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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1043128 2016


Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
(IdDO 1043128)
IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTÉS ESTANQUE DE SILOE
Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público de Santiago, con oficio Huérfanos 835m piso 18, Santiago, certifica: Con fecha 12 abril de 2016, ante mí, se redujo a escritura pública acta de constitución de entidad religiosa de derecho público denominada "Iglesia Evangélica Pentecostés Estanque de Siloe", complementada por escritura pública de 23 de mayo de 2016, inscrita Registro Público Ministerio de Justicia N° 3893, de 19 de abril de 2016. Constituyentes: 1) Víctor Manuel Harvey Jofré, CI 7.823.979-4, 2) Maribel Olivia Troncoso González, CI 7.350.558-5, 3) Victoria Scarlett Harvey Troncoso, CI 13.350.222-K, 4) Eduardo Javier Gonzales Duarte, CI 5.615.398-5, 5) Humberto del Tránsito López Méndez, CI 5.727.271-6, 6) Manuel Alejandro Leiva Alarcón, CI 7.743.622-K, 7) Leonardo Amador Aravena Cisterna, CI 12.033.343-7, 8) Ana Magaly Vergara Riquelme, CI 11.446.395-7, 9) Luz Viviana Luna Isla, CI 11.962.124-0, 10) Patricio Fernando Tapia Vega, CI 9.306.582-4, 11) Jamilette del Carmen Becerra Troncoso, CI 8.846.441-9, 12) Fernando Aquiles Espinoza Pavez, CI 8.127.469-K, 13) Ruperto Isaac Jara Maldonado, CI 8.953.921-8, 14) Vibeacke Scarlett Castron Harvey, CI 19.585.614-1, 15) Kiliam Rodrigo Lobos Becerra, CI 19.283.174-1, 16) Joyce Marisol Flores Arriagada, CI 8.318.900-2, 17) Pablo Andrés Leiva Flores, CI 16.571.780-8, 18) Nivaldo del Carmen Rojas Guajardo, CI 11.698.274-9, 19) Berta Damaris López Rojas, CI 12.295.469- 2, 20) Luis Enrique García González, CI 14.296.982-3, 21) Andrés Antonio Díaz Rojas, CI 13.354.308-8, 22) Alexis Isaías Castro Hormazábal, CI 19.474.485-4, 23) Nibaldo Esteban Rojas López, CI 18.576.369-2, 24) Moisés Esteban López Rojas, CI 8.438.146-2, 25) María Eugenia Canales Carrasco, CI 6.739.723-1, 26) Juan de Matta Jara Rivas, CI 2.955.217-7, 27) Hugo Hernán Gutiérrez Albornoz, CI 8.465.743-3, 28) Guillermina del Carmen Quijón Valdevenito, CI 11.303.124-7, 29) Juan Francisco Jara Maldonado, CI 8.127.088-0, 30) María Bernarda Maldonado López, CI 3.686.625-K. Domicilio: Pasaje Acevedo Arenas, Parcela 8, Sitio F, Calera de Tango, Santiago, sin perjuicio de habilitación de sedes en otros lugares de la República y fuera de ella, que el Directorio acuerde. Elementos esenciales, fundamentos y principios: La declaración de fe está basada en los siguientes principios: En atención a que nos consideramos cristianos evangélicos, aceptamos la Revelación del Dios único en tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo, dada en las Escrituras del Antiguo y del Nuevo Testamento, y confesamos la fe histórica del Evangelio que se proclama en sus páginas. Afirmamos, por consiguiente, las doctrinas que consideramos decisivas para comprender la fe y que deben expresarse en amor, en el servicio cristiano práctico y en la proclamación del Evangelio. La soberanía y la gracia de Dios el Padre, Dios el Hijo y Dios el Espíritu Santo en la creación, la providencia, la revelación, la redención y el juicio final. La divina inspiración de las Sagradas Escrituras, su credibilidad plena y su suprema autoridad en todo lo que atañe a la fe y a la conducta. La pecaminosidad universal y la culpabilidad del hombre caído que acarrea la ira de Dios y la condenación. El sacrificio vicario del Hijo de Dios encarnado, único fundamento suficiente de redención de la culpabilidad y del poder del pecado, así como de sus consecuencias. La justificación del pecador solamente por la gracia de Dios, mediante la fe en Cristo crucificado y resucitado de los muertos. La obra de Dios el Espíritu Santo que ilumina, regenera, mora en el creyente y lo santifica. El sacerdocio de todos los creyentes que, en la unidad del Espíritu Santo, constituyen la iglesia universal, el cuerpo cuya cabeza es Cristo, comprometidos por el mandamiento de su Señor a la proclamación del Evangelio en todo el mundo y al servicio del amor en el seno de la sociedad. La esperanza del retorno visible de nuestro Señor Jesucristo en poder y gloria, la resurrección de los muertos y la consumación del Reino de Dios. Órganos de Administración: El Pastor, el Directorio y las Asambleas Generales. El Pastor tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias, cuando corresponda, de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio; e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia; f) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la Iglesia; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquella en que deba representar a la Iglesia; i) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma; j) Las demás atribuciones que determinen los estatutos y los reglamentos. El Directorio es un órgano colegiado, integrado por siete miembros activos y será presidido por el Pastor. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus estatutos y las finalidades de la Iglesia; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a las Asambleas Generales anuales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias, en la forma y época que señalan los estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos ministerios que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de las Asambleas Generales anuales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual, como de la inversión de sus fondos, mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias y grupos caseros, con acuerdo de cada Iglesia y grupo casero y aprobación final de la Asamblea General. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus miembros. Está compuesta por la totalidad de los miembros de la iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los estatutos; además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria: a) De las reformas de los estatutos de la Iglesia; b) De la disolución de la Iglesia; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la ley o los Estatutos les correspondan; d) De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. Demás estipulaciones constan en estatutos. Santiago, 5 julio 2016.




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