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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1043178 2016


(IdDO 1043178)
IGLESIA NUEVO PACTO PENTECOSTAL DEL ESPÍRITU SANTO
Denis Martín Carrasco, Notario Público, Suplente Titular de Tercera Notaría María Antonieta Carrillo Flores, Lautaro 361, Los Ángeles, Certifico: "El 4 de octubre de 2012 se redujo ante la Notario Titular escritura Pública acta de constitución y estatutos de la entidad religiosa "Iglesia Nuevo Pacto Pentecostal del Espíritu Santo". Domicilio: Pasaje 5 Oriente N° 2408, Villa Parque Lauquen, Los Ángeles. Fecha y número de Registro Público del Ministerio de Justicia: N° 2.855, de fecha 29 de noviembre de 2012. Constituyentes: Jorge del Carmen Fica Fica, Anaisa Irene Villalobos Cisterna, Fernando Antonio Cabezas Sáez, Samuel Esteban Cruces Cruces, Pedro Luciano Reyes Sánchez, Héctor Rodolfo Aguilera Palma, Asdrubal Alexander Loyola Sanzana, Esteban Felipe Cabezas Castillo, Luis Alberto Cabezas Salamanca, María Evangelina Sáez Valdebenito, Roberto Renso Cabezas Sáez, Viviana Angélica Cabezas Sáez, Yohanna Andrea Seguel Eyzaguirre, Yanet Alejandra Melo Mena, Juan Daniel Inzunza Sepúlveda, Hernán Hipólito Cabezas Sáez, Francisco Alejandro Cabezas Mendoza, José Bernardo Villalobos Torres, Ricardo Alexis Vallejos Ortiz, Sergio Iván Quezada Quezada, Sergio Isaías Vargas Olivera, Claudio César Rodríguez Burgos, Luis Alberto Cabezas Sáez, Cristian Alejandro Anabalón Vergara, Ricardo Armando Villarroel Flores, Patricia Angélica Monje Belmar. Misión, Fundamentos y Principios de Fe: La Iglesia tendrá como misión principal predicar y difundir la Fe en Cristo Jesús, las Enseñanzas Bíblicas, y la Restauración de la Alabanza a Dios. La Iglesia no perseguirá fines de lucro y no tendrá orientación político partidista de ninguna naturaleza. Son doctrinas y creencias fundamentales que sostiene La Iglesia, y que sus feligreses han de aceptar, vivir y transmitir a las demás personas: A) La Santa Biblia: Es la palabra inspirada por Dios, regla infalible de fe y conducta para el hombre. B) La Trinidad: Se manifiesta a sí mismo en tres personalidades con pensamiento propio, pero una en propósito: Dios Padre, Dios Hijo y Dios Espíritu Santo. C) El Señor Jesucristo: Como el Unigénito de Dios. D) La Salvación y el Nuevo Nacimiento: La salvación del alma es una liberación espiritual, milagrosa. E) La Santidad: Dios es Santo, y requiere que sus hijos sean santos en pensamiento y obras. F) El Bautismo del Espíritu Santo y el Bautismo en las aguas: Para perdón de pecados. G) Los Dones del Espíritu Santo: Son gracias, poderes y habilitaciones sobrenaturales, otorgadas por el Espíritu Santo que habita en el creyente. H) La Sanidad Divina: Dios es nuestro sanador. I) La Restauración de la Alabanza a Dios y de la Intimidad con Dios: Dios ansía estar en medio de su pueblo. J) El Futuro Advenimiento de Cristo: La Segunda Venida de Cristo Jesús. K) -Mediador de un nuevo pacto: Cristo, nuestro sumo sacerdote.- La Iglesia propenderá además a los siguientes fines especiales: a) Proporcionar a todos sus feligreses, los medios materiales y espirituales posibles, necesarios para practicar la Doctrina Cristiana Protestante que, de acuerdo a las bases de fe señalada en estos Estatutos, profesan, y para ejercer su libertad de conciencia, la manifestación de sus creencias, así como el ejercicio libre de su culto; b) Promover el bien común general de la comunidad, a través de acciones sociales, intelectuales, culturales, artísticas, educacionales y eclesiásticas; c) Desplegar el amor que Jesús manifestó durante su ministerio en la tierra; y manifestar el poder ilimitado de Dios por medio su Iglesia, en nuestra Nación. d) Propender a la consolidación de la familia, promover la paz, el amor, la honestidad, la misericordia, y todo aquello que según el Evangelio de Jesucristo contribuya al mejoramiento del individuo y la sociedad. Órganos de la administración: La Convención Nacional es el órgano colectivo principal de la Iglesia y representa al conjunto de sus miembros, siendo el cuerpo de creyentes de ella quien constituye su poder de gobierno, sus acuerdos son obligatorios para todos los miembros, sus miembros son: A) El Obispo de la Iglesia; B) Los Pastores Presbíteros; C) Los Pastores en plena comunión de las Iglesias locales; y D) Delegados o Diáconos elegidos por cada Iglesia local. Las Convenciones Nacionales pueden ser Ordinarias con el objeto de: a) Presentación de informe financiero de La Iglesia; b) Pronunciarse sobre mociones de reforma a los Estatutos; c) Las demás necesarias para la adecuada marcha de La Iglesia, y que no se encuentren entregadas expresamente a otros órganos; o Extraordinarias cuyo objeto es: a) Aceptación como miembros pastorales a personas que tengan la calidad de Pastores de otras entidades religiosas; b) Resolución de conflictos entre Iglesias locales; c) Disolución de La Iglesia; d) De la Reforma de los estatutos; e) Comprar, vender, hipotecar, dar en prenda, ceder y transferir bienes raíces de la Iglesia, constituir servidumbres y prohibiciones de gravar y enajenar; f) La Asociación o Federación de la Iglesia con otras instituciones similares; g) Cambio de nombre de la Iglesia; h) Modificación de la persona del Beneficiario de los Bienes; I) Expulsión de un Miembro de la Iglesia. El Directorio después de la Convención Nacional, es el órgano con más alta autoridad de La Iglesia, y encargado de la dirección general de ella, de administrar sus recursos materiales y humanos, y establecer las políticas de crecimiento y desarrollo de la misma; todo ello de acuerdo a las directrices de la Convención Nacional y Estatutos, estará compuesto por siete miembros, los que desempeñarán sus funciones por un periodo de dos años, pudiendo ser reelegidos por un nuevo periodo, salvo el cargo de Presidente que será servido en forma vitalicia por el Pastor: Hernán Hipólito Cabezas Sáez.- El Directorio estará compuesto por el Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Pro-Secretario y un Tesorero.- Los Ángeles, 26 noviembre 2015.




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