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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 915559 2015


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
(IdDO 915559)
TEMPLO EVANGÉLICO LA PESCA MILAGROSA EN CRISTO
(Extracto)
Ernesto Valenzuela Norambuena, Abogado, Notario Público de Concepción, Oficio en Concepción Barros Arana 971, local 24, certifico: Por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2014, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Constitución y Estatutos de Iglesia Evangélica, denominada "Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo", escritura pública que fue complementada, con escritura pública de fecha 27 de febrero 2015.- 1. En Florida a 11 de septiembre de 2014, se efectuó una asamblea para constituir una persona jurídica de derecho público, que se denominará "Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo".- 2. El domicilio principal del "Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo" es calle Arturo Prat N° 1050, comuna de Florida.- 3. El día 23 de diciembre de 2015, el Ministerio de Justicia asignó a la Iglesia "Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo" el N° 3486 del Registro Público de Iglesias, confesiones e instituciones religiosas.- 4. Asistieron a la asamblea constitutiva y firmaron al final del acta respectiva: María Isabel Muñoz Higuera, Benjamín Zacarías Pastén Muñoz, Felicinda Paola Hernández Bastías, Hortensia de las Mercedes Bastías Flores, Héctor Orlando Contreras, Verónica Jaqueline Gaete Cid, Elly Elizabeth Pastén Muñoz, Benjamín Ismael Pastén Astudillo, María Magdalena Pastén Muñoz, Pablo Andrés Peña Pastén, Leonardo Gastón Peña Cruces, Virginia Leonor Muñoz Higueras, José Gabriel Solar Matus, Sara del Pilar Robles Hernández.- 5. Son Principios o Artículos de Fe de la Iglesia los siguientes: El Templo Evangélico La Pesca Milagrosa En Cristo, como Iglesia Cristiana posee un cuerpo de doctrinas o fundamentos teológicos, fundamentados en cuatro elementos principales: Uno. La Biblia: Para el Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo, la Biblia es la primera y más importante fuente de doctrina, ya sea acerca de Dios, el hombre y la mujer, la salvación y la Iglesia. Para el pueblo cristiano evangélico, la Biblia es el fiel registro de la revelación de Dios y de su plan de salvación y toda doctrina se fundamenta en su claro testimonio. Dos. La Tradición Cristiana. En los siglos de experiencia de la Iglesia Cristiana la obra del Espíritu Santo siempre estuvo presente en ella, sobre todo cuando al pasar de los años, la Iglesia de los primeros siglos entendió que era necesario definir en la forma más precisa posible en qué consistía su fe, cuál era la "sana doctrina", según el decir del apóstol Pablo. Tres. La Razón. Los cristianos evangélicos insisten en que el contenido de la fe cristiana sólo se deriva de la persona de Jesucristo, la Palabra Encarnada de cuyo acontecimiento la Biblia es el testimonio escrito, pero están muy conscientes de que la Biblia se puede interpretar en forma caprichosa y errónea, como históricamente ha sucedido y sucede, especialmente cuando estas interpretaciones se vuelven contra el ser humano. Cuatro. La Experiencia Personal. La Tradición Cristiana, y el respaldo de la Razón, deben conducir a que el mensaje de salvación y la comunión con Dios lleguen a ser una experiencia personal. El cristiano evangélico es aquel que se da cuenta, no sólo intelectualmente, sino con todas las facultades de su persona, que sus pecados han sido perdonados y que es salvo en Cristo.- 6. Órganos de administración: I.- El Directorio: Miembros del directorio: a) El Pastor Presidente, su duración será indefinida, b) El Secretario, su duración será de 4 años, y c) El Tesorero, su duración será de 4 años.- El Directorio del Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo, tiene como objetivo velar y supervisar por el correcto desarrollo institucional en las áreas pertinentes, ya sean espirituales, administrativas o económicas. No obstante, el Pastor Presidente puede pronunciarse ante cualquier irregularidad, no importando la índole de ésta. Las atribuciones del directorio de la entidad del Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo, son las siguientes: Artículo primero, a).- Dictar los reglamentos para el cumplimiento de los Estatutos, y los necesarios para el funcionamiento de las diversas Iglesias y Obras locales. b).- Dirigir, ordenar y reglamentar la administración de los fondos de la entidad Templo Evangélico la Pesca Milagrosa en Cristo. c).- Pronunciarse sobre herencias, donaciones y legados con que se favorezca, las que siempre se aceptarán con beneficio de inventario. d).- Acordar los arbitrios para crear fondos, la compra de toda clase de bienes, la construcción o reparación de obras o de cualquier otra inversión de los fondos que forman el capital social, e) se faculta al Directorio de esta entidad para pronunciarse con respecto a cualquier punto de controversia en relación a la aplicación de este estatuto y que no tenga una regulación clara en éste. Artículo segundo. El quórum para que pueda sesionar el Directorio será de simple mayoría, los asuntos se resolverán en votación y por mayoría de los asistentes. En cuanto a los miembros del Directorio de la entidad Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo, estos son tres: El Pastor Presidente, el Secretario y el Tesorero.- II.- De las demás autoridades de la iglesia. Son autoridades del Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo, en orden jerárquico: a) el Directorio, b) Pastores Superintendentes, c) Pastores Presbíteros y d) Pastores Probando.- La duración de las autoridades de la Iglesia (excluyendo al Directorio) será: a) Pastor Superintendente: duración será 2 años, sin derecho a ser reelegidos en periodos continuos. b) Pastor Presbítero: duración será indefinida y c) Pastor Probando: Duración será 1 año. III.- De los órganos de administración y gestión. a) Conferencia Anual. Tendrá lugar en el mes de marzo de cada año, su objetivo principal será la rendición de cuentas y las nuevas propuestas para mantener la continuidad del Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo. Los participantes de la Conferencia Anual serán todas las autoridades del Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo, incluyendo un delegado de cada Iglesia elegido previamente por el pastor de turno respectivo.- b) De las Juntas. Serán entidades esencialmente ejecutivas y eventualmente resolutivas; funcionarán entre Conferencias Anuales y deberán administrar la Iglesia por mandato de la Conferencia Anual, velando por que se cumplan los acuerdos y resoluciones establecidas en éstas.- 7. La representación judicial y extrajudicial de la entidad Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo, esta corresponde exclusivamente al Pastor Presidente.- 8. En cuanto al acuerdo de reforma de los estatutos de la entidad Templo Evangélico La Pesca Milagrosa en Cristo, sólo podrá efectuarse de la manera siguiente: a).- El proyecto de reforma deberá ser acordado por el Directorio, b).- El proyecto de reforma deberá obtener enseguida la aprobación de la Conferencia General Anual, luego si fuere rechazada no podrá proponerse sino después de haber transcurrido dos años.- 9. Que las normas internas que establecen los requisitos de validez para la adquisición y enajenación de los bienes de la entidad son: a).- En cuanto a la adquisición de bienes, no podrá acordarse, sino por mayoría del Directorio, y en sesión especialmente convocada para tal objeto. b).- En cuanto a la enajenación de bienes, no podrá acordarse, sino por mayoría del Directorio, pero siempre con el voto favorable del pastor presidente, y en sesión especialmente convocada para tal objeto.- Concepción, 28 de abril de 2015.




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