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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2015


IGLESIA LA ORTODOXIA DE CRISTO
René Marcelo Arriagada Basaur, abogado, notario público titular de la Segunda Notaría de Coronel, con oficio en calle Cochrane N° 130, 2° piso, de esta ciudad, certifico: Que, por escritura pública ante mí del 12 de diciembre de 2014, repertorio N° 596-2014, se constituyó la "Iglesia La Ortodoxia de Cristo" con domicilio en calle Santa Rosa N° 629, sector Cerro Obligado de la comuna de Coronel, con Registro de Derecho Público N° 3483 de fecha 19-12-2014. Constituyentes: Miguel Ángel Chaparro Burgos, José Francisco Lagos Muñoz, Óscar Eduardo Ortiz Sierra, Johanna Elizabeth Rubio Sierra, Silvana del Rosario Parra Granfeldt, Patricia Maribel Rubio Sierra, Marcos Antonio Torres Villarroel. Elementos esenciales, fundamentos y principios: La Biblia es la primera y más importante fuente de doctrina, fiel registro de revelación de Dios y de su plan de salvación. Toda doctrina se fundamenta en su testimonio inerrante e infalible. Con sus 39 libros en el Antiguo Testamento y en sus 27 libros del Nuevo Testamento contienen todas las cosas necesarias para la salvación; Cree en la santísima trinidad: Hay un sólo Dios, vivo, verdadero, descrito en la Biblia, eterno, omnipotente, omnipresente, omnisciente. En la unidad de Dios hay tres personas de una misma sustancia, poder y eternidad, el Padre, el hijo y el Espíritu Santo; Cree en Jesucristo como Hijo de Dios Padre, verdadero hombre concebido por el Espíritu Santo en vientre de virgen María, y a quién le ha sido dado toda potestad en el cielo y en la tierra. El, es nuestro Dios, Señor, Salvador y Redentor. Él es el único intercesor entre Dios y los Hombres; Cree en el Espíritu Santo que procede y es una misma sustancia del Padre y del Hijo, es verdadero y eterno, omnisciente, omnipresente, que consuela, enseña y santifica; Cree en Iglesia Universal, compuesta por todos los creyentes que han aceptado a Cristo Jesús como salvador y redentor de sus vidas; Cree que pecado es toda transgresión de la Ley de Dios, de su voluntad contenida en la Biblia, desobediencia y todo accionar físico o psicológico que afrente o vaya en contra de la voluntad del Todopoderoso; Cree en bautismo del Espíritu Santo como una gracia y promesa para todos los creyentes en Cristo Jesús, acompañada de las diversas manifestaciones; Cree en segunda venida de Cristo en forma visible y personal, donde todo ojo le verá y cree en resurrección de los cuerpos para vida eterna de todos los salvados en Cristo Jesús. Cada persona en forma voluntaria y sin presiones ha sentido el llamado espiritual por parte de Jesucristo y busca cada día poder agradarle, obedecerle y acrecentar su conocimiento acerca de él; Cree que la justificación del hombre es por gracia y de acuerdo a la voluntad de Jesucristo. La salvación es por medio de la fe y del arrepentimiento y no es el resultado de obras humanas; La Iglesia no obliga a sus miembros ni emplea ningún tipo de presiones, ni amenazas para que estos aporten monetariamente o con sus bienes a cambio de administración espiritual; La Iglesia La Ortodoxia de Cristo reconoce los siguientes sacramentos: 1.- El Bautismo en agua para mayores de doce años por inmersión; 2.- Santa Cena, como Sacramento instituido por nuestro Señor Jesucristo; Iglesia reconoce que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y que, a su vez, el matrimonio constituye una base importante para la familia. Sin embargo, y conforme lo señalan las Sagradas Escrituras, la presente iglesia sólo reconoce el matrimonio legalmente celebrado entre un hombre y una mujer. La iglesia no obligará a mantener voto de celibato a sus miembros ni abstenerse del matrimonio. Los pastores de esta iglesia en todos sus grados se reservan el derecho de celebrar matrimonios y bendecirlos sólo en los casos en que los contrayentes sean miembros