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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 948609 2015


(IdDO 948609)
IGLESIA RESTAURACIÓN APOSTÓLICA PENTECOSTAL
Ignacio Vidal Domínguez, Notario Talca, Titular, 1 Norte 963 ofic. 103, certifico: Que por escritura pública de fecha 5 de marzo de 2015 y de complemento de fecha 12 de junio de 2015, ambas ante mí, se redujo primeramente a escritura pública Acta de Constitución y Estatutos de la entidad religiosa "Iglesia Restauración Apostólica Pentecostal", con domicilio en Ruta CH-115, N° 75 Flor del Llano, comuna de San Clemente, Talca, y seguidamente se hizo complemento de la primera.- Fue inscrita en el Registro de Instituciones de Derecho Público de Ministerio de Justicia bajo el N° 3547 de fecha 30 de marzo de 2015. Constituyentes: Luis Fernando Cáceres Rodríguez, José Gregorio Cáceres Bravo, Rodrigo Eliud Morales Meza, Gregorio Tomás Cáceres Jara, Fabián Arnaldo Cáceres Méndez, Hermes Antonio Salinas Osores, Juan Carlos Morales Mendoza. Principios y fundamentos de nuestra fe: Creemos En la inspiración verbal de la Biblia como la única pauta de vida del hombre; Creemos En un Dios existiendo eternamente en tres personas, a saber, Padre, Hijo y Espíritu Santo; Creemos Que Jesucristo es el Unigénito del Padre, concebido del Espíritu Santo y nacido de la Virgen María; Creemos Que Jesucristo fue crucificado, sepultado y resucitado de entre los muertos; Creemos Que ascendió a los cielos y hoy está a la diestra del padre como intercesor; Creemos Que todos los hombres han pecado y están destituidos de la Gloria de Dios; Creemos Que el arrepentimiento es ordenado por Dios a todos y es necesario para el perdón de los pecados; Creemos Que la justificación, la regeneración y el nuevo nacimiento se efectúa por la fe en la sangre de Jesucristo; Creemos En la Santificación, subsecuente al nuevo nacimiento por la fe en la sangre de Jesucristo, por medio de la palabra de Dios y por el Espíritu Santo; Creemos Que la santidad es la norma de vida para su pueblo; Creemos En el Bautismo con el Espíritu Santo, subsecuente a un corazón limpio. En hablar en otras lenguas como el espíritu dirija a las personas y que es la evidencia inicial del Bautismo con el Espíritu Santo; Creemos En el Bautismo en Agua, por inmersión, y que todos los que se arrepienten ser Bautizados en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo; Creemos Que la sanidad divina es provista para todos en la expiación de la Cruz por Fe; Creemos En la cena del señor; Creemos En el Lavamiento de pies de los Santos en señal de servicio y humildad; Creemos En la premilenial segunda venida de Cristo Primero para resucitar a los muertos y arrebatar a los santos vivos hacia él, en el aire; Segundo, para reinar con él en la tierra mil años; Creemos En la resurrección corporal vida eterna para los Santos y castigo eterno para los inicuos; Creemos Que el nombre de nuestra Iglesia fue inspirado por Dios por fundamento Bíblico; Creemos Que el método ordenado por Dios para el mantenimiento y divulgación de su causa es, por el Diezmo, Ofrendas y Primicias; Creemos Que toda autoridad es puesta o permitida por Dios y deberán ser apoyados en todo tiempo, excepto en las cosas opuestas a la voluntad de Dios. Objeto: A) Difundir la doctrina cristiana evangélica en sus principios integrales establecidos en la palabra de Dios, la Santa Biblia y procurar por todos los medios que estén a su alcance que sus miembros se sujeten a dichas enseñanzas y la practiquen; B) Promover el mejoramiento moral, intelectual y el bienestar social de sus miembros y simpatizantes auspiciando cursos, conferencias, actos culturales, artísticos, charlas. Alabanzas, sermones de tal manera que cada miembro de la entidad represente y testifique con su vida a Cristo como su señor y salvador; C) Promover el mejoramiento espiritual y superación en la fe de las personas que integran la entidad religiosa, pudiendo para este efecto realizar ceremonias, prédicas, cultos, cánticos, plegarias, campañas, cruzadas y otras manifestaciones activas públicas o privadas en las que se resalte el mensaje divino en misión que nos