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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1002698 2016


Entidades Religiosas de Derecho Público
(IdDO 1002698)
MISIÓN CRISTIANA EL GRAN YO SOY JEHOVÁ
Felipe Quilodrán Slater, Notario Público de Concepción, suplente titular de don Ramón García Carrasco, Rengo 444, certifica por escritura pública de fecha 16 de diciembre de 2015 Repertorio N° 14.032, ante don Ramón García Carrasco compareció don Freddy Andrés Mendoza Riquelme y expuso que debidamente facultado venía en reducir a escritura pública el Acta constitutiva y estatuto de la "Misión Cristiana El Gran Yo Soy Jehová", con domicilio Pasaje Rucamanqui 559, Cerro Monte Redondo, Talcahuano, Octava Región. Registro Derecho Público N° 3704 de fecha 21-09-2015. Constituyentes: Manuel Ramón Hernández Valdés, Néstor Víctor Montero Mellada, Juana del Carmen Binimelis Fuentes y José Jonnathan Pérez Galindo. La base doctrinaria profesada por la presente entidad religiosa está constituida única y exclusivamente por las Sagradas Escrituras, esto es la Santa Biblia, que es el manual de fe ratificado por la misma muerte de nuestro Señor Jesucristo por salvarnos del pecado y por su resurrección teniendo vida eterna junto con él, consagrándonos como seguidores, para llevar su Evangelio a toda criatura, bautizándoles en nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu. Esta entidad Religiosa está basada única y exclusivamente en los principios Teológicos Cristianos Evangélicos, con exclusión de cualquier otra fuente doctrinaria. Esta entidad tendrá como fines: 1.- No discriminar. 2.- Ayudar al prójimo, tomando cualquier medio lícito que la institución determine para llegar a ellos, como por ejemplo: A. Creando todo tipo de instituciones de beneficencia, tales como: Asilos de ancianos, Hogares de menores, Hogares para jóvenes drogadictos o alcohólicos, Comedores infantiles, Centros recreativos. B. Todo tipo de eventos que vayan en beneficio de la comunidad, tales como Tocatas Cristianas, Festivales de la Voz, Campañas Evangelísticas. El órgano de esta entidad será un Directorio General. El Directorio General estará compuesto por: A.- Obispo o Presidente, quien asumirá la Presidencia General de todas las Iglesias existentes dependientes de dicha entidad. Por ende presidirá todas las reuniones del Directorio General, tendrá el deber de orientar a las Iglesias e instituciones dependientes de esta Entidad. B.- Secretario, quien deberá registrar en el libro de actas todos los acontecimientos tratados en las asambleas generales, tener en su poder todos los documentos pertenecientes a la entidad Religiosa, redactar y autorizar todos los documentos del Directorio General y estará encargada de realizar los registros correspondientes en los libros de: a) Los miembros. b) Bautismos. c) Matrimonios. d) Defunciones. e) Ceremonias en general. C.- Tesorero, quien deberá llevar la contabilidad de la entidad religiosa en un libro que esté a disposición del Directorio General cuando lo estimen conveniente, sin perjuicio de la obligación de presentarlo en la última asamblea anual para su revisión; manejar los recursos económicos, los cuales serán depositados en una cuenta de ahorro a nombre de la Entidad Religiosa a la cual también tendrá acceso el representante de la persona jurídica; presentar y dar cuenta en asambleas ordinarias de todo lo concerniente a los recursos que la entidad posea, mediante informes exhaustivos que el Directorio General así determine; llevar la contabilidad de la iglesia tomando nota en un libro de todos los dineros circulantes para dar cuenta de ellos a futuro en las asambleas ordinarias y también estar a disposición de todos los integrantes del Directorio General y Local de la Entidad Religiosa; disponer de los dineros en los momentos oportunos para la cancelación de los gastos de la Iglesia, como por ejemplo luz, agua, útiles de aseo, arriendos y compras en general. Concepción, febrero 8 de 2016.




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