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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1139146 2016


(CVE 1139146)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia - Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA DE DIOS PENTECOSTÉS
(Extracto)
Yusef Hales Hott, Notario Público y Conservador, comunas Traiguén y Lumaco, Provincia Malleco, Región Araucanía, domicilio Errázuriz 418, Traiguén, certifico: Iglesia Evangélica de Dios Pentecostés, Registro N° 3095, 10 de octubre de 2013, Avenida Brasil 1169, Traiguén. Constituida por Sara Ramírez Rabanal, Julio Humberto Caamaño Urra, José Miguel Quijada Muñoz, Fresia del Carmen Carriel Muñoz, Ana María Troncozo Cabrera, Elsira Osses Cares, Segundo Lienán Cañupán, Alicia Troncozo Cabrera, Aladina Neira Zapata, Cleria Garrido Barriga, Sonia Patricia Cid Garrido, Juan Antonio Guerrero Godoy, Irma del Carmen Cabrera Cabrera, Juan Enrique Cabeza Quiroz, Patricia Eliseck Martínez Merino, Yanet Angélica Aparicio Chandía, Andrea Edita Rojas Carriel, Felipe Andrés Quijada Cabrera, Ricardo Leonel Montecino Villagrán, Dominica Flores Núñez. Elementos esenciales de la entidad: a) No persecución de fines de lucro ni político-partidistas, así como cualquier otro que requiera un estatuto legal propio. b) Cultivo de virtudes de la persona a través del conocimiento y estudio de la fe cristiana occidental evangélica. Sustentada en la creencia que las escrituras de la Biblia fueron transmitidas e inspiradas en Dios, dando fe que las traducciones hechas a ella son fieles a los lenguajes originales en que fue escrita. Creemos que hay un solo Dios eterno, que es Padre, Hijo y Espíritu Santo, cada uno infinito, eterno y todopoderoso. Que Jesucristo es hombre y Dios, concebido por el Espíritu Santo en la Virgen María, que vivió sin pecado y que muerto resucitó y se encuentra sentado a la derecha del Padre. Creemos que el hombre es imagen y semejanza de Dios y que al desobedecerlo cayó en muerte física y espiritual, lo que causa su naturaleza pecaminosa y necesaria de salvación divina, la que nos regaló Dios en el sacrificio de Cristo en la cruz. Creemos que la Iglesia es el cuerpo de Cristo y dedicado a la adoración y servicio de Dios, observancia de los sacramentos y ordenanzas del bautismo y la cena del Señor. Es convicción nuestra que Jesucristo volverá a la tierra a salvar a los hombres de fe, luego del juicio de Dios. c) Culto de las escrituras y la palabra de Dios contenidas en la Biblia, así en el interior de la iglesia como hacia la comunidad que la rodea. Reconocemos que nuestra Iglesia es un Ministerio Cristiano orientado a un acabado estudio de la palabra de Dios y centrada en Jesucristo, creyendo y practicando las doctrinas de la fe, constituyendo una comunidad de adoradores de Dios y testificamos la obra redentora de Jesucristo, viviendo en la unidad del Espíritu Santo y servir sin distinción al prójimo. Órganos funcionales: a) Asamblea General: Integrado por el conjunto de sus socios, con asambleas generales ordinarias el mes de diciembre de cada año, donde se presentará balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y elecciones indicadas en estatutos cuando corresponda, pudiendo el Directorio modificar la fecha original para este fin. Asamblea general extraordinaria cada vez que lo acuerde el Directorio a solicitud de su presidente o un tercio de los socios activos, debiendo tratarse solo las siguientes materias: Reforma de estatutos; Disolución de la entidad; Reclamación contra algún miembro del Directorio; Compraventa, hipoteca, permuta, cesión y transferencia de bienes raíces; Constitución de servidumbres y prohibiciones de gravar y enajenar; Arrendamiento de inmuebles superior a tres años. b) Directorio: Compuesto por un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Directores, con las siguientes atribuciones: Dirigir la entidad y velar por que se cumplan sus estatutos y fines; Administrar los bienes de la entidad e invertir sus recursos, aprobar proyectos y programas ajustados a los objetivos de la corporación; Citar a la Asamblea general ordinaria y extraordinaria; Cumplir los acuerdos de las Asambleas generales; Rendir cuenta a la Asamblea general ordinaria, en lo religioso y económico, presentando memoria, balance e inventario; Resolver dudas y controversias en la aplicación