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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1041650 2016


(IdDO 1041650)
IGLESIA TEMPLO EVANGÉLICO RENACER
María Soledad Santos Muñoz, Notario Titular de la 7a Notaría de Santiago, Agustinas N° 1161, entrepiso, Santiago. Certifica por escritura pública con fecha 18.12.2015 la constitución de la Iglesia Templo Evangélico Renacer con domicilio en calle Manuel Plaza N° 893, La Granja, Región Metropolitana. Registro de Derecho Público N° 3782, de fecha 04.01.2016. Directorio: (Pastor) David Ulises Ibáñez Ureta; Maribel Inés Zambrano González; Cecilia de los Ángeles Reyes Chacón; Marisol del Carmen Jara Aguilera y David Elías Ibáñez Reyes. Son principios y/o artículos de fe de nuestra Iglesia: Hay un solo Dios, Vivo y Verdadero, Eterno, Sin cuerpo ni partes, de infinito poder, sabiduría y bondad, creador y conservador de todas las cosas, así visibles como invisibles. Y en la unidad de esta Deidad hay tres personas de una misma substancia, poder y eternidad. El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo; Cristo que resucitó de entre los muertos y volvió a tomar su cuerpo, con todo lo perteneciente a la integridad de la naturaleza humana, con la cual subió al cielo y allí está sentado hasta que vuelva otra vez para juzgar a todos los hombres en el postrer; El pecado original no consiste, en la imitación de Adán, sino que en la corrupción de la naturaleza de todo hombre engendrado en el orden natural de la estirpe de Adán, por lo cual el hombre está muy apartado de la justicia original, y por su misma naturaleza se inclina al mal, y esto continuamente. La Iglesia cree firmemente, según la escritura, que es una abominación ante Dios el casar parejas del mismo sexo. Considerando que es un hecho vergonzoso ante los ojos de Dios. El casar parejas del mismo sexo está en contra de los principios doctrinales de la Iglesia y es una conducta anti-bíblica. Por tanto, nosotros repudiamos cualquier acto matrimonial que tenga que ver con personas del mismo sexo. La Iglesia podrá utilizar para estos efectos templos, locales u otros lugares de predicación, públicos y privados, promover el desarrollo especialmente de las personas y familias, grupos y comunidades que viven en condiciones de pobreza y/o marginalidad. Podrá realizar sus actividades en los siguientes ámbitos de acción: Educación, pudiendo crear y administrar establecimientos educacionales de enseñanza básica, media, superior y universitaria, cultura, capacitación laboral, trabajo, salud, vivienda, medio ambiente, desarrollo comunitario, microempresa, pequeña producción, consumo popular, y en general todo programa o institución de tipo educativo que promuevan la fe cristiana; El Directorio estará compuesto por el Presidente, Secretaria, Tesorera y dos Directores que tendrán la responsabilidad de representar a la Iglesia en los ámbitos eclesiásticos, judicial y extrajudicial, bancario y financiero; ejecutar los acuerdos del directorio; velar por el estricto cumplimiento de los principios, objetivos estatutos y reglamentos de la Iglesia; firmar la documentación propia de sus cargos y aquella en que deba representar a la Iglesia; dar cuenta a la asamblea general ordinaria de la marcha de la Iglesia; ordenar y promover a los miembros a las designaciones de pastores y diáconos y disponer sus traslados. Santiago, 05.07.2016.




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