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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 902001 2015


(IdDO 902001)
IGLESIA VISIÓN VIDA
Nombre: Iglesia Visión Vida, con domicilio en calle Magallanes N° 397, Comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, con Registro Público N° 3448, de fecha 12 de noviembre de 2014. Constituyentes: Lilian Jeanette Santana Correa, Huberto Santana Figueroa, Jessica del Carmen Santana Vidal, Merari Jocabed Mansilla Santana, Yaneth Isabel Muñoz Sanhueza, Bernardo Segundo Garrido Sandoval. Fundamentos: Los elementos esenciales que caracterizan, a la Iglesia Visión Vida. Son principios de la iglesia: uno) La Biblia, inspirada por Dios, como única autoridad doctrinal, constituye una inagotable fuente de enseñanza, corrección y guía de salvación; dos) Dios es nuestro único sustentador, creador del universo y todo lo que existe, el hijo unigénito de Dios es ordenador, salvador y redentor, así como nuestro fiel intercesor ante el Padre. Y el Espíritu Santo es nuestro guía, consolador y enseñador; tres) Creemos en los dones del Espíritu Santo, que enriquecen a la iglesia, tales como la sanidad divina, profecías y lenguas espírituales; cuarto) La salvación es un don gratuito proporcionado por Dios, mediante el sacrificio expiatorio de su hijo Jesucristo. Además predicar el evangelio de Cristo, y establece como su declaración de fe la Santa Trinidad y que hay un Dios, eternamente existente en tres personas, el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. Órgano de Administración: La dirección superior de la iglesia estará a cargo de un directorio de seis personas, presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, subsecretario, director. La Asamblea General es la reunión de todos los miembros en plena comunión de la iglesia y son representados por sus respectivos pastores; estará presidida por un directorio elegido por ella misma, el que llevará la dirección superior de la iglesia para todos los efectos legales. Sus acuerdos adoptados, en la forma y con los quórum establecidos por los estatutos, obligan a todos sus miembros presentes y ausentes. Las Asambleas generales serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras se celebrarán una vez al año en el mes de abril. En las asambleas generales ordinarias podrán tratarse todos los asuntos relacionados con los intereses de la iglesia, con excepción de aquellos que correspondan exclusivamente a las asambleas generales extraordinarias. Corresponderá especialmente a las asambleas generales la rendición de cuentas del directorio, aprobación o rechazo de ellas, la elección del nuevo directorio, la fijación de cuotas ordinarias y extraordinarias y la aprobación de los presupuestos de administración y de inversión de los fondos presentados por el directorio. El directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir a la iglesia y administrar sus bienes. b) Cumplir con los acuerdos e instrucciones de las asambleas generales. c) Redactar los reglamentos de que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la iglesia y los someta a la aprobación de la asamblea general. d) Citar a la asamblea general ordinaria y extraordinaria cuando las estimen necesarias o a petición escrita de un tercio de los miembros de la misión. e) Someter a la consideración y aprobación de la asamblea todos los asuntos, materias y negocios que estime necesarios para el adecuado funcionamiento y cumplimiento de los fines de la misión. f) Rendir Cuenta por escrito ante la Asamblea General Ordinaria correspondiente de las inversiones de los fondos de la iglesia y de su marcha durante el periodo en que se ejerza sus funciones. g) Asistir y participar activamente en todas las actividades de la iglesia especialmente las religiosas. Escritura Pública: Contiene los estatutos del día 12 de noviembre, del año dos mil catorce, otorgada por escritura Pública repertorio 624, ante el Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, don Roberto Antonio Cifuentes Allel, oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°8877, La Cisterna.




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