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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 983197 2015


(IdDO 983197)
MINISTERIO SENDA DE LIBERTAD
Pablo Alberto González Caamaño, Notario Titular 9a Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos 333, entrepiso, Santiago, certifico que con fecha 21 de agosto de 2015, ante mí, se redujo a Escritura Pública acta de constitución y aprobación de estatutos de entidad religiosa denominada Ministerio Senda de Libertad, domiciliada en Cordillera de Sal N° 9719, Villa Sierra Nevada, de Antofagasta, Región de Antofagasta, Chile. Registro N° 3.692, de 28-08-2015. Constituyentes: Pastor y Presidente: Pablo César Díaz Romero; Vicepresidenta: Claudia Paola Vicentela Pérez; Secretaria: Jesica Patricia Farías Díaz; Tesorero: Cristian Alejandro Alarcón Contreras, y Directora: Ingrid Angélica Fernández Velásquez; Rodrigo Moreno Rodríguez, Juan Carlos González Alcayaga, Karen Alejandra Godoy Díaz, Alejandro Farías Díaz, Vilma Díaz Romero, Roberto Godoy Díaz, Jorge Farías Díaz, Francisca Escobar León. Fundamentos: Son principios o artículos de fe y los fundamentos de la Iglesia Ministerio Senda de Libertad los siguientes: a) Creemos en la completa inspiración verbal de las Escrituras como originalmente fueron dadas; b) Creemos en Dios como cabeza, quien se ha revelado así mismo como un Dios existente en tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo; c) Creemos en la creación, prueba y caída del hombre según es narrada en Génesis; su total depravación espiritual e inhabilidad de conseguir justificación divina; d) Creemos en el Señor Jesucristo, el Salvador del hombre, concebido por el Espíritu Santo, nacido como todo hombre; e) Creemos que Cristo murió por nuestros pecados, fue enterrado y resucitado al tercer día, y personalmente se le apareció a sus discípulos; f) Creemos en la ascensión al cielo corporal de Jesús, su exaltación y que regresará por segunda vez por la iglesia; g) Creemos que la salvación de los pecadores es por gracia, a través de arrepentimiento y fe, por la cual obtenemos remisión de pecados; h) Creemos en la necesidad del bautismo en agua, por inmersión en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo; i) Creemos en el bautismo en el Espíritu Santo; j) Creemos en la operación de los dones del Espíritu como son enumerados en 1 Corintios 12:1-14 y como fue manifestado a la Iglesia Primitiva; k) Creemos en una vida llena del Espíritu, una vida de separación del mundo y la perfección de santidad en el temor a Dios como una expresión de la fe Cristiana; l) Creemos en la sanidad del cuerpo por el poder divino, o sanidad divina en sus variados aspectos, como fue practicado por la Iglesia Primitiva; m) Creemos Comunión o la Santa Cena; n) Creemos en Vida eterna para los creyentes y castigo eterno para los no creyentes; ñ) Creemos en la realidad y personalidad de Satanás y el juicio eterno de Satanás y sus ángeles; o) Creemos que la forma bíblica del gobierno de la iglesia es teocrático, consistente de un ministro superior bajo la autoridad apostólica, quien está cualificado en el fundamento del llamado de Dios, vida espiritual, vida doméstica, carácter y habilidad de gobernar, juntamente con mayoría del liderato. En adición a estos básicos fundamentos, nosotros además sostenemos: i. que la Iglesia de Jesucristo es el instrumento que Dios está usando para expandir su reino antes de la segunda venida de Cristo; ii. La Iglesia local es autónoma, económicamente independiente y se propaga por sí misma, limitada solamente por la autoridad apóstolica del Presidente; iii. Cada creyente en Cristo debe estar sujeto a la autoridad de Dios en una iglesia local específica para protección espiritual y frutos duraderos; p) Creemos en el principio del matrimonio entre el hombre y la mujer, como una relación terrenal decretada por Dios y que este es el pilar de la familia, la cual es el pilar de la sociedad. Órganos de administración. Asambleas generales. Asamblea anual, ordinarias y extraordinarias. Número de miembros ilimitado. Directorio, Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y un Director. Atribuciones: Al Directorio le corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia, en conformidad a los estatutos y a los acuerdos de las asambleas generales de miembros. Escritura Pública. Constitutiva 21.08.2015; Escritura Pública de Complementación, 28.09.2015, ambas ante Notario Titular 9a Notaría de Santiago, Pablo Alberto González Caamaño, con oficio en Teatinos 333, entrepiso, Santiago. Santiago, 30 de diciembre de 2015.




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