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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 928428 2015


(IdDO 928428)
IGLESIA SALEM DE LA REFORMA
Leonor Gutiérrez Gatica, Notario Público Suplente del Titular de la 21ª Notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, Miraflores 169, Santiago, certifica, con fecha 13/05/2015, Repertorio N° 7.015/2015, ante el titular, se redujo a escritura pública el acta de constitución y estatutos de la entidad religiosa de derecho público denominada Iglesia Salem de la Reforma y, posteriormente, con fecha 09/06/2015, Repertorio N° 8.425/2015, ante el titular, se redujo a escritura pública el acta de rectificación o subsanación de las objeciones al acta de constitución y estatutos antes singularizada. La Iglesia Salem de la Reforma, se encuentra inscrita en Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N° 3.587, de fecha 13/05/2015. Los constituyentes son: Celia del Carmen Henríquez Urrutia, cédula nacional de identidad 9.764.560-4; Cristian César Cerda Troncoso, cédula nacional de identidad 12.394.669-3; Lilian Edith Ojeda Prada, cédula nacional de identidad 14.622.864-K; Susana del Carmen Bustos Valenzuela, cédula nacional de identidad 10.419.567-9; Carol del Rosario González Henríquez, cédula nacional de identidad 13.911.565-1; Marisol Estrella Henríquez Urrutia, cédula nacional de identidad 10.159.640-0; Laura Sánchez Sánchez, cédula nacional de identidad 4.284.056-4; Magaly de las Nieves Henríquez Urrutia, cédula nacional de identidad 8.669.312-7; Paulina Lesli Henríquez Henríquez, cédula nacional de identidad 15.603.477-0; María Angélica Soto Ramírez, cédula nacional de identidad 10.419.891-0; Patricio Carlos Pizarro Bahamóndez, cédula nacional de identidad 11.668.991-K; Ximena Jazmín del Carmen Vega Vidal, cédula nacional de identidad 9.211.245-4; Víctor Ricardo Quiñones Rodríguez, cédula nacional de identidad 14.735.764-8; Daniela Fernanda Bustos Bustos, cédula nacional de identidad 17.404.414-7; María Eugenia Olivares García, cédula nacional de identidad 12.460.174-6; Ulises Alexis Stone Cortez, cédula nacional de identidad 12.270.195-6; Paola Andrea Henríquez Morales, cédula nacional de identidad 12.881.370-5. Domicilio: Avenida Independencia Mil quinientos cuarenta y tres, comuna de Independencia, ciudad de Santiago, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República. Elementos esenciales, fundamentos y principios: La Iglesia tendrá por finalidad u objeto, proclamar el Evangelio del Señor Jesucristo difundiendo sus enseñanzas a través de medios legales permitidos, velando por el desarrollo espiritual de los fieles e instruyéndolos en su confesión de fe. Realizar labores de educación religiosa y enseñanza en escuelas, colegios, institutos, también actividades de ayuda, asistencia social y rehabilitación, desarrollar actividades evangelizadoras en hospitales, hogares de ancianos y cárceles. En el cumplimiento de sus objetivos la Iglesia podrá: a) Realizar el ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; b) La comunicación y difusión, de palabra, por escrito o por cualquier medio, de su propio credo y la manifestación de su doctrina correspondiente a la fe evangélica; c) Efectuar obras de beneficencia o ayuda social a sus miembros, como también en los sectores más pobres de la sociedad; d) Crear y sostener escuelas, liceos, institutos, bibliotecas y centros de capacitación; e) Crear fundaciones y corporaciones de beneficencia social e institutos de formación y capacitación teológica y otorgarle personalidad jurídica en los términos que establece la ley 19.638 y el reglamento de la Iglesia sobre las entidades creadas por ella; f) Editar, imprimir, distribuir folletos, boletines, revistas, periódicos y libros y en general producir y hacer uso de todo tipo de medios audiovisuales de carácter religioso, nacional e internacional; g) Asociarse en forma transitoria o permanente con otras instituciones nacionales, internacionales o extranjeras que persigan fines análogos; h) Colaborar con instituciones públicas, privadas, municipales y estatales en materias que le sean de común interés; i) En general, realizar todas aquellas acciones encaminadas al logro de los objetivos. Los fundamentos y principios de fe en la que la Iglesia Salem de la Reforma sustenta sus Creencias son: aceptamos y creemos como central a la Tradición Reformada, la afirmación de la soberanía de Dios, y este ha sido también el tema doctrinal que mantiene las convicciones de nuestra Iglesia. Entre los temas que son expuestos en las Escrituras y afirmados en nuestra confesión de fe, podemos mencionar las siguientes: 1. La Trinidad o tri-unidad: La Biblia nos enseña que Dios es uno, esto es parte fundamental del Antiguo y Nuevo Testamento. En la unidad de Dios hay tres personas. El misterio de la trinidad asevera que El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo, es Dios mismo. En consecuencia, creemos en la tri-unidad: Dios como Padre, Hijo y Espíritu Santo. Dios, que en la tierra tomó una forma humana como Jesucristo y éste por medio de la obra del Espíritu Santo, está presente y visible en virtud del actuar de los creyentes; 2. La Soberanía de Dios, es el centro de la fe de la tradición Reformada, es la afirmación de la majestad, santidad, y providencia de Dios que crea, sostiene, gobierna y redime al mundo en la libertad de la justicia y el amor de Dios. Creemos que Dios es soberano, tiene todo el poder y sabiduría, que es creador y dueño de todo, Señor del tiempo y del espacio; 3. El Perdón de Pecados. La doctrina del perdón afirma