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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2014


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
MINISTERIO EVANGELÍSTICO DE BENDICIÓN RENOVANDO TUS ESPERANZAS
(Extracto)
Cristián Sanhueza Pimentel, abogado, Notario Público Titular Osorno, Manuel Antonio Matta número 694, certifica: Que con fecha 10 de junio de 2014, repertorio N° 1205-2014, se redujo a escritura pública Acta de Constitución y Estatutos de Iglesia Evangélica "Ministerio Evangelístico de Bendición Renovando Tus Esperanzas", complementada por escritura pública de 19 de agosto de 2014, repertorio N° 1657-2014, domicilio principal calle Don René 1702, de la ciudad y comuna de Osorno, se encuentra inscrita en el registro público del Ministerio de Justicia bajo el N° 3330, de fecha de 30 de junio de 2014, la cual fue constituida por: Manuel Antonio Marigual Llanquilef, Sergio Manuel Cumian Huichalaf, Guido Orlando Huichalaf Nuyado, Juan Eugenio Marigual Llanquilef, Alicia del Carmen Marigual Quintul, Jeremías Isaac Marigual Sánchez, Ana Judit Quintul Santander, Jovita Elizabeth Lemuy Marigual, Cristina Maribel Pindal Trafian, Eudomilia del Carmen Cárdenas Velozo, Juan Carlos Millaquipai Huaiquian, Claudia Johana Huichalaf Sánchez, Manuel Elí Marigual Quintul, María Esmelinda Pindal Pailañir, Elisa Marlene Soto Barría, Enedina de Navidad Barría García, Víctor Hugo Noranbuena Triviño, José Máximo Huichalaf Iñil, María Angélica Marigual Quintul, Norma del Carmen Triviño Burgos, Elizabeth Ester Marigual Quintul, Johanna Estefany Epuyao Cumian, Clarisa Hortensia Cumian Huichalaf, Carlos Andrés Millaquipai Huichalaf, Misael Benito García Vargas. Los miembros que la componen son 25 personas. Los elementos esenciales que caracterizan a la entidad y los principios y fundamentos que sustentan la fe que ella profesa son los siguientes: Uno) Cree en un solo Dios, Santo y Verdadero, al cual adora en espíritu y en verdad. En sí mismo Dios es: Espíritu, Eterno, Infinito, Inmenso e Inmutable. En relación con el Universo Dios es: Creador y Conservador Providente de todas las cosas, tanto visibles como invisibles, Omnipotente, Omnipresente, Omnisciente, Sabio, y Soberano. En relación con los seres humanos Dios es: Amor, Santo, Justo, Fiel, Paciente, Bondadoso y Misericordioso. En este único Dios, existen tres personas de una misma sustancia, de existencia eterna, iguales en santidad, justicia, sabiduría, poder y dignidad. Dos) Cree en Jesucristo, único sarvador de la humanidad, Hijo de Dios, quien no fue concebido por voluntad humana, si no que por obra del Espíritu Santo, que murió en la cruz del calvario y resucitó al tercer día, ascendió al cielo y está a la diestra del Padre para interceder ante Él por los que lo invoquen en Espíritu y Verdad. El Hijo, el cual es la Palabra del Padre, El único y Eterno Dios, de una misma sustancia con el Padre, tomó naturaleza del hombre en el seno de una virgen, de modo que las dos naturalezas, la celestial y la terrenal se juntaron en la persona de Jesucristo, Dios Verdadero hecho hombre, que sufrió, fue crucificado, muerto y sepultado para reconciliarnos con el Padre y para expiar no solo nuestras culpas, sino aquella por la cual vino la condenación a la humanidad, el pecado original. Resucitó de la muerte con un cuerpo glorificado y ascendió al cielo para juzgar a todos los hombres en el día final. Tres) Cree en la autoridad de las Santas Escrituras como la Palabra inspirada de Dios, la que está constituida por los sesenta y seis libros canónicos del Antiguo y Nuevo Testamento, desde el Génesis hasta el Apocalipsis. Creemos que la Biblia, la Palabra de Dios, es la completa revelación del plan de salvación y la historia de la redención y única regla de fe y práctica para el creyente. Cuatro) Reconoce como sacramentos: el Bautismo por Inmersión para el arrepentimiento; presentación de los niños para Consagración; la santa Cena instituida por el Señor y que simboliza nuestra redención y única regla de fe y práctica para el creyente. Y demás principios y fundamentos que señalan los estatutos. La Iglesia "Ministerio Evangelístico de Bendición Renovando Tus