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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2015


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA EVANGÉLICA VIDA PENTECOSTAL
(Extracto)
Tomás Fernández Gómez, Notario Público Suplente 2da. Notaría Antofagasta con domicilio Washington 2753, certifica que hoy ante mí, se redujo escritura pública acta constitución y aprobación de estatutos de persona jurídica de derecho público, "Iglesia Evangélica Vida Pentecostal", domicilio: Jeofre Chacón Villarroel 1031, Mejillones, Antofagasta, inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia N° 2811 del 3 octubre 2012 constituyentes: Daniel Armando Jorquera Olivares, Víctor Roberto Luza López, Karen Roscely Gallardo Olivares y don Pedro Segundo Duncan Guerra. Elementos esenciales de Principios de fe, fundamentos y objetos: Creemos en Dios Padre, en el Hijo, en el Espíritu Santo. En la Trinidad del Padre en la Iglesia Universal Militante, en la existencia de demonios, en el cielo; en la inspiración divina de la Sagrada escritura, en las sanidades divinas en la venida de Cristo en la Resurrección de los Muertos y el Bautismo; predicar y divulgar enseñanzas del Evangelio; propiciar formación ética y espiritual de Hombres y Mujeres y llevarlos a través de esta formación a la persona de Cristo; facilitar el desarrollo espiritual y crecimiento de la fe; promover la unión y desarrollo integral de sus miembros, así como el bien común de la congregación; interpretar y expresar los intereses de sus miembros; crear, fundar y sostener, templos, capillas, y en general todo tipo de instituciones filantrópicas; crear y sostener imprentas, radio emisoras, y otros medios de comunicación escritos y electrónicos que permitan difusión de ideas y pensamiento cristiano evangélico. Órganos de Administración sus atribuciones: Directorio Provisorio hasta designación del nuevo obispo, compuesto por cuatro miembros, Pastor, Vicepresidente, Secretaria y Tesorero. Atribuciones: Designar al obispo máxima autoridad de la iglesia, quien dirigirá y administrará la Iglesia, actuando como representante legal, con plenas facultades para llevar a efecto las misiones que se le han encomendado en virtud de las Leyes, Reglamentos y sus Estatutos; redactará los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia; promover a los pastores a la orden de diácono o presbíteros; Nombrar y remover a los pastores como así mismo adoptar la decisión de lo que acontecerá con los pastores que salgan de su cargo; citar a las convenciones anuales. Número de miembros que lo componen: Daniel Armando Jorquera Olivares, Víctor Roberto Luza López, Karen Roscely Gallardo Olivares y don Pedro Segundo Duncan Guerra. Demás estipulaciones en escritura extractada Tomás Fernández Gómez, Notario Público Suplente.- Antofagasta, 30 de julio del 2012.




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