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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1043374 2016


(IdDO 1043374)
MINISTERIO EVANGELÍSTICO PENTECOSTAL BAJO EL AMPARO DE DIOS
Francisco J. Yáber Lozano, abogado, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Chillán, con domicilio en esta última, calle Arauco número 645, certifica: Ante mí, por escrituras de fecha 31 de marzo de 2016 y complementación de fecha 14 de junio de 2016, se constituyó una entidad religiosa de derecho público, de acuerdo a la ley N° 19.638, y cuyo extracto es el siguiente: Nombre: Ministerio Evangelístico Pentecostal bajo el amparo de Dios. Domicilio principal de la entidad: El Nevado número 1843, Villa Brisas del Nevado, comuna de Chillán, provincia de Ñuble, Región del Biobío. Registro público Ministerio de Justicia: N° 3898 de fecha 22 de abril de 2016. Constituyentes: Alexis Alfonso Jara Uribe, cédula nacional de identidad N° 13.379.114-0; Leslie Caroline Unda Rosales, cédula nacional de identidad N° 13.858.969-2; Brenda Aracely Lira Gatica, cédula nacional de identidad N° 19.071.402-0; Raquel del Carmen Gatica Maureira, cédula nacional de identidad N° 11.808.867-0; María Elena Rivas Osses, cédula nacional de identidad N° 13.130.827-2; José Manuel Parra Contreras, cédula nacional de identidad N° 14.268.646-5; Helena Scarlet Parra Rivas, cédula nacional de identidad N° 19.416.341-K; Daniel Antonio Saldías Fierro, cédula nacional de identidad N° 10.409.291-8; Lavinia del Carmen Gacitúa Saavedra, cédula nacional de identidad N° 14.269.629-0; Cristian Mauricio Godoy Godoy, cédula nacional de identidad N° 13.377.817-9. Elementos esenciales que la caracterizan: a) La creencia en el Padre, Dios Todo Poderoso, Omnipotente, Omnipresente y Omnisciente, Creador del Cielo y de la Tierra y de las Aguas. Creencia en Jesucristo su hijo nuestro salvador y único camino hacia la Vida Eterna. Creencia en el Espíritu Santo como único representante de Cristo en la Tierra y como un espíritu viviente en nuestra vida íntima, ya que nuestra vida está escondida en Él. b) Es una Institución absolutamente apolítica, sin perjuicio de la tendencia y observancia particular de cada uno de sus miembros. c) Su autoridad es de carácter eclesiástico y de generación pastoral. d) Es una institución que garantiza la libertad religiosa y de culto de sus miembros en conformidad a la Constitución Política del Estado, en consecuencia, ninguna persona podrá ser discriminada en razón de sus creencias religiosas. Fundamentos y principios en que se sustenta la fe de la entidad: Reconoce a la Sagrada Biblia como única autoridad de doctrina y práctica para los creyentes e iglesias, y sostiene los siguientes principios de fe: A) Creemos en el Dios único, auto-manifestado para la salvación, en lo temporal y en lo eterno, como Padre Soberano, como Hijo Redentor y como Espíritu Santificador; B) Creemos que todas las personas pecamos y necesitamos salvación por medio de la fe en Jesucristo, experimentando arrepentimiento y transformación; C) Creemos que la iglesia fue instituida por nuestro señor Jesucristo, y que es el medio por el cual Dios lleva a cabo su plan de salvación en la tierra; D) Creemos que una iglesia se establece por una comunidad de creyentes en Jesucristo, bautizados sobre la base de la fe personal en Él y que tiene como misión la adoración, la comunión fraternal, el servicio desinteresado, la evangelización integral, la educación formadora en su medio y la predicación profética, extendiendo su misión a todo el mundo; E) Sustentamos el principio de la autonomía de la iglesia respecto del Estado, y del Estado respecto de la iglesia. El Estado es una institución legítima, que vela por el orden, la justicia y la salud de la sociedad temporal; la iglesia es una sociedad escatológica, convive la fe que actúa por el amor, evangeliza y educa sobre la base de la fe, según el Espíritu de Jesucristo; F) Creemos en el principio voluntario respecto de la fe y de la membresía eclesial. Todo ser humano tiene el derecho inalienable de adorar a la Deidad dónde, cuándo y cómo su conciencia le dicte. La conciencia del cristiano