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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 918587 2015


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
(IdDO 918587)
IGLESIA EVANGÉLICA BÍBLICA DE LA GRACIA
(Extracto)
Mariano Torrealba Ziliani, Notario Público Titular, Bilbao N° 451, Coquimbo, certifica: Ante mí comparece: Neftalí Eliseo Mariluan Meliqueo, domiciliado en Las Margaritas número cuatrocientos sesenta y uno, Sindempart, Coquimbo; debidamente facultado redujo a Escritura Pública Actas Estatutos de la Iglesia Evangélica Bíblica de La Gracia, domiciliada en Las Margaritas N° 461 Sindempart, ciudad y comuna de Coquimbo. La referida entidad se encuentra inscrita en el Registro Público a cargo del Ministerio de Justicia bajo el número 3.529 con fecha 6 de marzo de 2015. Son constituyentes de la Entidad: 1) Neftalí Eliseo Mariluan Meliqueo, Rut: 13.111.191-6; 2) Jorge Patricio Rodríguez Medina, Rut: 7.508.029-8; 3) Marcos Augusto Santander Rojas, Rut: 10.512.864- 9; 4) Marcos Nicolás Santander Cortés, Rut: 18.689.072-8; 5) Mónica Margarita Soto Seguel, Rut: 12.333.342-K; 6) Silvia Magdalena Álvarez Jeraldo, Rut: 6.512.103-4; 7) Silvia Mackarena Rodríguez Álvarez, Rut: 17.934.253-7; 8) Ana Teresa Cortés Zambra, Rut: 14.371.222-2; 9) Ivonne Naryet Santander Cortés, Rut: 17.114.398-5; 10) Bella Aurora Tabilo Álvarez, Rut: 10.880.118-2; 11) Ana María del Carmen Baltra Ojeda, Rut: 6.818.619-6. Son elementos esenciales que la caracterizan y sus fundamentos y principios en que se sustenta la Fe que ella profesa, los siguientes: Uno. Cree en un solo Dios, Todopoderoso, único y Verdadero, que existe en tres personas, Padre, Hijo y Espíritu Santo, iguales en esencia, atributos y autoridad de la Deidad. Gn. 1:26; Dt. 6:4; Mat. 28:19, 3:16- 17; 2 Cor. 13:14; 1 Jn. 5:7; Sal. 139:1-16; 1 Tim. 2:5; 1 Tim. 1:17. Dos) Cree en las Sagradas Escrituras, a saber el Antiguo Testamento y Nuevo Testamento, 66 libros canónicos, que son la inerrante y suficiente Palabra de Dios. En sus manuscritos originales, inspirados plena y verbalmente por Dios y que constituyen la máxima y única regla de fe y práctica. Jn. 14:26, 16:12-13, 17:3; Luc. 24:44; Rom. 3:4; Tim. 3:16-17; Tim. 3:18; 2 P. 1:21, 3:16. Tres) Cree en Jesucristo el Hijo de Dios, co-eterno con el Padre y el Espíritu Santo, quien fue hecho carne en el seno virginal de María, concebido del Espíritu Santo sin pecado original, vivió sin pecado y se entregó a muerte de cruz por nuestra salvación; resucitó corporalmente, ascendió, y se sentó a la diestra del Padre donde está intercediendo por nosotros como nuestro único mediador, arrebatará a su iglesia inminentemente y vendrá por segunda vez con ella a establecer su reino milenial. Mat. 1:20, 20:28; Lc. 1:35; Jn. 1:1-14; Hech. 1:11; Rom. 4:25; 1 Cor. 15:3, 25-28; Ef. 1:7; 1 Tes. 4:15-17; Tit. 2:13-14; Heb. 7:25. Cuatro) Cree en el Espíritu Santo, su personalidad y Deidad, quien redarguye de pecado y obra el arrepentimiento y la regeneración de los creyentes en Cristo, bautizándolo en el cuerpo de Cristo sellándole y morando en él otorgándole dones y poder para el ministerio y para vivir victoriosamente. Mr. 16:920; Hech. 2:37-38; 1 Cor. 1:22, 14:20-22; Hebr. 2:4; Job 33:4; Sal. 104:30, 139:7; Is. 40:13; Jn. 14:16, 16:8-11; Hech. 1:8, 16:6- 11; Rom. 8:2, 8:27; 1 Cor. 2:10-13, 12:11; Ef. 1:13, 4:11-12, 4:30. Cinco) Cree que el ser humano fue creado a imagen y semejanza de Dios en un estado de inocencia en cuanto al pecado, maduro y responsable de sus actos y pensamientos. Por el pecado del primer hombre Adán entró la muerte física y espiritual y así a la humanidad entera, por cuanto todos pecaron quedando separados de la comunión con Dios e imposibilitado de salvarse a sí mismo. Gn. 2:8-9, 15-17, 3:1-7; Rom. 3:23, 5:12. Seis) Cree que la salvación personal se obtiene únicamente por la fe en Jesucristo, no por obras, recursos o capacidades propias ya que las obras son resultado de la salvación y no la causa de ella. Ef. 2:4-10; Jn. 3:16, 5:24; Ti. 3:5-7. Siete) Cree en la sustitución, que Cristo murió en la cruz en lugar y a favor de los pecadores. Mt. 2:22, 5:38, 20:28; Mr. 10:45; Lc. 22:19-20; Jn. 6:51, 15:13; Rom. 5:6-8; 2 Cor. 5:21, 1 P. 3:18. Ocho) Cree en la justificación, la muerte de Cristo satisfizo la justicia de Dios. Los pecadores que aceptan a Cristo por la fe son declarados justos ante Dios, esta justificación les asegura la paz con Dios, siendo esta relación justa, legal y eterna. Dt. 25:1; Rom. 3:22- 23, 25, 28, 30, 5:1, 9, 16, 18-19, 8:17, 30, 33-34; Ti. 3:7. Nueve) Cree que todos los creyentes han sido apartados y santificados para siempre en Cristo Jesús en el momento de la salvación, para servir al Dios vivo y verdadero; los tres aspectos de la santificación son: 1. Posicional, en el pasado el creyente es separado de la pena del pecado. 