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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1138811 2016



(CVE 1138811)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia - Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA CRISTIANA DE LA UNIDAD
(Extracto)
Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Certifica: Que por escritura pública suscrita ante mí, con fecha 3 de agosto del año 2016, se redujo el Acta de Constitución de la entidad religiosa de derecho público, celebrada con fecha 27 de julio del año 2016, denominada Iglesia Cristiana de la Unidad, con domicilio en calle Martín de Solís Nro. 15147, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, fue inscrita el 25 de agosto de 2016, en el Registro de Instituciones de Derecho Público del Ministerio de Justicia bajo el número 4.006, sus estatutos fueron reducidos a escritura el 3 de agosto de 2016, ante el Notario Público de Santiago, don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago. El ministerio estará administrado por las siguientes personas, cuyos cargos son: Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario y un director, éstos durarán en sus cargos cuatro años y se elegirán en Asamblea General Ordinaria; el Directorio inicial está compuesto por: Presidente: Carnold Jules.- Vicepresidente: Jean-Renel Cajuste. Secretario: Rosemond Doreus. Tesorero: Pierre Lucien Dornelus. Director: Ludersin Dornelus. Todo de conformidad a lo dispuesto en la ley N° 19.638. Los elementos esenciales que la caracterizan, fundamentos y principios son: Uno. Desarrollar entre sus miembros la práctica y el fomento de la palabra de Jesucristo, establecida en las sagradas escrituras - La Biblia -, proyectándola hacia la comunidad. Dos. Promover la sana doctrina establecida en la Santa Biblia en Efesios capítulo dos, versículo veinte; capítulo cuatro, versículo cinco, y Colosenses capítulo tres, versículo diecisiete, fundamentalmente. Tres. Estrechar vínculos con las distintas congregaciones y organismos nacionales, extranjeros e internacionales que en sus respectivas áreas promueven y dirigen las acciones relacionadas con los fines de la entidad; podrá intercambiar las experiencias profesionales, técnicas, en materia de la cultura, de la investigación en salud o educacional. Cuatro. Velar por el cumplimiento de los objetivos, prestando auxilio espiritual y material para la solución de los problemas de las personas, creando centros de rehabilitación, comedores abiertos, jardines infantiles, escuelas, con el fin de mejorar la calidad de la vida familiar. Para obtener el cumplimiento de los objetivos señalados precedentemente, la entidad reunirá recursos y los incrementará mediante programas, organizando actividades y eventos educativos, seminarios, congresos, cursos técnicos de perfeccionamiento y cualquier acto destinado a los fines de la entidad, pudiendo actuar como una entidad benéfica, colaboradora coadyuvantes de los planes y metas de los órganos públicos y privados de similares objetivos. En términos de los principios que sustenta su fe, difundir la doctrina evangelizadora del unigénito Hijo de Dios y la enseñanza de la doctrina apostólica revelada a los apóstoles de Jesucristo, practicar y fomentar la palabra de Jesucristo, establecidas en las sagradas escrituras, la Biblia, tanto entre los miembros, como su proyección hacia la comunidad, en todo lugar de reunión y coordinación establecido para ello, promoviendo los postulados y principios del Evangelio de Jesucristo, con la difusión del evangelio, el bautismo por inmersión, el llamado a salvación y la redención, enseñando nuestra fe en el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. En sus fines está: La práctica, promoción, fomento de la palabra de Jesucristo, y la sana doctrina establecida en las Sagradas Escrituras, la Biblia, proyectándola a la comunidad, objetivos descritos ampliamente en el artículo segundo de los estatutos aprobados. Los órganos internos son: 1) Asamblea General, máxima autoridad, que representa al conjunto de miembros activos; 2) Directorio, organismo ejecutivo y administrativo, cuyas atribuciones y deberes: Dirigir la entidad y administrar sus bienes; cumplir los acuerdos e instrucciones de las asambleas generales; someter a consideración y aprobación de la asamblea todas las materias y negocios que estime necesario para su adecuado funcionamiento; rendir cuenta sobre la inversión y manejo de fondos; vigilar el estricto cumplimiento de los estatutos. Lo anterior, ampliamente señalado en el artículo vigésimo cuarto de sus estatutos, y descritos en las escrituras extractadas de veintitrés de diciembre de dos mil catorce y dos de marzo de dos mil quince.- Los constituyentes son: Carnold Jules, Jean-Renel Cajuste, Rosemond Doreus, Pierre Lucien Dornelus, Ludersin Dornelus, Marie Magdala Belfils, Claimicile Pierre.- Santiago, 18 de noviembre de 2016.




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