EXTRACTO DE SANEAMIENTO IGLESIA EVANGELÍSTICA PENTECOSTAL LA ROSA DE SARÓN
Iglesia Evangelística Pentecostal La Rosa de Sarón, Registrada en el Ministerio de Justicia bajo el N° 3375, de fecha 26-08-2014; vienen ante mí Ana María Sordo Martínez, Abogado, Notario Público interino de Valparaíso, a rectificar la falta en extracto de publicación en Diario Oficial N° 41.019 de fecha 28 de noviembre del 2014, para señalar las atribuciones del órgano de administración de la entidad; Son atribuciones del Presidente: a) Dirigir las sesiones de la Directiva; b) Velar por el estricto cumplimiento de los Estatutos y reglamentos de la Iglesia; c) Planificar, organizar y dirigir todos los medios disponibles, humanos y económicos para facilitar el desarrollo de la Iglesia; d) Firmar las actas y comunicaciones de la Iglesia; e) Firmar todo documento que tenga carácter oficial; f) Hacer cumplir los acuerdos de la Directiva; g) Representar la Iglesia judicial y extrajudicialmente. El Vicepresidente debe cumplir los mismos requisitos del Presidente; a) En el caso de ausencia, incapacidad médica o accidente del Presidente, el Vicepresidente desempeñará todas las responsabilidades del Presidente con los poderes y restricciones que acompañan la función; b) En caso de fallecimiento, inhabilitación permanente, o renuncia del Presidente, la Directiva tiene la facultad de convocar a reunión, dentro del más breve plazo para que designe una terna de entre los oficiales que reúnan los requisitos; c) La elección del cargo de Presidente deberá llevarse a cabo a más tardar dentro de 30 días desde que ocurrió el hecho. Los requisitos del secretario y tesorero. Son: a) Haber permanecido a lo menos 1 año en la Iglesia; b) Ser Oficial en la Iglesia. Son obligaciones del Secretario: a) Llevar los siguientes libros: 1) De actas; 2) De comunicaciones con copias de toda comunicación escrita; 3) De registro de miembros; b) Será responsable del registro de los votantes en cada reunión, del recuento de votos y del informe de los resultados; c) Mantendrá un archivo de todo el personal en el libro de registro de Miembros; d) Custodiar los archivos; e) Otorgar los testimonios que se solicitaren de los hechos que han pasado ante él o que consten legítimamente en los archivos. Son atribuciones del tesorero: a) Recibir y custodiar e invertir los fondos de la iglesia; b) Llevar la contabilidad de la Iglesia en conformidad a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y mantener los libros al día; c) Exigir los comprobantes de los egresos de la Iglesia y extender los recibos con su firma de todas las entradas de la misma; d) Mantener un inventario de todos los bienes de la Iglesia; e) Preparar informes mensuales para la directiva. Escritura Pública que contiene los estatutos de fecha 7 de agosto de 2014. Repertorio N°4.593, esta Notaría. Valparaíso, 22 de diciembre de 2014.