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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1041648 2016


Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
(IdDO 1041648)
IGLESIA MANANTIALES DE VIDA CHILE
María Soledad Santos Muñoz, Notario titular de la 7° Notaría de Santiago, Agustinas N°1161, entrepiso, Santiago. Certifica por escritura pública con fecha 11.05.2016 ante notario suplente Jorge Rodrigo Schwenke Zúñiga la constitución de la Iglesia Manantiales de Vida Chile con domicilio en Avenida Isabel Riquelme Sur, número 1535, Dep O-14 de la comuna de Maipú, Región Metropolitana.
Registro de Derecho Público N° 3925 de fecha 16.05.2016. Directorio: (Pastor) Juan Pablo Pezoa Acevedo; (Pastora) Yohana Marisel Elgueta Castillo; Denisse Ximena Acevedo Figueroa; Guillermo Alberto Elgueta Hernández, y María Teresa Acevedo Fernández; Son principios y/o artículos de fe de nuestra Iglesia: Creemos en la creación, prueba y caída del ser humano como es registrada en Génesis, su depravación espiritual total y su inhabilidad de alcanzar a la rectitud divina; Creemos en el Señor Jesucristo el Salvador del ser humano, concebido de la virgen María muy Dios y muy Hombre; Creemos que Cristo murió por nuestros pecados, fue sepultado y resucitó y al tercer día y personalmente se aparecía a sus discípulos; Creemos en la ascensión física de Jesús al Cielo, su exaltación personal literal, y su física venida el segundo tiempo para la iglesia; Creemos en la salvación de pecadores por la gracia mediante el arrepentirse y la fe en la perfecta y suficiente luz del calvario por lo cual tenemos la remisión de pecados; Creemos en el juicio final y habrá un juicio final en que los pecadores que han muerto serán resucitados y juzgados según sus obras. Todo aquel cuyo nombre no se halle en el Libro de la Vida, será confinado a sufrir castigo eterno en el lago que arde con fuego y azufre, que es la muerte segunda, junto con el diablo y sus ángeles, la bestia, y el falso profeta. La Iglesia podrá utilizar para estos efectos templos, locales u otros lugares de predicación, públicos y privados, promover el desarrollo especialmente de las personas y familias, grupos y comunidades que viven en condiciones de pobreza y/o marginalidad. Podrá realizar sus actividades en los siguientes ámbitos de acción: Educación pudiendo crear y administrar establecimientos educacionales de enseñanza básica, superior y Universitaria, Cultura, Capacitación Laboral, Trabajo, Salud, Vivienda, Medio Ambiente, Desarrollo Comunitario, Pequeña producción, Consumo Popular, y en general todo programa o institución de tipo educativo que promuevan la fe cristiana; El directorio estará compuesto por el Presidente, Secretaria, Tesorera y dos directores que tendrán la responsabilidad de representar a la Iglesia en los ámbitos eclesiásticos, judicial y extrajudicial, bancario y financiero; ejecutar los acuerdos del directorio; velar por el estricto cumplimiento de los principios, objetivos estatutos y reglamentos de la Iglesia; firmar la documentación propia de sus cargos y aquella en que deba representar a la Iglesia; dar cuenta a la asamblea general ordinaria de la marcha de la Iglesia; ordenar y promover a los miembros a las designaciones de pastores y diáconos y disponer sus traslados. Santiago, 05.07.2016.




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