que en Cristo, quien peca es declarada justa ante Dios, que ha quedado libre de condenación y que son hechos herederos junto con Cristo de la vida eterna en el reino de los cielos. El perdón de Dios es totalmente el don gratuito de la gracia de Dios, dado sin tomar en cuenta ningún mérito o dignidad de quien lo recibe. Dios efectúa este perdón acreditándole al ser humano el regalo gratuito de la justicia de Cristo, justicia que no está vinculada a las buenas obras, siendo enteramente producto de la obediencia de Cristo. El creyente recibe el perdón solamente por fe; 4. La Vida Eterna, es un regalo que se otorga a cada persona que acepta a Cristo. Es la realidad y seguridad de una existencia transtemporal que comienza desde el momento que creemos en Cristo y recibimos la salvación. Esta vida sobrepasa la muerte física y se extiende por la eternidad. Su correlato opuesto se expresa en la negación y no apertura al don de la vida eterna; 5. La Biblia, la única revelación suficiente de Dios es Jesucristo, la Palabra encarnada de Dios, de quien el Espíritu Santo testifica por medio de las Sagradas Escrituras las cuales no son un testimonio entre otros, sino el testimonio por antonomasia. Las Escrituras están dadas bajo la dirección del Espíritu Santo. La Palabra de Dios se comunica a su Iglesia hoy en día dondequiera que las Escrituras se prediquen fielmente y se lean atentamente, dependiendo de la iluminación del Espíritu Santo, y de la disposición a recibir su verdad y dirección; 6. La Salvación, es la liberación del pecado y del dominio de éste sobre la vida del ser humano. El pecador es liberado del poder del pecado sobre su vida; de tal forma que ya no es más esclavo de los deseos de la "carne", concepto que no se refiere a una sustancia, sino a la naturaleza humana y tendencia a la autosalvación. Jesucristo obtuvo eterna redención a través de su sacrificio en la cruz. La persona que cree, recibe gratuitamente los beneficios de la salvación. La salvación no solo es salvación del pecado personal, sino salvación para denunciar el pecado institucional, salvación para la justicia, para la paz y para la libertad de todo ser humano liberado por Cristo; libertad la cual se constituye en la meta y horizonte último de todo ser humano. Por eso, la salvación en Jesucristo es efectiva sólo para aquellas personas que creen que Él es su único Salvador y Liberador; 7. Los Sacramentos: La Palabra de Dios enseña que sólo hay dos sacramentos instituidos y ordenados por nuestro Señor Jesucristo; estos son: El Bautismo y La Santa. 7.1 El Bautismo nos muestra la gracia de Jesucristo y afirma a los creyentes y sus hijos que son herederos del pacto de gracia. Simboliza la nueva vida en Cristo. Creemos también en un bautismo como entrada a la iglesia cristiana, sea como un niño o niña o como un adulto, como una unión definitiva y profunda a Jesucristo. Debe administrarse al nombre de la Trinidad, según lo establece la Biblia: "al nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo". Debe administrarse por inmersión. 7.2 La Eucaristía o Santa Cena: Este sacramento también fue instituido por el Señor. Es parte integral del culto a Dios y no una añadidura. Creemos que el Señor Jesucristo está presente en la Iglesia y en el individuo cuando participamos en la comunión. En la santa cena el vino simboliza la sangre de Cristo (su vida) y el pan su cuerpo. Creemos que el pan y el vino son símbolos que remiten o lo transcendente (a Dios) y expresan la entrega de Dios a través de Jesucristo. 8. Creemos en la resurrección de los muertos y la vida eterna. Órganos de Administración: El Pastor, El Directorio y las Asambleas Generales. El Pastor tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias cuando corresponda de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio; e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia; i) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma; j) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos. El Directorio es un órgano colegiado integrado por seis miembros activos y será presidido por el Pastor de la Iglesia. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos y las finalidades de la Iglesia; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a las Asambleas Generales anuales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajo que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de las Asambleas Generales anuales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual, como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f) Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Iglesia o circuito dependiente de la Iglesia principal; g) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias, con la aprobación final de la Asamblea General. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus miembros. Está compuesta por la totalidad de los miembros de la iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los Estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria: a) De las reformas de los Estatutos de la Iglesia; b) De la disolución de la Iglesia; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los Miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la Ley o los Estatutos les correspondan; d) De la asociación de la entidad con otras instituciones similares; e) De la compra, venta, transferencia de bienes raíces; f) De la Hipoteca permuta y arriendo de bienes raíces por un plazo superior a tres años. Demás estipulaciones constan en escrituras extractadas.- En Santiago, a 23 de julio de 2015.




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