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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1027967 2016


SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN
(IdDO 1027967)
PRIMERA IGLESIA DEL SEÑOR MISIONERA
En Bulnes, República de Chile, a 25 días del mes de abril del año 2016, ante mí, Luciano Francisco Cruz Muñoz, Abogado, Notario Público, Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial, con oficio en calle Carlos Palacios N° 109 de esta ciudad de Bulnes, comparece don Max Bernardino Pacheco Palma, chileno, mayor de edad, casado, cuya cédula de identidad se confecciona al final del presente instrumento, Pastor Evangélico, quien me ha acreditado su identidad con su respectiva Cédula de Identidad y que he tenido a mi vista, devolviéndola en este mismo acto al expresado compareciente, quien me expone lo siguiente: que se encuentra debidamente facultado según consta en la Cláusula Quinta (después de los artículos transitorios), en Escritura Pública de fecha 13 de noviembre 2014, repertorio N° 1828-2014 otorgada ante mí, para que en representación de la Entidad Religiosa denominada "Primera Iglesia del Señor Misionera" del cual es su solicitante del Registro de la Entidad en referencia, y que en virtud de ello viene por el presente instrumento a hacer la siguiente aclaración, para rectificar el extracto publicado en el Diario Oficial de fecha 9 de noviembre de 2015, el que se tomará como "Rectificación de Extracto" para publicar; Extracto. "Primera Iglesia del Señor Misionera", Registro Público N° 3.462 del 24 de noviembre del año 2014, Ministerio de Justicia. Rectifica error de hecho en publicación de extracto de Acto Constitutivo y Estatuto que aparece en Diario Oficial de 9 noviembre 2015 en que figura citadas, como Miembros Constituyentes de esta Entidad, "Primera Iglesia del Señor Misionera", los señores Max Bernardino Pacheco Palma y Andrés Recoret Balbontín, error involuntario que rectifica, quedando constancia que don Max Bernardino Pacheco Palma no firmó dicha Constitución, reitero, por error voluntario y a la vez administrativo, no obstante no haber concurrido al Acto Constitutivo (pero presidió dicha Asamblea Constitutiva) y don Andrés Rencoret Balbontín, abogado, sólo se le solicitó su firma en honor, deferencia y recuerdo a su persona por su alta y distinguida atención hacia nuestra distinguida Iglesia Evangélica y en consecuencia no concurrió a dicha Constitución. En consecuencia, no se concurrió a las firmas de constitución de esta Entidad Religiosa de Derecho Público, ley N° 19.638, por lo anterior ambas personas antes mencionadas no son miembros constituyentes de dicha Entidad, perfeccionando con este instrumento lo publicado anteriormente en el Diario Oficial de fecha 9 de noviembre de 2015. Con lo anterior se ha dado cumplimiento a providencia N° E 887 del 03/12/2015 Ministerio de Justicia. Así lo otorga, previa lectura en voz alta, firma el expresado compareciente, con el Notario Público que autoriza la presente rectificación de Extracto para publicación en el Diario Oficial de la República de Chile (Doy fe).- Firmó ante mí don Max Bernardino Pacheco Palama, CI 5.175.574-K.- Bulnes, 25 de abril del año 2016.




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