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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1036968 2016


(IdDO 1036968)
IGLESIA EVANGÉLICA JEHOVÁ JIREH DE LOS LAGOS
Alejandra Carolina Ángulo Sandoval, Notario Público Titular de La Unión, con oficio en Avenida Arturo Prat 676 de esta ciudad, certifica: Por escritura pública de 23 de diciembre de 2015, ante mí, se redujo a instrumento público el Acta de Constitución de la Iglesia Evangélica Jehová Jireh de Los Lagos, y por escritura pública de 29 de abril de 2016, también ante mí, se redujo a escritura pública el Acta Extraordinaria de Directorio de 24 de abril de 2016 de la referida entidad, complementaria del acta de constitución referida, quedando sus estatutos, en lo pertinente, de la siguiente manera: Nombre y domicilio: Iglesia Evangélica Jehová Jireh de Los Lagos, con domicilio en calle Volcán Casa Blanca número 279, Villa San Pedro, comuna de Los Lagos, Provincia de Valdivia, Décima Cuarta Región, pudiendo establecerse y reunirse cualquier lugar del país. Constituyentes: Sergio Iván Ovalle Cárcamo, Óscar Bernabé Chacano Urrutia, Gladis del Carmen Cifuentes Inostroza, Alfonso Javier Ruiz Peña, María Griselda Ovalle Bello, Luis Omar Sandoval Jara, María Evangelina Duran Ulloa, Marcia Filomena Alian Pino, Rodrigo Hernán Millar Flores y Reina Solange Guíñez Uribe. Son elementos esenciales que la caracterizan, fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa: Que la Biblia es la Palabra de Dios, Que hay un solo Dios manifestado en tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo; Que Jesucristo es verdadero Dios y verdadero hombre; Que la salvación se obtiene por el arrepentimiento y la fe en el perdón que Dios da por medio de Jesús; Que el Espíritu Santo mora en el creyente; Que la iglesia está formada por aquellos que han nacido de nuevo y son obedientes a la Palabra; Que el arrebatamiento de la Iglesia ocurrirá cuando Jesucristo regrese por los cristianos; Que su Segunda Venida traerá paz y cumpliendo las promesa hechas a Israel hechas en el Antiguo Testamento; Que todas las personas resucitarán unas para vida junto a Dios y otras a juicio y separación de Él; Que la iglesia tiene dos ordenanzas: bautismo por inmersión y la Santa Cena; Que la sanidad divina se recibe por fe y Que el matrimonio es solamente entre un hombre y una mujer. Para el cumplimiento de sus fines el Ministerio podrá: Predicar el Evangelio de Jesucristo, ser una Misión de fieles predicadores, propender a fundar escuelas, institutos de carácter social y de beneficencia, templos, hospitales, asilos u otros, difundir la fe por diversos medios y así contribuir a la formación integral de sus miembros y de la sociedad, promover el desarrollo de los pastores y miembros fortaleciendo los principios bíblicos, la unidad, la comunión, la convivencia y la búsqueda del bien común de todos sus miembros, representar y asumir la defensa de pastores e iglesias cuando agentes del Estado u otros impidan el libre ejercicio de la proclamación del Evangelio, garantizado por las leyes de la República y procurar el bienestar de sus miembros, en logros para sus miembros, provengan estos del Estado, del Municipio, entidades privadas o personas naturales. Duración: Será indefinida. Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: uno) Las Asambleas Generales que son la primera autoridad, la que será ordinaria y extraordinaria, tendrán derecho a voz y voto todos los miembros de la entidad y representa al conjunto de los miembros; dos) El Directorio quien administra el Ministerio a través de 5 miembros, duran 1 año en el cargo y dirigen, ordenan y administran los fondos, dictan los reglamentos, aceptan o rechazan a postulantes a miembros de la iglesia y otras materias que tengan que ver con el buen funcionamiento del Ministerio acordadas en la Asamblea General y, tres) El Pastor de cada congregación. El Directorio: Presidente: don Sergio Iván Ovalle Cárcamo, Secretario: don Óscar Bernabé Chacano Urrutia, Tesorera: doña Gladis del Carmen Cifuentes Inostroza, Primer Director: Alfonso Javier Ruiz Peña y Segundo Director: doña María Griselda Ovalle Bello. Disolución: Acordada la disolución del Ministerio, sus bienes pasarán a la entidad religiosa denominada Templo Cristiano Renacer, Registro Público número 0463 del 2 de julio de 2003. Demás estipulaciones escritura extractada. Registro Público: Se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N° 3790 de fecha 11 de enero de 2016. Doy Fe.- La Unión, 14 de junio de 2016.




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