de los Estatutos y Reglamentos. Demás atribuciones y encargos que señalen los Estatutos, la ley y la Asamblea General. El Directorio podrá comprar, adquirir, vender, permutar, dar y tomar en arrendamiento y administración, ceder y transferir toda clase de bienes muebles y valores mobiliarios, dar y tomar en arrendamientos bienes inmuebles por un periodo no superior a tres años; constituir, aceptar, posponer y cancelar hipotecas, prendas, garantías y prohibiciones, otorgar cancelaciones, recibos y finiquitos; celebrar contratos de trabajo, fijar condiciones y poner término a ellos; celebrar contratos de mutuo y cuentas corrientes, abrir y cerrar cuentas corrientes, de depósito, de ahorro y de crédito, girar y sobregirar en ellas; retirar talonarios y aprobar saldos; girar, aceptar, tomar, avalar, endosar, descontar, cobrar, cancelar, prorrogar y protestar letras de cambio, pagarés, cheques y demás documentos negociables o efectos de comercio; ejecutar todo tipo de operaciones bancarias o mercantiles; cobrar y percibir cuanto corresponda a la entidad; contratar, alzar y posponer prendas; conferir y revocar poderes, mandatos especiales y transigir; aceptar toda clase de herencias, legados y donaciones; delegar sus atribuciones en uno o más socios, sólo en lo que diga relación con la gestión económica de la entidad; estipular en los contratos los precios, plazos y condiciones; anular, rescindir, resolver, revocar y terminar dichos contratos; poner término a los contratos vigentes, por resolución, desahucio o cualquier otra forma y ejecutar todos aquellos actos que tiendan a la buena administración de la entidad. Comprar, vender, hipotecar, permutar, ceder y transferir bienes raíces, constituir servidumbres y prohibiciones de gravar y enajenar, arrendar bienes inmuebles por un plazo superior a tres años, contratar créditos con fines sociales. c) Presidente: Representa judicial y extra judicialmente a la entidad; Preside las reuniones del Directorio; ejecuta los acuerdos de Directorio; Organiza los trabajos del Directorio y propone el plan general de actividades de la institución; Nombra comisiones de trabajo; Firma documentación propia de su cargo que representa; Da cuenta anualmente a la Asamblea General; Resuelve asuntos urgentes y solicita reuniones de Directorio; Vela por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la entidad; Decide y realiza la adquisición de bienes muebles de menos de 10 UTM; Demás atribuciones que determinen los estatutos. d) Secretario: Lleva Acta de Directorio, de Asamblea de Socios y el Libro de Registro de Socios; Despacha las citaciones a Asambleas; Prepara tabla de sesiones del Directorio y Asambleas; Redacta y despacha la correspondencia y documentación de la entidad; Firma actas en calidad de Ministro de Fe y otorga copia de ellas; Califica los poderes antes de las elecciones; e) Tesorero: Cobra cuotas ordinarias y extraordinarias; Deposita los fondos en las cuentas corrientes o de ahorro y firma conjuntamente con el Presidente los cheques o retiros de dinero que se giren de dichas cuentas; Lleva la contabilidad; Prepara el balance anual; Mantiene el inventario de bienes. f) Comisión Revisora de Cuentas: Compuesta por tres socios y sus atribuciones son: Revisar trimestralmente y cuando lo amerite, los libros de contabilidad, los comprobantes de ingresos y las cuentas bancarias; Velar porque los socios mantengan al día el pago de cuotas; Dar cuenta a las Asambleas Generales sobre la marcha de la Tesorería y el estado de las finanzas o cualquier irregularidad que notare; Informar a la Asamblea Ordinaria sobre las finanzas de la institución, la forma en que se ha llevado la Tesorería, el estado del inventario y sobre el balance del ejercicio, recomendando la aprobación o el rechazo. Acta constitutiva reducida a escritura pública firmada con fecha veinte de agosto de dos mil trece ante el notario público de Traiguén don José Apolonio Peña Meza, con oficio en calle Errázuriz número cuatrocientos dieciocho de la ciudad de Traiguén y modificada con fecha ocho de julio de dos mil dieciséis ante el notario público de Traiguén, don Yusef Gerardo Hales Hott, con oficio en calle Errázuriz número cuatrocientos dieciocho, de la ciudad de Traiguén.- Traiguén, 20 de octubre de 2016.




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