impusiere nuestro señor "id por todo el mundo y predicad el evangelio". Marcos 16:15; D) Colaborar con autoridades públicas y privadas en campañas de bien social y cultural; E) Crear y sostener iglesias, bibliotecas y centros de reunión, escuelas, hogares de ancianos, infantiles y juveniles y en general centros que permitan la difusión del evangelio, a la vez hacer obras sociales en beneficio de la comunidad; F) Procurar el desarrollo de un espíritu de comunidad y solidaridad espiritual y social entre sus miembros y simpatizantes; G) La entidad no percibirá ni se propone fines de lucro, ni sindicales, sometiéndose en su accionar estrictamente a las leyes chilenas y estándole expresamente prohibido desarrollar actividades de carácter político o partidario, ni propagar ideologías político partidistas; H) Visitar cárceles, hospitales, asilos y hogares de menores llevando consuelo espiritual y ayuda material. La Iglesia, para llevar a efecto sus finalidades y propósito, contará con una cuota mensual que aportarán las Iglesias locales, que será del 10% de sus entradas generales, o de aportes especiales que esta Iglesia requiera. Los Órganos de Administración: Asamblea General compuesta por todos sus miembros activos, un Directorio compuesto por 6 miembro que estará formado por un Presidente, Vicepresidente, Secretario Tesorero, dos Directores y un Director de Misiones; además de una Comisión Revisora de cuentas constituida por dos miembros. Que tendrán las siguientes Facultades: de la Asamblea General son A) De la reforma de los estatutos de la entidad religiosa; B) De la disolución de la entidad religiosa y C) De la asociación de la entidad religiosa con otras instituciones similares; del Directorio A) Dirigir la Iglesia Restauración Apostólica Pentecostal y velar por el cumplimiento de sus estatutos, reglamentos y finalidades perseguidas por esta; B) Administrar los bienes de la corporación e invertir sus recursos; C) Citar a Asamblea General de miembros tanto ordinaria como extraordinaria, en la forma y plazos que señalen los estatutos; D) Redactar los reglamentos necesarios para el funcionamiento de la entidad religiosa y someter dichos reglamentos a la aprobación de la Asamblea General más próxima, pudiendo en el intertanto, aplicarlos en forma provisoria; E) Cumplir los acuerdos de las Asambleas Generales; F) Debe rendir cuenta anual en la Asamblea General ordinaria tanto de la marcha de la entidad como de la inversión de los fondos mediante un balance y que deberá ser aprobado por esta Asamblea; G) Finalmente, las atribuciones que señalen estos estatutos y la legislación vigente; y Como administrador de los bienes de la entidad religiosa el Directorio estará facultado para comprar, adquirir, vender, transferir, permutar, dar y tomar en arrendamiento y administración y ceder toda clase de bienes muebles e inmuebles, constituir, aceptar, posponer y cancelar hipotecas, prendas, garantías y prohibiciones, otorgar cancelaciones, recibos, celebrar contrato de mutuo y abrir y cerrar cuentas corrientes, de depósito de ahorro y de crédito, girar en ellas, retirar talonarios y aprobar saldos; ejecutar todo tipo de operaciones bancarias, conferir mandatos especiales, revocar y delegar poderes, aceptar toda clase de herencias, legados y donaciones, contratar seguros, pagar las primas, aprobar liquidaciones de los siniestros y percibir el valor de las pólizas, firmar endosar y cancelar pólizas, contratar créditos en favor de la Iglesia Restauración Apostólica Pentecostal y ejecutar todos aquellos actos que tiendan a la buena administración de la entidad religiosa; de la Comisión Revisora A) revisar semestralmente los comprobantes de ingresos y egresos que el Tesorero debe exhibirle, dando cuenta de cualquier irregularidad al Presidente de la Iglesia Restauración Apostólica Pentecostal; B) Velar porque los miembros se mantengan al día en el pago de sus cuotas y representar al Tesorero cuando algún miembro se encuentre atrasado a fin de que éste investigue la causa y procure se ponga al día.- Talca, quince de septiembre de dos mil quince.




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