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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2015


PRIMERA IGLESIA EVANGÉLICA PODER DEL ESPÍRITU SANTO
Ante mí: Francisco Javier Yáber Lozano, Abogado, Notario Público, titular de la Primera Notaría de Chillán, domicilio y oficio en calle Arauco N° 645; de esta misma, compareció don Max Bernardino Pacheco Palma, Cédula Nacional de Identidad N° 5.175.574-K, domicilio calle Carlos Palacios N° 268 de Bulnes, ciudades Provincia de Ñuble; en representación Entidad Religiosa denominada "Primera Iglesia Evangélica Poder del Espíritu Santo", debidamente facultado, redujo ante mí escritura pública Acta de Constitución y Estatuto Jurídico de Entidad mencionada, constituyéndose fin formalizar esta entidad en Derecho Público bajo amparo ley N° 19.638/1999 y su Reglamento bajo decreto supremo N° 303-2000; con Domicilio en la Población Villa Jorge Alessandri II, comuna La Pintana, Región Metropolitana de Chile, Registro Público N° 3.390 de fecha 8 septiembre del año 2014. Los elementos esenciales de esta entidad religiosa son: Difundir el Evangelio de acuerdo a las Sagradas Escrituras conocida como la Sagrada Biblia y en ellas, las diversas acciones evangelizadoras, sociales, personales; comunitarias y bien al prójimo. En suma, esta entidad religiosa "Primera Iglesia Evangélica Poder del Espíritu Santo", se enmarcará en los límites que dicen Sagradas Escrituras bajo los principios espirituales, morales, sociales y que no riñan contra las buenas costumbres, respecto a sus objetivos y finalidades, y que no se insertan detalladamente por ser conocida también detallada y públicamente por las partes constituyentes. Será muy respetable el Derecho Constitucional, tanto en el derecho en su forma y fondo y a las autoridades constituidas. Esta Entidad Religiosa se regirá por Directorio Ejecutivo de siete (7) personas compuesto por; el Señor Presidente don Luis Artemio Contreras Millanao, quien a su vez será investido como Obispo de esta Entidad Religiosa "Primera Iglesia Evangélica Poder del Espíritu Santo", siguiendo dicho Directorio con un Vice-Presidente (cargo vacante); Hermano José Martín Taine Huaiquilado; Tesorero General; Hermano Juan Roberto Furicoyen Lepin; Primer Director; Hermano, Gabriel Iván Millanao Huenchupan; Segundo Director; Hermana Marta Alicia Queipul Queipul; y un Inspector Fiscalizador General, cargo que será desempeñado temporalmente por el Primer Director hasta que la Asamblea General nombre el titular; siendo el anterior el Directorio el Organismo Ejecutivo y de Administración, sin perjuicio de establecer las Asambleas Generales Ordinarias Anual o Extraordinarias según lo dispone sus Estatutos. Teniendo además sus correspondientes Órganos de Control como: la Comisión Revisora de Cuenta; La Comisión de Disciplina; La Comisión Electoral; y otros capítulos como, la Celebración del Matrimonio; de la Reforma o Modificación del Estatuto; Disolución de esta Entidad Religiosa; Disposiciones Generales; Organizaciones Nacionales (Internas) y los Artículos Transitorios. La Escritura Pública que da vida a esta Organización o Entidad Religiosa "Primera Iglesia Evangélica Poder del Espíritu Santo" fue celebrada ante mí con fecha primero de septiembre del presente año 2014, suscrita por su Representante Legal y Administrativo, Ministro Pastor y Obispo, don Max Bernardino Pacheco Palma, tenida a mi vista y autorizada por mí, abogado y Notario Público antes individualizado. Esta entidad religiosa se constituye con ministros pastores, ancianos, oficiales y hermanos(as) en la común fe cristiana, todos(as) mayores de edad, quienes firmaron el Acta de Constitución tenida en el Libro de Acta y dentro de esta misma, el correspondiente Estatuto Jurídico. Finalmente, esta entidad religiosa de conformidad con el mismo estatuto deberá tener un libro menor de Registro de miembros o socios o bautizados para inscribir a lo largo del país en donde estuviere asentado algún Templo o Iglesia Matriz de ésta; como igualmente lo será para las inscripciones matrimoniales sin perjuicio de tener en Secretaría General los Libros de Registros Generales (de carácter nacional) tanto de bautismo, matrimonio y de defunción, como igualmente respecto a los de Tesorería en cada Iglesia y de Tesorería General. Confeccionado el Extracto que antecede lo autorizo hoy a 15 días de diciembre del año 2014, teniendo presente y a la vista, el oficio N° E 396 de fechas 12 de noviembre del presente año 2014 emanado del Ministerio de Justicia Departamento de Personas Jurídicas Unidad Entidades Religiosa. Doy fe.




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