plenos que pertenezcan a esta institución y que cumplan con todas sus obligaciones contraídas por tener dicha calidad; La iglesia no comparte principios ecuménicos ni relacionados con ellos. La iglesia será administrada por: A) La Asamblea General la componen el Obispo, pastores probando, pastores diáconos, pastores presbíteros y primeros oficiales de Iglesias Locales. Atribuciones para Asamblea General Ordinaria: Pronunciarse sobre la cuenta del Directorio; Aprobar el ingreso a la iglesia de Pastores Probando; Aprobar Programa de Trabajo tanto administrativo como eclesial; Aprobar presupuesto para el periodo respectivo y determinar los montos fijados para el aporte de los miembros de la iglesia; Resolver toda clase de asuntos que se sometan a su conocimiento y que conciernan a iglesia; Aprobar, rechazar y modificar reglamentos y proyectos que se presenten a ella para su estudio y discusión, como aprobar modificaciones a los presentes estatutos; Nombrar comisiones de trabajo que se requieran y elegir a sus integrantes; Todas las demás que le otorguen estos estatutos y la ley. Atribuciones para Asamblea General Extraordinaria: La reforma de los Estatutos, aprobación y modificación del Reglamento Interno de la iglesia; Acusaciones contra del Obispo; Disolución de esta entidad. B) El Directorio Nacional integrado por el Obispo, el Vicepresidente, el Secretario, el Pro Secretario, el Tesorero, Pro tesorero, dos revisores de títulos, el Director de acción social, el Director de Relaciones Públicas y Comunicación, dos Directores de Programas y Proyectos y un Director de Educación. Atribuciones: Dirigir la iglesia, administrar sus bienes con las más amplias facultades sólo sujetas a las disposiciones de estos estatutos, representándola legalmente; Solicitar conforme a estos estatutos la citación a Asamblea General; Cumplir o velar que se ejecuten las determinaciones y acuerdos adoptados por las Asambleas Generales establecidas de conformidad a estos estatutos y reglamento interno de la iglesia; Rendir cuenta por escrito a la Asamblea Ordinaria de la inversión de los fondos y la marcha de la iglesia durante el periodo que ejerza sus funciones, mediante memoria, balance e inventarios que en esa oportunidad se sometan a aprobación de los asistentes de ésta; Resolver dudas y consultas que se les formulen dentro de sus facultades estatutarias; Presentar a la Asamblea General los candidatos a miembros de la Asamblea recomendados por el Presbiterio; Crear comisiones que estime pertinentes para buen logro de objetivos y acuerdos de la Asamblea; Proponer a la Asamblea General el programa de trabajo anual, el presupuesto de ingreso y gastos, y el nombramiento de representantes ante organismos y entidades; Dictar reglamentos que sean necesarios para la buena marcha de la institución, cuya aprobación será ratificada por la Asamblea General; Todas las otras facultades y obligaciones que les otorguen estos estatutos, el reglamento y la ley; Como administrador de los bienes de la Iglesia podrá celebrar todo tipo de actos y contratos en relación a bienes muebles e inmuebles de la iglesia, sujetándose a las normas establecidas en estatutos. C) Comisión Revisora de Cuentas compuesta por 3 pastores presbíteros, elegidos por Asamblea General. Atribuciones: Revisar semestralmente el movimiento de tesorería general, haciendo las observaciones pertinentes que resultare de su trabajo, la que informará al directorio una vez concluido el trabajo. Revisará, observará o aprobará el balance anual de la iglesia que se presentará a la Asamblea respectiva. A requerimiento del directorio, podrá revisar la contabilidad, balance y en general todo ejercicio financiero de instituciones de la iglesia, debiendo informar los resultados al directorio terminando su trabajo. Demás antecedentes y estipulaciones en escritura extractada. Coronel, 28 de enero de 2015.




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