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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2015


MINISTERIO EVANGELÍSTICO JUAN 3:16, EN LA PRESENCIA DE DIOS
María Patricia Donoso Gomien, Notaria Pública, Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Av. José Miguel Carrera 2536, certifico: Con fecha 29 de agosto de 2014, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominada "Ministerio Evangelístico Juan 3:16, en la Presencia de Dios", inscrita registro público del Ministerio de Justicia N° 3385 del 2 de septiembre de 2014, con domicilio en calle Haití 4426, Lo Valledor, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana, procede a publicar extracto de su acta de constitución. Constituyentes: Don Guillermo Antonio Plaza Olivares, cédula nacional de identidad 9.219.480-9; doña Paulina Ester Plaza Medel, cédula nacional de identidad 15.349.102-K; don Samuel Exequiel Plaza Medel, cédula nacional de identidad 16.625.039-0; doña Eunice Alejandra Guzmán Ureta, cédula nacional de identidad 16.627.306-4; doña Ruth Ester Medel González, cédula nacional de identidad 9.902.395-3; doña Luisa Violeta Medel González, cédula nacional de identidad 9.588.357-5; doña Rosa Ester Páez Gallegos, cédula nacional de identidad 3.594.305-6; don Alexis Rodrigo Olivares Lazcano, cédula nacional de identidad 13.548.691-4; doña Natalia Jacqueline Ibarra Poblete, cédula nacional de identidad 17.336.031-2; don Marcelo Enrique Carvallo Reyes, cédula nacional de identidad 15.938.726-7. Los estatutos establecen que los elementos esenciales, fundamentos y principios en los que se basa la fe que la iglesia profesa son: Creemos en un Dios único, auto manifestado para la salvación de todos los seres humanos, como Padre soberano, Hijo redentor y Espíritu santificador, Dios es uno y trino; la salvación del ser humano responde a la gracia de Dios y requiere de la sola fe en Jesucristo, la cual es personal; las iglesias se rigen por gobiernos congregacionales que son autónomas respecto de otras iglesias o instituciones pero que pueden asociarse libremente con otras iglesias o instituciones para la realización de proyectos afines con la realización de la misión cristiana en el mundo; la fe y membresía eclesiástica son voluntarias, todo ser humano tiene derecho a adorar a Dios dónde, cuándo y cómo su conciencia le dicte, la conciencia del cristiano está iluminada por los valores bíblico del reino de Dios; sustentamos el principio de la autonomía de la iglesia respecto al Estado y del Estado con respecto de la iglesia, la Biblia es la palabra de Dios que fue escrita por hombres divinamente inspirados, Su autor es Dios y su fin es la salvación, es la base sobre la que se rige la iglesia. El órgano de administración es: El directorio, compuesto por 7 miembros elegidos por asamblea general ordinaria cada 4 años, con excepción del presidente del directorio, cuyo cargo es ocupado por el pastor y su función durará mientras ejerza su función de pastor de la iglesia, dirigen a la Entidad, citan a Asambleas, dan cuenta de las finanzas, administran y velan por la iglesia. Doy Fe.




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