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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1136029 2016


(CVE 1136029)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia - Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA DEL SEÑOR JESUCRISTO: LOS SIETE TRUENOS DE APOCALIPSIS
(Extracto)
Jorge Maximiliano Unzueta Rivas, abogado, Notario Público, Suplente de don Octavio Francisco Gutiérrez López, Notario Público Titular 30 Notaría de Santiago, oficios Avda. Lib. Bdo. O‘Higgins 980, Of. 134-135, certifica: Con fecha 22 de julio de 2016, ante el Notario don Octavio Gutiérrez López, Titular de esta Notaría, se redujo a escritura pública acta de constitución y Estatutos de la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia del Señor Jesucristo: Los Siete Truenos de Apocalipsis, con domicilio en Avenida Central N° 4237, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Santiago, República de Chile, inscrita en Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N° 3985 de fecha 1 de agosto de 2016. Constituyentes: Julio Enrique Parada Contreras; Zoila Rosa Henríquez Guzmán; Ilda Rosa Contreras Contreras; Juan Servando Norambuena Mansilla; Evelyn Pamela Cuadra Aravena; Luis Abraham Hidalgo Orellana; Teresa Eliana Torres Andrade; Luis Ricardo Contreras Ureta; Johana Adriana Henríquez Guzmán; Eva Silvia Guzmán Núñez; Luis Estanislao Cornejo Valdés; Domingo Alfredo Ramos Peralta; Javier Fernando Poblete Núñez; Maciel Alejandra Cuadra Aravena; María Graciela Cuadra Aravena; Daniela Paulina Hidalgo Torres; Felipe Homero Caldera Beltrán; Nelson Enrique Cuadra Aravena; Graciela del Tránsito Aravena Espinoza; Nelson Álvaro Cuadra Aravena. Elementos esenciales que la caracterizan, fundamentos y principios que sustentan la fe: Uno.- Creernos en un Dios, manifestado en tres distintas glorias. Dos.- Creemos que Jesucristo es el único salvador de la Humanidad, el cual es el mediador entre Dios y los hombres. Tres: Creemos en la autoridad de las Santas Escrituras como el fiel testimonio de la Palabra de Dios, la que está registrada en Antiguo y Nuevo Testamento desde el Génesis hasta el Apocalipsis. Creemos que todo cristiano debe ser un ejemplo de buen testimonio en todas sus conductas (Apartado en santidad de toda contaminación). Órganos de Administración y sus atribuciones (El Pastor, El Directorio y las Asambleas generales). El Pastor: a) Representará judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Presidirá las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias cuando corresponda de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio; e) Organizará los trabajos del Directorio y propondrá el plan general anual de actividades de la Iglesia; f) Velará por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime conveniente. El Directorio: Al Directorio le corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia, en conformidad de los Estatutos. Estará formado por siete miembros activos y será presidido por el Pastor de la Iglesia. El Directorio de la Iglesia se elegirá en la Asamblea General Ordinaria, en la que cada integrante sufragará en una cédula por una sola persona para elegir a cada miembro del Directorio. Los miembros del Directorio presidirán y organizarán los equipos de trabajo que podrán ser creados y dirigidos conforme a los acuerdos que les fijen las Asambleas Generales. Las asambleas generales. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus integrantes. Se compone por la totalidad de los miembros de la iglesia. Sus acuerdos obligan a los ausentes y presentes siempre que hayan sido tomados en la forma establecida en los Estatutos y no fueren contrarios a las leyes y reglamentos de la República y a los Estatutos y Reglamentos válidamente declarados por la Iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. Las Ordinarias deberán celebrarse entre los meses de enero a mayo de cada año; las extraordinarias en cualquier época del año, en la forma que se señala más adelante. En la Asamblea General Ordinaria se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los Estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias. Si por cualquier causa no se celebrase una Asamblea General Ordinaria en el tiempo establecido, la reunión que se cite posteriormente y que tenga por objeto conocer las mismas materias, tendrá en todo caso carácter de Asamblea General Ordinaria. Las Asambleas generales serán presididas por el Pastor de la Iglesia. Si faltare este, presidirá el concilio un miembro del Directorio elegido por la mayoría absoluta de los miembros del Directorio, y en caso de faltar ambos la persona que designe la Asamblea General para este efecto. Acta reducida a escritura pública (repertorio N° 3526 - 2016) el 22 de julio de 2016 ante Notario Trigésima Notaría de Santiago Octavio Gutiérrez López, con oficios en Av. Lib. Bdo. O‘Higgins 980, Ofs. 134-135, Santiago. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 de noviembre de 2016.




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