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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 927951 2015


Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
(IdDO 927951)
IGLESIA CRISTIANA LA GLORIA DE DIOS-CHILE
María Soledad Santos Muñoz, abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas 1161 entrepiso de Santiago. Certifica por escritura pública de 04.06.2015, ante mí, se constituyó la entidad religiosa, según ley 19.638 denominada "Iglesia Cristiana La Gloria de Dios-Chile", que también podrá usar como nombre de fantasía LGD-Chile con domicilio en Miguel Ángel N° 03730, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana. Registro Público 3616 de 08.06.2015. Constituyentes: Ángel Gabriel Aránguiz López, Jaime Villagrán Gómez, Judith Lemuñir Figueroa, Ester González Soto, Dalila Ester Aránguiz, Orieta Morales Moncada, Ricardo Huenchun Paillao, Alicia Lemuñir Huinca, Jaime Durán Molina, Abigail Aránguiz González, Felicinda Millavil Nahuelir y María Zavala Reyes. Los estatutos establecen una Iglesia que predica el Evangelio y ayuda al prójimo a superar sus necesidades espirituales. Los artículos de fe son: creer en un solo Dios en esencia y en existencia Padre, Hijo y Espíritu Santo y en la Biblia como la palabra de Dios. La práctica de los sacramentos bíblicos, el Bautismo y la Cena del Señor. La práctica de las ordenanzas de la Iglesia en presentación de niños, casamiento entre hombre y mujer y la oración por enfermos y personas necesitadas y esperamos la segunda venida de Cristo a la tierra con Poder y Gloria… Los órganos de administración son: La Convención general anual que se reúne una vez al año para recibir el informe y balance anual. El Directorio General está integrado por 7 personas, con el deber de administrar y custodiar el patrimonio de la Iglesia y organizar sus actividades y el Tribunal de ética que administra el orden y asesora al Directorio General, integrada por tres personas. El pastor Ricardo Cabrera debidamente facultado redacta este extracto. Las demás disposiciones se encuentran contenidas en la referida Escritura Pública. Es todo. Doy fe. 24 julio 2015.




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