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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2015


IGLESIA INTERNACIONAL LA GLORIA DE DIOS
Félix Jara Cadot, Notario Público, Titular 41ª Notaría Santiago, Huérfanos 1160, local 12, certifica: Que, con fecha 30 de septiembre del año 2014, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Asamblea, Constitución y Aprobación de Estatutos celebrada el 9 de septiembre de 2014, modificada y complementada por escritura pública, ante mí, de fecha 13 de enero de 2015, de la Entidad Religiosa de Derecho Público Iglesia Internacional La Gloria de Dios, con domicilio Serrano N° 1403, Comuna Pudahuel, Santiago. Inscrita en Registro Público de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia bajo el N° 3414, de fecha 7 de octubre 2014.- Comparecieron Asamblea Constituyente: Carolina del Rosario Quilaleo Miranda; Amanda del Carmen Caroca Becerra; Mercedes Leoni Morales Riffo; Ruth Noemí Riquelme Morales; Sandra Mariela Quilaleo Miranda; Laura Ester Miranda Canivilo; Marta Magaly Collilen Collilen; Paula del Pilar Castro Caroca y Mónica Alejandra Castro Caroca. Los elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios que sustentan la fe que ella profesa, son los siguientes: Uno, cree en Dios y en la Trinidad Padre, Hijo y Espíritu Santo. Dos, cree en Jesucristo, salvador de la Humanidad, Hijo de Dios, quien no fue concebido por voluntad humana. Tres, cree en la autoridad de las Santas Escrituras, como la Palabra inspirada de Dios, que está constituida por el Antiguo y Nuevo Testamento. Cree que la Biblia es la palabra de Dios. Cuatro, cree en el Bautismo del Espíritu Santo. Cinco, cree en la resurrección de los muertos y en la segunda venida de Cristo a la tierra y, Seis, cree en la justificación por la Fe en Jesucristo. Su acción se orienta a fundar y sostener iglesias y crear obras sociales en beneficio gratuito de sus miembros y de la comunidad. Los Órganos de Administración son el Pastor Mayor y un Consejo Directivo, compuesto por seis miembros, un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y dos Consejeros; durarán un año en sus funciones, salvo el Presidente, que durará tres años y el Pastor Mayor de duración indefinida. Sus atribuciones, entre otras, son: Del Pastor Mayor, colaborar con el Presidente del Consejo Directivo en la dirección superior de la Iglesia; representar a la Iglesia en el ámbito de las relaciones internas, sociales y espirituales; otorgar ayuda económica a los Pastores ancianos y viudas de Pastores necesitadas. Del Consejo Directivo, organizar todo lo relacionado con la situación administrativa, económica y financiera de la Iglesia, pudiendo delegar sus facultades en uno o más administradores; someter los problemas de gravedad al Tribunal Eclesiástico; exigir al Pastor que tuviere bienes a su cargo, un inventario general; acordar erogaciones ordinarias o extraordinarias de sus miembros y está facultado para realizar todo tipo de operaciones con los bienes muebles e inmuebles de la Iglesia. Santiago, 13 de enero 2015.




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