está iluminada por los valores bíblicos del reino de Dios. Esta conciencia es garantía moral a favor de toda buena costumbre social; G) Creemos que la salvación del ser humano responde a la gracia de Dios y requiere de la sola fe en Jesucristo; es personal, comunitaria y escatológica. Objetivos: a) Difundir que cada uno de sus miembros se desarrolle integralmente en todas las áreas de su vida bajo los principios morales, sociales y espirituales que profesa la iglesia; b) Contribuir al bien común de la sociedad realizando dentro de sus posibilidades obras de beneficencia, de caridad, de asistencia social; c) Propender a la consolidación de la familia, promover la paz, la honestidad y todo aquello que según el Evangelio de Jesucristo contribuya al mejoramiento de la persona; d) Difundir el evangelio, la fe de Jesucristo y sus enseñanzas, por los medios que sean necesarios y que se encuentren legitimados bíblicamente; e) En el mismo sentido, tiene igualmente como fin establecer iglesias y congregaciones. Duración: Indefinida. Órganos de administración, atribuciones y composición: 1.- Asamblea General: Constituida por todos los miembros activos incluidos los que integran el honorable Directorio. Sus atribuciones son: a) Oír informes, cuentas financieras y resumen de actividades que den cuenta del avance y desarrollo general de la iglesia; y pronunciarse respecto de problemas graves que no admitan dilación. b) Elegir, de entre sus miembros, al Directorio. c) Aprobar modificaciones de estatutos que sean propuestas por el Directorio. d) Aprobar la creación de obras, celebración de contratos, constitución de personas jurídicas y los estatutos que las rijan. e) Determinar el sentido y alcance de los preceptos doctrinarios y de fe. f) Conocer y resolver, por vía de apelación o revisión, las sanciones disciplinarias impuestas a los miembros de la iglesia cualquiera sea su calidad o cargo. g) Designar de entre sus miembros consagrados a los integrantes de la comisión de disciplina. h) Encargar a la comisión de disciplina la investigación, en particular, respecto de algún asunto de extrema gravedad sea de carácter financiero, moral, de desempeño ministerial o funcional que afecte la imagen y testimonio de la iglesia. j) Dictar instrucciones, resoluciones y decretos eclesiásticos con el fin de dar a conocer acuerdos, decisiones, o para instruir en la buena marcha de la iglesia. h) Conocer de las demás materias que a juicio del órgano convocante sean necesarias someter a su conocimiento o aprobación. 2.- Directorio: Constituido por tres miembros, elegidos por la Asamblea General, quienes ocuparán, en conformidad al sistema de elección establecido en el artículo vigésimo primero y siguientes del Estatuto, los cargos de Pastor Presidente, Tesorero(a), Secretario(a). Sus funciones son: a) Ejecutar los acuerdos aprobados por la Asamblea General; b) Intervenir en las iglesias locales que no estén cumpliendo con las determinaciones generales adoptadas por la Asamblea General, adoptando las medidas que estime conducentes en conformidad a los Estatutos; c) Dirigir, elaborar planes y programas relacionados con el funcionamiento de la iglesia en general y supervisar los mismos; d) Resolver, en primera instancia, con posterioridad a la investigación y acusación efectuada por la comisión fiscalizadora, en casos calificados, lo relacionado a sanciones disciplinarias que corresponda aplicar a cualquiera de los miembros de la iglesia; e) Recibir el pago del diezmo y donaciones; llevando cuenta actualizada de ingresos y gastos de la Entidad; f) Proponer a la Asamblea General las modificaciones a los estatutos que a su juicio sean procedentes, como así también proponer la creación de personas jurídicas; g) Redactar o encargar la redacción de los reglamentos que regulen el funcionamiento interno de los distintos órganos de la iglesia; forma de ingreso, celebración de sacramentos y otras materias; h) Crear comisiones de carácter jurídico, financiero, técnico o de cualquier otra índole para apoyar el funcionamiento de la iglesia.- Chillán, julio 13 de 2016.




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