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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 1050605 2016


Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Entidades Religiosas de Derecho Público
(IdDO 1050605)
IGLESIA EN TU CIUDAD
(Extracto)
María Loreto Quitral Veloso, Notario Público Interino Quillota, O’Higgins 414, Quillota, certifica que con fecha 16 septiembre de 2015, comparecieron Franklin Jaime Iriarte Astudillo, CNI 13.014.698-8; Pilar Alejandra López Ríos, CNI 14.540.942-K; Johanna Elizabeth Fröhlich Vasconcellos, CNI 12.860.045-0; Cristian Moisés Lobos Ojeda, CNI 15.092.902-4, y Franco Patricio Ramírez González, CNI 11.520.349-5, y constituyeron por escritura pública entidad religiosa de Derecho Público, quedando anotada bajo el N° 2541-2015 del repertorio del año 2015 de esta notaría. Dicha escritura contiene los estatutos de la misma, al amparo ley N° 19.638, de acuerdo a reunión de miembros activos donde aprobó su constitución y estatutos. Nombre de la entidad religiosa: Iglesia en tu Ciudad, teniendo esta como domicilio principal calle Chacabuco N° 660, Ciudad y Comuna de Quillota, Región de Valparaíso. Rola con el N° 3.792, de 11 enero 2016, en el Registro Público a cargo del Ministerio de Justicia. Sus elementos esenciales son: Contribuir a la evangelización mundial, para mostrar a la humanidad la urgencia y necesidad que tiene de entender, aceptar y vivir la obra de salvación que Cristo consumó en la cruz, lo cual es la máxima expresión del amor de Dios para con el hombre. El cuidado, la educación y la fraternidad espiritual de los hijos de Dios; el mantenimiento del culto divino; la preservación de la verdad y la promoción de la justicia social; formar una generación de creyentes que puedan ser discípulos competentes, para transmitir, fundamentalmente a través de sus vidas, en el mundo de hoy; crear y sostener Iglesias locales, seminarios y locales de predicación y sostener toda clase de organismos e instituciones tengan por finalidad el desarrollo y perfeccionamiento personal, cultural y espiritual de las personas, sean o no miembros de la entidad. Fundar, mantener y dirigir en forma autónoma institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias. Crear, participar, patrocinar y fomentar asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines. Los principios que sustentan la Fe de la entidad: Las Sagradas Escrituras, los 66 libros del Antiguo y Nuevo Testamento, la existencia de un solo Dios eterno, uno en esencia, pero existiendo en tres personas: Dios Padre, Dios Hijo y Dios Espíritu Santo. La soberanía de Dios en la creación, la revelación, la redención y el Juicio Final. La universalidad del pecado-separación de Dios y la culpabilidad del hombre desde la caída, la cual lo sujetó a la ira y condenación de Dios. La redención de la culpa, pena, dominio y corrupción del pecado, solamente mediante la muerte expiatoria del Señor Jesucristo y su ascensión a la diestra de Dios Padre. La presencia y poder del Espíritu Santo para hacer efectiva en el pecador, la muerte de Jesucristo, dándole arrepentimiento hacia Dios y fe en Jesucristo. La intercesión de Jesucristo como único mediador entre Dios y los hombres; no existiendo ningún otro camino para llegar a Dios Padre. El pecador es justificado ante Dios Padre sólo por gracia, por medio de la fe en el Señor Jesucristo. La Iglesia Universal, que es el cuerpo de Cristo visible en la tierra, está compuesta por las congregaciones locales, a la que pertenecen todos los creyentes en Cristo Jesús. El Señor Jesucristo regresará en forma visible. Resucitarán los muertos y habrá juicio final. La promesa de la vida eterna para los creyentes en Cristo y el castigo eterno para los pecadores sin Cristo. Órganos de administración: A) Se regirá por un directorio formado por 5 personas: 1 Presidente, 1 Vicepresidente, 1 Secretario, 1 Tesorero y 1 Director Administrativo que durarán cinco años en sus cargos y tendrán las siguientes atribuciones y deberes: Dirigir la entidad y velar por que se cumplan sus Estatutos, finalidades, objetivos y principios fundamentales de ella; administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; convocar a Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, en la forma y época que señalan los Estatutos; crear toda clase de filiales, anexos, oficinas y departamentos que estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la entidad y de los diversos departamentos; redactar los reglamentos necesarios para la mejor marcha de la entidad y someterlos a la aprobación de la Asamblea General; cumplir los acuerdos de la Asamblea General; rendir cuenta en la Asamblea General Ordinaria del año, tanto de la marcha de la entidad, como de la inversión de sus fondos e Informar de la marcha y finanzas de la entidad cada vez que éste lo solicite; resolver todo lo no previsto en estos Estatutos; aceptar el ingreso de nuevos miembros; acordar la expulsión de miembros cuando existan causales para ello; conocer de las renuncias que los miembros tuvieren a bien presentar; llenar las vacantes reducidas en el Directorio, por fallecimiento, ausencia, por más de seis meses, renuncia o imposibilidad de un Director para desempeñar su cargo, por el tiempo que le faltare para completar su período; fijar el monto de la cuota ordinaria mensual y la extraordinaria que deban pagar los miembros; formar Comisiones o Consejos que lo asesoren en su labor, sin perjuicio de la facultad del Presidente en el mismo sentido. Las funciones específicas de cada cargo se detallan en los estatutos, que estarán siempre disponibles en el domicilio principal de la entidad Religiosa, Iglesia en tu Ciudad. B) La Asamblea General estará constituida por los pastores y ministros ordenados y licenciados reconocidos por la entidad, los miembros activos y por los delegados elegidos por las congregaciones locales igualmente reconocidas por ésta, con facultades señaladas en los estatutos.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Quillota, 25 de julio de 2016.




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