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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1021682 2016


Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
(IdDO 1021682)
IGLESIA EVANGÉLICA JEREMAY DE TALCAHUANO
Juan Roberto Arias Garrido, Notario Público Titular y Archivero Judicial de Talcahuano, con oficio en calle Covadonga N° 55, certifica: ante mí se constituyó la persona jurídica de derecho público de acuerdo a la ley N° 19.638; por escritura pública de 13 de noviembre de 2015: a) Nombre y domicilio: Iglesia Evangélica Jeremay de Talcahuano, calle Tocopilla N° 856, Población Diego Portales, Talcahuano, Octava Región; b) Registro Público: Se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N° 3781 de fecha 30 de diciembre de 2015; c) Constituyentes: Pedro Alexis Martínez Lavín; Teresa del Carmen Lavín Bucarey; Marcia Elizabeth Correa Castro; Cristian Rodrigo Martínez Lavín; Brenilda Elena Esperguel Chamorro; Irina Idelgarde Zúñiga Miranda; Juan Antonio Martínez Lavín; Jaime Patricio Cid Lavín; Matías Alejandro Martínez Lavín; José Miguel Cea Sanhueza; Marcela Alejandra Arroyo Acosta; Albertina Doralisa Bahamonde Castro; y, Jorge Andrés Martínez Lavín; d) Son elementos esenciales que la caracterizan, fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa: La Biblia es la Palabra de Dios, que hay un solo Dios manifestado en tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo; que Jesucristo es verdadero Dios y verdadero hombre; que la salvación se obtiene por el arrepentimiento y la fe en el perdón que Dios da por medio de Jesús; que el Espíritu Santo mora en el creyente; que la iglesia está formada por aquellos que han nacido de nuevo y son obedientes a la Palabra; que el arrebatamiento de la Iglesia ocurrirá cuando Jesucristo regrese por los cristianos, que su Segunda Venida traerá paz y cumpliendo las promesa hechas a Israel en el Antiguo Testamento; que todas las personas resucitarán unas para vida junto a Dios y otras a juicio y separación de Él; que la iglesia tiene dos ordenanzas, bautismo por inmersión y la Santa Cena; que la sanidad divina se recibe por fe, y, que el matrimonio es solamente entre un hombre y una mujer; e) Para el cumplimiento de sus fines la Iglesia podrá: Predicar el Evangelio de Jesucristo, para proclamar las buenas nuevas de salvación, ser una Iglesia religiosa, educacional y caritativa de fieles; para la consecución de sus fines se propone también la creación y mantención de Salas Cunas, Jardines Infantiles, Orfanatos, Escuelas de Enseñanza Básicas, Media, Superior, Casas Pastorales, Institutos Teológicos y en general toda obra de progreso que vaya en beneficio de la comunidad, difundir la fe en forma impresa, digital y audiovisual estableciendo imprentas, radioemisoras, canales de televisión y así contribuir a la formación integral de sus miembros y de la sociedad; promover el desarrollo de los pastores y miembros de la iglesia, fortaleciendo los principios bíblicos, la unidad, la comunión, la convivencia y la búsqueda del bien común de todos sus miembros, representar y asumir la defensa de pastores y de las congregaciones locales de nuestra Iglesia cuando agentes del estado o particulares coarten, desconozcan o impidan el libre ejercicio de la proclamación del Evangelio, garantizado por las leyes de la República y procurar el bienestar de sus miembros, en logros para ellos o a quienes representan, provengan estos del Estado, del Municipio, entidades privadas o personas naturales nacionales o extranjeras; f) Duración: Será indefinida; g) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: uno) Las Asambleas Generales que son la primera autoridad la que será ordinaria y extraordinaria, tendrán derecho a voz y voto todos los miembros de la Entidad y representa al conjunto de los miembros; dos) El Directorio quien administra la iglesia a través de 4 miembros, duran 3 años en el cargo y dirigen, ordenan y administran los fondos, dictan los reglamentos, aceptan o rechazan a postulantes a miembros de la iglesia y otras materias que tengan que ver con el buen funcionamiento de la iglesia acordadas en la Asamblea General y, tres) El Pastor de cada congregación; h) El Directorio: Presidente: don Pedro Alexis Martínez Lavín; Secretaria: doña Teresa del Carmen Lavín Bucarey; Tesorera: doña Marcia Elizabeth Correa Castro, y, Primer Director: don Cristian Rodrigo Martínez Lavín; i) Disolución: Acordada la disolución, sus bienes pasarán a la entidad religiosa Templo Cristiano Renacer, Registro Público número 0463 del 2 de julio de 2003. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talcahuano, abril 13, 2016.




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