Esperanzas", tendrá por objeto: a) Proclamar el evangelio eterno de nuestro Señor Jesucristo. b) Mantener y propagar los principios de la Iglesia Cristiana. c) Velar por el perfeccionamiento espiritual de sus fieles e instruirlos en la confesión de fe. d) En concordancia con la letra a, difundir las enseñanzas de nuestro Señor Jesucristo y que se encuentran contenidas en las Sagradas Escrituras, a través de todos los medios legalmente permitidos con la finalidad de llevar un mensaje de Salvación espiritual, social y material a quienes lo necesiten, pudiendo para ello a modo de ejemplo, abrir Templos, Capillas, o Locales de Culto, funcionar en casas particulares, hacer usos de los sitios y vías públicas, de los medios de comunicación tales como radio emisoras, canales de televisión, abiertas y cerradas o satelitales, la prensa escrita de distribución comunal, regional, o nacional, sin perjuicio de abrir sus propios medios de comunicación en una o más de las áreas ya mencionadas. e) Realizar labores de educación y enseñanza, ya sea a través de las escuelas, colegios, institutos y universidades existentes, como así mismo crear, construir y sostener sus propias escuelas, colegios, institutos y universidades que le permitan alcanzar sus fines. f) Realizar actividades de ayuda, asistencia social y rehabilitación, habilitando Hogares de Ancianos, Hogares de Menores, Comedores Abiertos y Hospederías, de acuerdo a los planes y programas que puedan desarrollarse para tal efecto. g) Desarrollar su actividad evangelizadora en los hospitales, clínicas, cárceles y anexos, y en instituciones de las fuerzas armadas y de orden, pudiendo establecer las capellanías correspondientes sujetas a la reglamentación de dichas instituciones. h) Crear Dispensarios, Policlínicos y Hospitales. i) Crear otras corporaciones y fundaciones de derecho público o privado, y otros organismo, ya sea con fines de carácter social, cultural, filantrópicos y otros que le permitan a la iglesia alcanzar sus fines propuestos. La dirección superior de la Iglesia "Ministerio Evangelístico de Bendición Renovando Tus Esperanzas" estará cargo de un directorio integrado por siete personas, siendo el organismo ejecutorio y administrativo del Ministerio, el cual se elegirá cada dos años en el mes de diciembre o en fecha cercana, en una asamblea general ordinaria, en la forma señalada en los Estatutos. El directorio se elegirá en una misma y única votación, cada miembro activo podrá votar por una persona, resultando elegido con la primera mayoría el presidente y en orden decreciente de votos obtenidos, el vicepresidente, un secretario o secretaria, un tesorero o tesorera, pro-tesorero o pro-tesorera y dos directores. Los miembros del directorio tendrán las atribuciones que señalan los estatutos. El Presidente del directorio lo será también del ministerio, lo representará judicial y extrajudicialmente y tendrá las demás atribuciones que los estatutos señalan. Son atribuciones y deberes del directorio: Dirigir y administrar los bienes del Ministerio. Cumplir acuerdos e instrucciones de las asambleas generales. Citar a asamblea general extraordinaria cuando lo estime necesario o a petición escrita de la mitad más uno de los miembros de la Iglesia. Someter a la aprobación de la asamblea general los reglamentos que fueren necesarios para el funcionamiento y cumplimiento de los fines de la Iglesia. Como administrador de los bienes estará facultado para: comprar, adquirir, vender, permutar, dar y tomar en arrendamiento y administración, ceder, transferir toda clase de bienes muebles y valores mobiliarios, dar y tomar en arrendamientos bienes inmuebles por un período no superior a tres años, constituir, aceptar, posponer y cancelar hipotecas, prendas y garantías y prohibiciones, otorgar cancelaciones, recibos y finiquitos, celebrar contrato de trabajo, fijar sus condiciones y poner términos a ellos, celebrar contrato de mutuo y cuentas corrientes, abrir y cerrar cuentas corrientes, de depósitos de ahorro y crédito, y demás actos y contratos que señalan los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 10 de junio de 2014.




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