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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1020380 2016


(IdDO 1020380)
MINISTERIO EVANGÉLICO KEMUEL
Juan Armando Bustos Bonniard, Abogado, Notario Público de la Tercera Notaría de Chillán, Paseo Arauco 620, Chillán, certifico: Por escritura pública de fecha 12 de enero de 2016, repertorio N° 104, complementada por la suscrita ante mi suplente don Guillermo Víctor Vejar Rodríguez de fecha 30 de marzo de 2016, repertorio 1143, ante mí, don Álvaro Eduardo Llévenes Inostroza, chileno, casado, jubilado, RUT 7.880.393-2, domiciliado en Pasaje Aníbal Pinto 174, comuna de Chillán; don Patricio Miguel Crisóstomo Palma, chileno, divorciado, kinesiólogo, RUT 7.508.550-7, domiciliado en Libertad Oriente N° 510, departamento F 33, comuna de Chillán: Se redujo a escritura pública el Acta de Constitución y Estatutos de la organización religiosa de derecho público denominada Ministerio Evangélico Kemuel, con domicilio en el pasaje Aníbal Pinto número ciento setenta y cuatro, Villa Martín Ruiz de Gamboa, de la ciudad de Chillán, sin perjuicio de la habilitación de sedes en todo el país o en extranjero, inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia N° 3802 de fecha 18 de enero de 2016. Constituyentes: Álvaro Eduardo Llévenes Inostroza, Miriam Mercado Oyarzún, Fernando Humberto Vásquez Mandiola, Teresa del Carmen Betancur Villarroel, Katherine Emelian Elgueta Ortiz, Javiera de las Mercedes Elgueta Ponce, Catalina Alejandra Venegas Toledo, Amada de las Mercedes Leiva Contreras, Verónica Cecilia Cortés Castillo, Jovan Williams Martínez Cortés, Patricia del Carmen Meza Uribe, Patricio Miguel Crisóstomo Palma, Beatriz Natalia Pérez Meza, Marco Antonio Lobos Mercado. Elementos esenciales, fundamentos y principios del Ministerio Evangélico Kemuel: La finalidad primordial es confesar a Dios y servirle entre los hombres, cumpliendo los preceptos y orientaciones contenidas en las Sagradas Escrituras, predicar su Palabra. Ayudar a cualquier ser humano que lo desee, en respuesta al compromiso cristiano, procurando el íntegro desarrollo de su personalidad, subviniendo a sus necesidades físicas, materiales y espirituales, en la medida de las posibilidades y medios de los que el Ministerio disponga. Fundar nuevas Iglesias e instituciones de inspiración cristiana. Construir, apoyar y sostener centros de asistencia cultural, educacional y social, en general, desarrollar cuantas acciones contribuyan al cumplimiento de los fines del Ministerio y al bienestar de sus miembros y de la sociedad en general. Base doctrinal: Hay un solo Dios Verdadero, Creador y Soberano, que existe eternamente en tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo. Jesucristo es Señor y Salvador, concebido por el Espíritu Santo, que nació de la Virgen María y que fue verdadero hombre sin pecado; y sus milagros, su muerte expiatoria, su resurrección corporal y su regreso en persona, poder y gloria, son verdaderos. El Espíritu Santo es Dios con nosotros y nos capacita para creer y crecer. Ambos, Antiguo y Nuevo Testamento, forman las Sagradas Escrituras y son de inspiración divina; siendo la Biblia la infalible y permanente Palabra de Dios y la autoridad final de nuestra norma de fe y práctica. En obediencia al mandato y ejemplo de nuestro Señor, practicamos el bautismo del creyente y participamos en la Cena del Señor. Habrá una resurrección corporal de los justos y de los injustos; para unos será resurrección a vida, para los otros, resurrección al juicio. Órganos de administración son: El Pastor, El Directorio y las Asambleas Generales. El Pastor tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Representar judicial y extrajudicialmente al Ministerio; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias cuando corresponda de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio; e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar al Ministerio; i) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma; j) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos. El Directorio es un órgano colegiado integrado por cinco miembros activos y será presidido por el Pastor. Existe un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y un Director. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir el Ministerio Evangélico Kemuel y velar porque se cumplan sus Estatutos y las finalidades del Ministerio; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a las Asambleas Generales anuales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos ministerios que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de las Asambleas Generales anuales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual, como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros(as) activos. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus miembros. Está compuesta por la totalidad de los miembros de la iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los Estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria: a) De las reformas de los Estatutos de la Iglesia; b) De la disolución de la Iglesia; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los Miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la Ley o los Estatutos les correspondan; d) De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. Complementación: Acordada la disolución, los bienes del Ministerio Evangélico Kemuel serán entregados a la entidad religiosa sin fines de lucro "Iglesia de Jesucristo Monte Moriah en Chile", registrado en el Ministerio de Justicia bajo el número cincuenta y dos (52), de fecha siete (7) de febrero del año dos mil uno (2001). Demás estipulaciones en escrituras extractadas.- Chillán, 25 de abril de 2016.




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