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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1126241 2016


(CVE 1126241)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia - Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO APOSTÓLICO CONQUISTANDO PARA CRISTO
(Extracto)
José Gerardo Bambach Echazarreta, Notario Público de Concepción, con oficio en calle San Martín N° 906, certifica: Por escritura pública ante mí, de 11 de febrero 2016, complementada por escritura pública de fecha 15 de junio de 2016, se constituyó una entidad religiosa de derecho público, de acuerdo a la ley N° 19.638, y decreto supremo N° 303 del Ministerio de Justicia, y cuyo extracto es el siguiente: Nombre: Ministerio Apostólico Conquistando Para Cristo. Domicilio: El domicilio principal de esta Entidad será Campos Bellavista 340, departamento 842, Concepción, Región del Bío-Bío. Registro: N° 3839, de 19 de febrero de 2016. Constituyentes y Directorio: Presidente, pastor don Wilson Maicol Vanya Garay Verdugo; Secretaria, doña Solange Valeska Godoy Roca; Tesorero, don José Francisco Marín Marín. Elementos Esenciales: Es una iglesia cristiana evangélica; es absolutamente apolítica, sin perjuicio de la observancia particular de cada uno de sus miembros; propiciará la fraternidad entre iglesias e instituciones evangélicas hermanas, tanto a nivel nacional como internacional; es un Ministerio Cristocéntrico. Es el único Salvador de la humanidad; es Bibliocéntrica. Sólo la Biblia es fuente doctrinaria; Por tratarse de un Ministerio Apostólico, esta entidad religiosa cree en la edificación sobre el fundamento de los apóstoles y profetas, siendo la principal base Jesucristo mismo. (Efesios 2:20). Principios: La base doctrinaria profesada por la presente Iglesia está constituida única y exclusivamente por las Sagradas Escrituras (Biblia, en su Antiguo y Nuevo Testamentos), interpretada y aplicada sobre la base de los principios teológicos evangélicos. Se excluye cualquiera otra fuente doctrinaria. Su credo: 1.- Un solo Dios manifestado en tres personas, El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo; 2.- Cristo Unigénito del Padre, verdadero Dios. En su obra Redentora; 3.- La autoridad de la Biblia, en su antiguo y nuevo Testamento; 4.- La Iglesia cuerpo visible de Cristo en la tierra; 5.- El sacerdocio universal; 6.- La autoridad eclesiástica y magisterio provienen de Dios; 7.- La Obra regeneradora del Espíritu Santo, impartiendo dones y ministerios a los miembros de la Iglesia; 8.- La Salvación es por gracia y no por obras; 9.- El fruto del Espíritu Santo, manifestándose en las buenas obras que el creyente debe demostrar luego de la salvación; 10.- La Segunda venida de Cristo en forma literal y personal a la tierra; 11.- El Cielo e infierno eternos, cuyas existencias son literales; 12.- El Bautismo de arrepentimiento en aguas por inmersión; 13.- La Santa Cena, como institución sagrada y de observancia periódica. Órganos de administración: Miembros. Los miembros son activos y pasivos. Asamblea General: Está constituida por todos los miembros que tengan un liderazgo dentro de la entidad, será presidida por el Presidente de la entidad. Se constituyen con la asistencia de los miembros en ejercicio que asistan a ella. Las Ordinarias deberán celebrarse una vez al año, y le corresponde: a) La elección de los Revisores de cuentas; b) ser informada de todos los acuerdos y decisiones adoptados por el Directorio; e) Hacer todo tipo de peticiones al Directorio o a su Presidente, pudiendo éstos aceptarlas o rechazarlas, pero siempre fundadamente; d) Presentar proyectos y propuestas al Directorio, sobre cualquier tipo de materias; e) aprobar el acuerdo de creación de personas jurídicas, y f) aprobar las enajenaciones de bienes de la entidad. La Extraordinaria se celebrará por convocatoria del Presidente, o cuando lo solicite por escrito, a lo menos, la cuarta parte de los miembros del Ministerio. Directorio: Corresponde al Directorio la Dirección General de esta Entidad Religiosa; administrar sus recursos materiales y humanos; así como establecer las políticas de crecimiento y desarrollo de la misma. Se compondrá de 3 miembros: Presidente, secretario y tesorero. Durarán un año en sus funciones, con excepción del presidente, que será permanente; celebrará 4 sesiones al año; sus atribuciones son, en general, dirigir administrativamente la Iglesia en general, procurando por todos los medios el cumplimiento de los objetivos de la entidad y velar por la recta observancia de la creencia que sus miembros profesan.- Concepción, agosto 30 de 2016.




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