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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1138460 2016


(CVE 1138460)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia - Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA CATÓLICA ORTODOXA MADRE DE DIOS DE POCHAEV
(Extracto)
Álvaro González Salinas, Notario Público Titular de la 42ª Notaría de Santiago, Matías Cousiño N° 150, Of. 647, certifica: Que se redujo a escritura pública con fecha 11-10-2016, ante Carmen H. Soza Muñoz, Notario Público Interino de esta Notaría de mi mismo domicilio, bajo el Repertorio N° 28.358, acta de constitución y aprobación de estatutos de persona jurídica de derecho público, denominada Iglesia Católica Ortodoxa Madre de Dios de Pochaev, pudiendo ser conocida como "Iglesia Madre de Dios de Pochaev" o "Iobe Chile" o "Iglesia Ortodoxa Bielorrusa Eslava en el Extranjero de Chile", celebrada el 7 de octubre 2016. Domicilio: Pje. Agustín Fontaine N° 9101, Comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que el Directorio pueda acordar. N° Registro en el Departamento de Personas Jurídicas Unidad de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia: 3.521, de fecha: 27/10/2016; La declaración de fe de la Iglesia está basada en los siguientes principios: Somos una Iglesia Católica, Apostólica, Ortodoxa. Nuestra fe se resume en el Credo niceno constantinopolitano y sus objetivos sin perseguir fines de lucro para sus asociados, son: El ejercicio libre de su propio ministerio, practicar la Divina Liturgia, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines y los demás que determine la Asamblea General. El Patriarca y sus Obispos -vladyka- son la primera autoridad de la iglesia en conjunto con el rector que es la autoridad designada para Chile mientras se nombra un Obispo -vladyka- y representa al conjunto de sus integrantes, siendo Padre Rector de la Comunidad el Padre Basilio Salvador Gandulfo Troncoso. La iglesia tendrá asambleas generales ordinarias y extraordinarias a celebrarse en las fechas y para las materias contenidas en estatuto, las que se instalarán y constituirán con la concurrencia de a lo menos de la mitad más uno de los miembros de la iglesia o con los que asistan en segunda citación y serán presididas por el Vladyka o el Rector de la iglesia, las ordinarias deben celebrarse entre enero y mayo de cada año y ella se ocupará del balance, inventario y memoria del ejercicio anterior contable y se procederá a las elecciones determinadas en estatutos. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria tratar las siguientes materias: a) De las reformas de los Estatutos de la Iglesia; b) De la disolución de la Iglesia; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los Miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la Ley o los Estatutos les correspondan; y d) De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. Existirá un directorio al que le corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia formado por 5 miembros activos el que será presidido por el Vladyka o Rector de la iglesia y se dirigirá en la forma establecida en estatuto. Los Directores durarán 1 año en sus funciones. Son atribuciones y deberes del Directorio: Dirigir la Iglesia y velar porque se cumplan sus Estatutos y finalidades; Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; Citar a Asambleas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos. El Rector de la Iglesia durará en sus funciones indefinidamente, al ser un cargo de exclusiva confianza del patriarcado y cuyas atribuciones son: Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo otorgar mandato a los abogados que contrate para dicho efecto; Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias -cuando corresponda- de acuerdo a los estatutos; Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los estatutos encomienden a otros funcionarios que designe el Directorio; Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia; Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia; i) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma; y las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos. Los acuerdos a que se refieran a las adquisiciones, enajenaciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia, deberán reducirse a escritura pública que suscribirá en representación de la Asamblea General Extraordinaria, la persona o personas que ésta designe. Los constituyentes son: Carlos Alberto Gandulfo Klein y Rvdo. Padre Basilio Salvador Gandulfo Troncoso. Demás estipulaciones escritura acta extractada.- Santiago, 18 noviembre 2016.




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