una cuenta circunstanciada de su gestión al directorio entrante. Estará integrado por el pastor, el secretario, el tesorero, el pro-tesorero y los presidentes de la Unión Femenil y Unión Varonil. Concepción, 30 de junio de 2014.




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