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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS


DO 1105763 2016


(CVE 1105763)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia - Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA ENVANGÉLICA UNIDA EN EL FUEGO PENTECOSTÉS MORANDO BAJO LA SOMBRA DEL OMNIPOTENTE
(Extracto)
Marcela Marchant Cea, Notario Público Viña del Mar Suplente de Titular, Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, Arlegui 537, certifica: Que con fecha 28 de marzo de 2016 se redujo a escritura pública Acta de constitución y estatutos de la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia Evangélica Unida en el Fuego Pentecostés Morando Bajo la Sombra del Omnipotente, modificada con fecha 10 de junio de 2016, ante esta misma Notaría. Domicilio Pasaje Cinco Sur, número tres mil cuatrocientos treinta y tres, quinto sector, población Gómez Carreño, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que el Directorio pueda acordar. Inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia N° 3881, del 6 de abril de 2016. Constituyentes: Manuel Alejandro Arévalo Catril, Elizabeth Roxana Vega Heredia, Zunilda Ester Heredia Muñoz, Michelle Romina Lorca Ocaranza, Myriam Angélica Ocaranza Castillo, Pablo Andrés Vega Heredia, Marcelo Antonio Celedón Heredia, Héctor Enrique Vega Vivanco y Rolando Agustín Vargas Andrade. La declaración de fe está basada en los siguientes principios: De la santísima trinidad, Del verbo o hijo de dios que fue hecho verdadero hombre, de la resurrección de Cristo, del espíritu santo, de la suficiencia de las santas escrituras para salvación, del antiguo testamento, del pecado original o de nacimiento, del libre albedrío, de la justificación del hombre, de las buenas obras, de las obras de supererogación, del pecado después de la justificación, de la iglesia, del purgatorio, del uso de la congregación de una lengua no entendida en el pueblo, de los sacramentos, del bautismo, de la santa cena del señor, de las dos especies, del único sacrificio de Cristo consumado en la cruz, del matrimonio de los ministros, de los ritos y ceremonias de las iglesias, de los gobernantes, de los bienes de los cristianos y Juramento del cristiano. Órganos de la iglesia: El Obispo Fundador, integrado por Manuel Alejandro Arévalo Catril, y un Directorio formado por un secretario, un tesorero, consejeros, presididos por el Obispo Fundador, Atribuciones y deberes del Obispo: Nombrar los futuros Pastores, suspenderlos o removerlos o trasladarlos; efectuar juntas generales extraordinarias; destituir a los Directores cuando demuestren falta de ejecución e interés en su cargo; guía espiritual de sus miembros; podrá efectuar reuniones de carácter espiritual en Iglesia matriz, como en las iglesias locales; las demás atribuciones que determinen estos estatutos y los reglamentos. Ejercerá por tiempo indefinido y absolutamente inamovible, sólo cesará en caso de fallecimiento. Del Directorio: a) Colaborar con el Obispo en la dirección; b) representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; c) organizar la situación económica y financiera; d) administrar los bienes sociales; e) redactar los reglamentos previa autorización y aprobación escrita del Obispo; f) exigir a Pastores Gobernantes que tuvieren a su cargo bienes de la Iglesia un inventario general; g) aceptar donaciones de entidades públicas, privadas y extranjeras; h) actuando conjuntamente con el Obispo podrá disponer en beneficio de la entidad religiosa de los fondos que están a plazo o en cuentas corrientes; i) deberá otorgar ayuda económica a los Pastores, Ancianos y a las viudas de los Pastores que estén necesitadas; j) redactar un reglamento en que se regulen los pormenores del régimen interno, administrativo y económico de la Iglesia Fuego; y k) exigir al Tesorero un informe documentado de la tesorería. 17 agosto 2016.




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