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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1048497 2016


Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Entidades Religiosas de Derecho Público
(Extractos)
(IdDO 1048497)
IGLESIA ASOCIACIÓN MISIONERA EL ÁNGEL DEL PACTO
Luis Gonzalo Navarrete Villegas, Notario Público de la 3ª Notaría Valdivia, con oficio en calle Independencia N° 548, ciudad de Valdivia, certifico que con fecha 25 de mayo de 2016, Repertorio N° 1.566-2016, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Constitución y Aprobación de Estatutos y Complementación de Estatutos de la Iglesia Asociación Misionera El Ángel del Pacto, con domicilio principal en la Cuidad de Valdivia, Región de Los Ríos, inscrita en el Registro Público a cargo de la Secretaría de Estado bajo el N° 3849 de fecha 3 de marzo de 2016.- Sus constituyentes son: Andrés Enrique Barrientos Escobar, Luis Alfonso Hernández Fernández, Héctor Hernán Pino Sofarrey, Carolina Angélica Madrid Araya, Gabriel Agustín Vera Vidal, Jessica Patricia Román Bardelli, María Antonia Escobar Ulloa.- Elementos esenciales, fundamentos y principios que sustenta la fe que profesa: La Misión tendrá por objeto la promoción del evangelio de acuerdo a lo establecido por nuestro Señor Jesucristo. Cree en la existencia de un solo Dios verdadero, Eterno, de infinito poder, sabiduría, bondad, misericordia y hacedor y preservador de todas las cosas. Cree en Jesucristo, como Hijo de Dios, Salvador de la Humanidad, a través de su sacrificio en la cruz por los pecados de todos. Cree en el Espíritu Santo como la manifestación enviada por Dios a la tierra para actuar con poder regenerador y Santificado que guía a los hijos de Dios hacia el bien. Cree en la autoridad de la Biblia como la palabra inspirada por Dios, que contiene el plan de salvación para el mundo. Cree y reconoce como sacramentos básicos: El bautismo por inmersión en el Nombre del Señor Jesucristo, la presentación de niños y la cena del Señor o Santa Cena. Crea y acepta la Justificación por la fe para perdón de los pecados y en la santificación como un proceso necesario para ser santos y ver a Dios en la Tierra Nueva. Cree y espera el arrebatamiento de la Iglesia y en la segunda venida de Cristo con poder y gloria a instaurar su reino milenial. Cree en la resurrección de los Santos que han partido en Cristo, y en la transformación de los que estén vivos hasta la venida del Señor. El reconocimiento del Pastor como la autoridad máxima de la iglesia. Cree en los santos profetas que hablaron siendo ungidos e inspirados con el Espíritu Santo. El reconocimiento de los derechos a la libertad de pensamiento, y a elegir el credo religioso de su agrado, sin que por ello nadie sufra amenaza o lesión por persona alguna. El respeto por la vida como un designio divino. Órganos de administración: La Asamblea General y el Directorio.- La Asamblea General es el órgano colectivo principal de la Misión e integra al conjunto de sus miembros activos. Sus acuerdos obligan a los miembros presentes y ausentes, siempre que hubieran sido tomados en la forma establecida por estos Estatutos y no fueren contraídos a las leyes y reglamentos. Son atribuciones de la Asamblea General Ordinaria Anual: a) Elegir los miembros del Directorio cuando corresponda. b) Aceptar donaciones que se hagan a la Misión, abrir suscripciones y resolver sobre colocaciones e inversiones de fondos. c) Aprobar o rechazar los reglamentos necesarios para la buena marcha de la Misión y sus miembros, modificarlos o derogarlos. d) Tratar todos los asuntos relativos a la legislación eclesiástica de fe, doctrina y de orden. Son atribuciones de la Asamblea General extraordinaria: a) Reforma de los Estatutos, b) Disolución o cambio de nombre de la Misión, c) Situaciones que ameriten urgencia y necesidad, como por ejemplo: acusaciones o situaciones graves contra de algún miembro del Directorio, como ser: Uno) Mala administración. Dos) Abuso de poder. Tres) Inmoralidades o falta grave a la ética ministerial. Cuatro) Enfermedad o incapacidad sobreviviente. d) La asociación o federación de la Organización Religiosa con otras organizaciones similares. e) Comprar, vender, permutar, hipotecar, ceder y transferir bienes raíces, constituir servidumbre y prohibiciones de gravar y enajenar. f) Los acuerdos que se refieren a la letras a), b) y e) deberán reducirse a escritura pública que suscribirá, en representación de la Organización Religiosa, el Pastor Presidente, conjuntamente, con las personas que la asamblea designe extraordinaria.- El Directorio estará compuesto por un Pastor presidente, un vicepresidente, un tesorero, un secretario, y tres directores. Los deberes del pastor presidente son los siguientes: a) Representar judicial y extrajudicialmente; b) Presidir las reuniones del Directorio y las Asambleas generales de los Miembros; c) Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los Estatutos encomienden al Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y a otros miembros que el Directorio designe; d) Organizar los trabajos del directorio y proponer el plan general de actividades de la institución; e) Nombrar junto con el Director encargado las Comisiones de trabajo que estime convenientes; f) Firmar la documentación propia de su cargo y aquella que deba presentar a la Misión. Firmar conjuntamente con el tesorero o con el director que haya elegido el Directorio, los cheques, los giros de dinero, letras de cambio, balances y, en general, todos los documentos relacionados con el movimiento de los fondos de la Misión; g) Dar cuenta anualmente en la Asamblea General Ordinaria de la marcha y del estado financiero de la Misión; h) Resolver cualquier asunto urgente que se presente y solicitar a la sesión de Directorio más próxima, su ratificación; i) Velar por los cumplimientos de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la Misión; j) Las demás atribuciones que determinen los estatutos y los reglamentos.- Valdivia, julio 11 de 2016.




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