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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 916002 2015


(IdDO 916002)
IGLESIA EVANGÉLICA ESTRELLA DE LA MAÑANA
Arturo Castro Salgado, Notario Público, Titular Notaría, con oficio en esta ciudad de Talca en Dos (2) Oriente número mil ciento cuarenta, Talca, certifica: Extracto entidad religiosa derecho público, ley 19.638. a) Nombre "Iglesia Evangélica Estrella de la Mañana". Domicilio principal 30 Oriente 12 y 13 Sur N° 53. b) Registro Ministerio de Justicia 3445 de 18-02-2015. c) Constituyentes: El pastor José Enrique Jaramillo, Víctor Figueroa Figueroa, Sandra Cerpa, Juan Salazar Moraga, Víctor Sepúlveda Albornoz, Cristian Cofré, Erick Valenzuela Martínez, úrsula González, Alicia Araya Araya, Laura Moraga Muñoz, Paola González Figueroa, Bernardino Coloma González, Rosa María Moraga Muñoz, Margarita Leal Aguilera, Flor María Vallejos Araya, Gloria Andrea Jaramillo Vallejos, Marcia E. González Cárdenas, Raúl A. Cerpa Moraga, Susana del C. Moraga Muñoz, Alejandra Núñez Agüero, Elizabeth Cerpa Moraga, Lucía Ramírez Quintero, Lina Jara Fernández, Roxana Salazar Moraga. d) Los elementos esenciales, fundamentos y principios de nuestra fe se sustentan: 1.- En la inspiración verbal de la Biblia. 2.- En un Dios existiendo eternamente en tres personas a saber: Padre, Hijo y Espíritu Santo. 3.- Que Jesucristo es el unigénito del Padre concebido del Espíritu Santo y nacido de la Virgen María. Que fue crucificado, sepultado y resucitado de entre los muertos. Que ascendió a los cielos y está hoy a la diestra del Padre como antecesor. 4.- Que todos han pecado y están destituidos de la gloria de Dios, y que el arrepentimiento es ordenado por Dios a todos y es necesario para el perdón de los pecados. 5.- Que la justificación, la regeneración y el nuevo nacimiento se efectúan por la fe en la sangre de Jesucristo. 6.- En la santificación subsecuente al nuevo nacimiento por la fe en la sangre de Jesucristo, por medio de la palabra de Dios y por el Espíritu Santo. 7.- Que la santidad es norma de vida de Dios para su pueblo. 8.- En el bautismo con el Espíritu Santo, subsecuente a un corazón limpio. 9.- En el hablar en otras lenguas, como el espíritu dirija a la persona, y que es evidencia inicial del bautismo con el Espíritu Santo. 10.- En el bautismo en agua por inmersión, y en que todos los que se arrepienten deben ser bautizados en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo. 11.- En la santidad divina del cuerpo, como respuesta a la oración de fe. 12.- En la cena con el Señor, con sus elementos como son el pan y el vino. 13.- En la premilenial segunda venida de Jesús: primero para resucitar a los justos muertos y arrebatar a los santos vivos hacia Él en el aire, segundo para reinar en la tierra mil años. 14.- En la resurrección corporal; vida eterna para los santos y castigo eterno para los inicuos. e) Su objetivo será: predicar el Evangelio de Chile teniendo como ejemplo la enseñanza de los apóstoles y de Jesucristo; propenderá a la fundación de escuelas, institutos, templos, hospitales, etc. Publicará literatura evangélica en libros y folletos, etc. Atribuciones del directorio: a) Dirigir, ordenar y reglamentar la administración de los fondos de la Iglesia; b) dictar reglamentos para el cumplimiento de los estatutos y los necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia; c) pronunciarse de las herencias, donaciones y legado con que favorezca a la Iglesia, las que siempre se aceptarán con beneficio de inventario; d) acordar los arbitrios para crear fondos, la compra de toda clase de bienes, la construcción y reparación de obras y cualquier otra inversión de los fondos que forman el capital social. La venta de bienes raíces no podrá acordarse sino por los dos tercios del directorio en ejercicio y en sesión especialmente convocada para este efecto. Artículo 12°.- El quórum para que pueda sesionar el directorio será de simple mayoría. Los asuntos se resolverán por votación y por simple mayoría de los asistentes. En caso de empate, decidirá el voto que preside la reunión, salvo que se requiera un quórum especial señalado por el estatuto. Miembros que preside el pastor, como Presidente de la Iglesia, un vice presidente, con un Secretario quien lleva libros de actas, y registro de los miembros, despacha correspondencia, con un Tesorero que llevará libros de finanzas, inventarios e ingresos y egresos. Demás atribuciones de órganos en escritura extractada; f) escritura pública de acto constitutivo y estatutos: fue el tres (3) de noviembre 2014 y sus modificaciones con fecha cinco (5) de febrero 2015, otorgada en Notaría Pública Arturo Castro Salgado, de Talca, con oficio en calle dos (2) Oriente N° 1140, Talca. Talca, marzo 23 de 2015.




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