2. Experimental, en el presente el creyente es separado del poder del pecado. 3. Total y absoluta, el creyente será separado total y absolutamente de la presencia del pecado. Rom. 8:29; 1 Cor. 1:30; Ef. 1:4; 1 Tes. 4:3-4; Heb. 10:14-15; 1 P. 1:2; Judas 24; 1 Tes. 1:9-10. Diez) Cree en la iglesia universal que es el cuerpo de Cristo, siendo Cristo la cabeza. Y está compuesta por todos aquellos que confían en Jesucristo como su único y suficiente Señor y Salvador y han sido regenerados por la obra del Espíritu Santo. Que se inició en el día de pentecostés por obra del Espíritu Santo hasta el día del arrebatamiento. El propósito instituido por Cristo para la iglesia es la edificación de los salvos en la Palabra de Dios y la evangelización de los no salvos en todo el mundo y ha establecido la ordenanza del Bautismo por agua y la cena del Señor. Mt. 16:18, 28:19-20; Hech. 1:5, 8; 11:15; 1 Cor. 11:23-32, 12:13; Ef. 1:22-23, 3:10, 21; Col. 1:18; 1 P. 2:4-8. Once) Cree en los acontecimientos futuros, que Cristo vendrá por su iglesia en el aire en donde los creyentes vivos y muertos le recibiremos y este arrebatamiento es inminente, esto ocurrirá antes de la tribulación que durará siete años, entonces, vendrá el Señor con su iglesia a la tierra, con poder y gran gloria a establecer su reino milenial. Creemos en la inmortalidad del alma y su estado consciente después de la muerte. Creemos en la resurrección de los salvados para bendición eterna y en la resurrección de los que han rechazado a Jesucristo como su Salvador, quienes sufrirán el tormento eterno. Creemos que cuando el creyente muere se va inmediatamente a la presencia del Señor y su cuerpo será levantado en el día de la resurrección. Creemos que Dios juzgará a los vivos y a los muertos. Creemos y esperamos un cielo nuevo y una tierra nueva. Luc. 16:19-31; Jn. 5:27-29, 14:3; Rom. 14:12; 1 Cor. 15:51-52; 2 Cor. 5:1; Fil. 1:23; 1 Tes. 4:15-7; Apoc. 3:10, 11:15, 19:11, 20:4-8, 11, 21:1. Doce) Cree en la existencia y personalidad real del Diablo. Que el Diablo fue creado como un ángel perfecto en sus caminos y que se rebeló contra su creador. A consecuencia de su pecado fue degradado en persona, posición y poder, transformándose en enemigo de Dios, que se opone a la obra de Dios, engaña y seduce a la humanidad a pecar. Satanás y los ángeles caídos fueron vencidos por Jesucristo en la cruz y tendrán su fin en el lago de fuego. Gn. 3:1-7, 14-15; Is. 14:12-14; Ez. 28:11-19; Lc. 22:31; Jn. 2 Cor. 11:3, 14; 2 Ti. 2:26; Apoc. 12:3, 17, 20:10. Trece) Cree que Dios estableció la autoridad civil después de la caída del hombre para controlar la violencia y regular las responsabilidades sociales de los hombres entre sí. Creemos que el creyente debe respetar, obedecer y orar por las autoridades de gobierno, obedeciendo las leyes en todo lo que no contradiga a lo establecido por el eterno y soberano Dios. 1 Tim. 2:1-2; Tito 3:1; Gn. 8:21, 9:6; Is. 2:4, 9:6-7, 11:1-6; Mat. 22:21; Hech. 4:19; Rom. 13:1-7; 1 P. 2:13-14. Catorce) Cree que el matrimonio, tal como Dios lo instituyó, es entre un hombre y una mujer, y en ningún caso bendecirá una unión conyugal que presente una característica diversa a la señalada. Gn. 1:26-28, 2:24-25; Mt. 19:4-6. Son Objetivos de la entidad, los siguientes: A) Llevar a la práctica el mejoramiento espiritual, social y cultural de sus miembros; b) Propender a la unión y solidaridad mutua de los socios; c) Asistir a los asociados en los momentos cruciales de su vida. Para la consecución de estos propósitos se pondrán en práctica los siguientes medios: (1) Dictar ciclos de conferencias; (2) Preparar clases para que estudien los miembros, los candidatos y los simpatizantes; (3) Establecer escuelas para los hijos de los socios; (4) Adquirir o arrendar edificios para tal objeto; (5) Propender al establecimiento de hospitales, y aliviar las necesidades de los socios cuyo estado económico sea de suma pobreza comprobada. La administración estará a cargo de la Asamblea General y la Junta Administrativa. Son atribuciones de la Asamblea General las siguientes: a. Dictar las disposiciones necesarias para llevar a cabo los fines determinados en el artículo 6° de los estatutos de la Entidad; b. Elegir a los miembros de la junta administrativa y dar posesión de sus cargos; c. Reformar los estatutos, cuando el caso lo requiere, en la forma que establezca la ley. Interpretar con fuerza obligatoria las disposiciones estatutarias y reglamentarias; d. Conocer y resolver las sugerencias que elevaren los socios, las quejas y apelaciones que interpretaren de las resoluciones de la junta administrativa; e. Acordar la unificación con otras entidades similares; y f. Dictar normas generales de administración y las demás que no se encuentran previstas en los estatutos y reglamentos, para el mayor beneficio de los intereses de los asociados. Son atribuciones de la Junta Administrativa las siguientes: a. Ejecutar las resoluciones de la asamblea general; b. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones estatutarias y reglamentarias; c. Llevar a la práctica por todos los medios posibles las finalidades de la entidad propuestas en el artículo 6° de estos estatutos; d. Dictar y modificar el reglamento interno e interpretarlo con el carácter obligatorio; e. Presentar por medio del presidente el informe anual de labores a la asamblea general, emitiendo, si fuere necesario, sugerencias para el mejor cumplimiento de los fines de la entidad; f. Elaborar los proyectos de reformas a los estatutos y someterlos a la aprobación de la asamblea general; g. Resolver, transitoriamente, las dudas que se presentan sobre disposiciones estatutarias y su obligación, con carácter obligatorio, hasta que se resuelva la asamblea general; h. Estudiar y resolver las propuestas que presenten los socios y particulares para la administración, previo contrato, de las pertenencias de la entidad en igualdad de condiciones, serán preferidas las propuestas de los socios; i. Conocer los balances trimestrales que presentará el tesorero; j. Aceptar o rechazar el ingreso de nuevos miembros; k. Aplicar en segunda instancia las sanciones a los socios, hasta el punto de expulsión, determinados en los reglamentos internos; l. Regular el funcionamiento de los servicios sociales determinados en la letra c Artículo 6° de los estatutos que constarán en el reglamento interno; m. Dictar las disposiciones que sean necesarias para la mejor marcha de la entidad y que no se encuentren previstas en los estatutos y reglamentos; y, n. Conocer de las excusas que presentaren los miembros de la junta administrativa y aceptarla o negarla hasta cuando se reúna la asamblea que los nombró; son atribuciones del Presidente las siguientes: a. Convocar y presidir las reuniones, tanto de las asambleas generales como las de la junta administrativa; b. Proceder a tomar la promesa y posicionar a los nuevos dignatarios; c. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de los estatutos, reglamentos internos y órdenes que emanen de la asamblea general y de la junta administrativa; d. Llevar a conocimiento de la junta administrativa la correspondencia de la entidad y autorizar su despacho; suscribir las actas de las sesiones de la asamblea general y de la junta administrativa; e. Supervigilar el movimiento económico de la tesorería y autorizar el egreso de los fondos que haya ordenado la junta administrativa y que consta en el presupuesto; f. Vigilar por la buena conservación de los bienes de la entidad, aunque se encuentren administrados por otras personas; g. Distribuir el trabajo de la secretaria, disponiendo que se encuentren al día todos los documentos, libros, actas, archivo ordenado, etc.; y, h. Supervigilar por que la contabilidad, comprobantes de ingresos y egresos y demás documentos se encuentren completos y al día. Los estatutos se encuentran contenidos en Acta de Constitución y Aprobación de Estatutos de fecha 11 de enero de 2015, reducida a escritura pública con fecha 26 de febrero de 2015 en la notaría de Coquimbo servida por don Mariano Torrealba Ziliani, repertorio número 664-2015, modificada por escritura pública de 17 de abril de 2015 otorgada en la notaría de Coquimbo servida por don Mariano Torrealba Ziliani, repertorio número 1.379-2015, el Sr. notario ante quien se redujo a escritura pública las actas tiene oficio en calle Bilbao número 451, comuna de Coquimbo.- Demás estipulaciones constan escritura extractada, Coquimbo, 17 de junio 2015.




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