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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1043815 2016


(IdDO 1043815)
SIKH DHARMA CHILE ENTIDAD RELIGIOSA
Clovis Toro Campos, Abogado, Notario Público, Titular de la Décimo Tercera Notaría de Santiago, con Oficio en Calle Compañía N° 1312, Santiago, Certifico que con fecha 22 de mayo de 2012, ante mí, se redujo a Escritura Pública el Acta de Constitución de la organización religiosa de derecho público denominada "Sikh Dharma Chile Entidad Religiosa", inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia N°2.747 de fecha 2 de agosto de 2012. Por escritura de fecha 22 de mayo de 2012, se presentó ante mí el Acta de Constitución y Aprobación de Estatutos de: "Sikh Dharma Chile Entidad Religiosa", con domicilio en calle Hamburgo número mil seiscientos sesenta y cuatro. Con fecha 24 de diciembre de 2015, fueron modificados dichos estatutos en relación al artículo vigésimo sexto y artículo séptimo transitorio, modificación realizada mediante escritura pública ante la quincuagésima Notaría de doña Claudia Marcela Gómez Lucares. Asistieron a la firma del Acta de Constitución don Nihal Singh Khalsa Siegel, cédula de identidad nueve millones cuatrocientos cinco mil trescientos treinta y siete guión cuatro, doña Nam Nidhan Kaur Khalsa Khalsa, cédula de identidad número siete millones doscientos treinta y seis mil ochocientos cuarenta y seis guión cero, Pritam Pal Singh Khalsa Khalsa, cédula de identidad número seis millones sesenta mil setecientos noventa y nueve guión cero; Luis Ignacio Ugalde Abaroa, cédula de identidad número ocho millones quinientos treinta y cinco mil setecientos setenta y cuatro guión tres; Elena Cristina Muñoz Quiroga, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos cuarenta y dos mil cuatrocientos tres guión seis; Viviana Patricia Bustos Contreras, cédula de identidad número siete millones quinientos treinta y dos mil setenta y uno guión K; Patricia Marissa Toro Zucco, cédula de identidad número siete millones quinientos cincuenta y ocho mil setecientos sesenta y nueve guión cuatro, y Pamela Andrea Muñoz Ibáñez, cédula de identidad número doce millones seiscientos sesenta mil novecientos veintinueve guión nueve. En cuanto a los elementos esenciales que la caracterizan y el número de miembros que los componen: Sikh Dharma Chile Entidad Religiosa, es la entidad religiosa de aquellos que viven de acuerdo a las enseñanzas de los diez GuruSikhs, desde GuruNanak hasta GuruGobind Singh, para expresar su espiritualidad y vivir la más alta conciencia en la Era de Acuario, en una hermandad espiritual dedicada a una vida de pureza en acción y pensamiento. La línea guía se basa en la expresión única de la corporalización de dichas enseñanzas en el cuerpo del SiriGuruGranthSahib, el libro corporalizado de la entidad y espiritualidad de los Sikh, quien es el Guru viviente y fuente de instrucción espiritual de quienes profesan el sikhismo. Las ceremonias, protocolo y código de conducta de Sikh Dharma se encuentran resumidos y especificados en el libro Victoria y Virtud de la oficina de Sikh Dharma del Hemisferio Occidental. De acuerdo a lo señalado en el Acta de Constitución y aprobación de SikhDharma, se transcriben los siguientes principios de la entidad religiosa: Artículo Cuarto: Creemos en la Unicidad de Dios, en las enseñanzas del SiriGuruGranthSahib y de los diez GuruSikhs; desde GuruNanak hasta GuruGobind Singh y la liberación del alma del ciclo de reencarnaciones a través de un estilo de vida dhármica y de servicio. Artículo Quinto: La misión que la Entidad Religiosa persigue tiene los siguientes objetivos: Uno. A través de estas enseñanzas y forma de vida dhármica, perfeccionar un estilo de vida a través de la autodisciplina y dar a los individuos, familia y comunidades una experiencia práctica y una forma de vida que les permita vivir en la voluntad de Dios. Dos. Realizar actividades en ámbitos de capacitación, cultura, educación, trabajo, medio ambiente, obras de beneficencia, prevención y realización de rehabilitación, de micro y macro empresa, pequeña producción, consumo popular, derechos humanos, comunidades indígenas; y en lo deportivo-recreativo, tanto en lo urbano como en lo rural. Tres. La Entidad Religiosa no persigue fines de lucro, ni se propone fines sindicales ni de aquellos que sean propios de las entidades que deban regirse por un estatuto legal propio. Cuatro. Se excluye de su seno toda clase de distingos políticos, raciales o de sexo. En cuanto a los miembros de SikhDharma, se menciona en el Título Tercero del Acta de Constitución y Aprobación de Estatutos de la entidad religiosa lo siguiente: Título Tercero: De los miembros. Pertenecen a la religión Sikh Dharma; entendiendo que existen distintos niveles de compromiso individual en la evolución espiritual del ser humano, tres categorías distintas dentro de sus miembros: Artículo Sexto: Son Sikh Amritdares, quienes hayan tomado votos Amrit públicamente, declarando así la aceptación de los fundamentos de la fe. Son Gur Sikh, todas las personas naturales que hayan tomado sus votos Sikh públicamente, que crean en la unicidad de Dios, que vivan una vida acorde al código de conducta, prácticas y fundamentos de Sikh Dharma y se rijan por las enseñanzas del SiriGuruGranthSahib. Son Sikh, todas aquellas personas naturales mayores o menores de edad que participen de la creencia y de una u otra forma en sus prácticas sin haber tomado los votos Sikh públicamente, esto incluye a los niños nacidos de matrimonio Sikh. Sobre las excepciones de ingresos decidirá el "Consejo de la Khalsa" de Sikh Dharma, a pedido escrito del interesado. Perderán su calidad de miembros aquellas personas que de manera voluntaria decidan retirarse o aquellas personas que no cumplan con el código de ética o de conducta de Sikh Dharma, en cuyo caso el Consejo de Sikh Dharma tomará la decisión. Sikh Dharma no considera excluyente que un individuo estando inscrito en otra religión decida ingresar a ella. El ingreso, permanencia y salida de los miembros de Sikh Dharma se norma de acuerdo al código de ética y conducta contemplado en el libro Victoria y Virtud de la oficina de Sikh Dharma en Occidente.- Santiago, 20 junio 2016.




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