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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1146773 2016



(CVE 1146773)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO RENUEVO DEL ESPÍRITU
(Extracto)
Álvaro González Salinas, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Matías Cousiño ciento cincuenta, oficina seiscientos cuarenta y siete, certifico: Que por Acta de fecha 26 de septiembre de 2016 ante la Notario Público Interino Carmen Soza Muños, se constituyeron Estatutos Ministerio Renuevo del Espíritu, Avenida Walker Martínez N° 2295, comuna La Florida; la que fue inscrita con el N° 4041 con fecha 6 de octubre de 2016, en el Registro de Entidades Religiosas de Derecho Público del Ministerio de Justicia, conforme a la Ley 19.638 y DS 303 del año 2000. Con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en la letra d) del artículo 11 del Reglamento, para señalar sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, a continuación se expone: I. Creemos en las Escrituras, en el Antiguo y Nuevo Testamento, divinamente inspiradas y que son nuestra única y suficiente regla de autoridad de doctrina, fe y conducta. II. Creemos en el Dios único, revelado en tres personas distintas, como Padre, Hijo y Espíritu Santo, iguales en sustancia -esencia-. III. Creemos en Jesucristo, el Hijo de Dios, quien se hizo hombre y se ofreció en un único y perfecto sacrificio expiatorio para salvación de la humanidad. IV. Creemos que la salvación es por gracia de Dios y requiere de la sola fe en Jesucristo. V. Creemos que la Iglesia es la asamblea de creyentes en Jesucristo, bautizados por inmersión, que observa las ordenanzas simbólicas dadas por Él y que tiene como misión, la adoración a Dios, la evangelización del mundo, la enseñanza de la Palabra de Dios, el servicio a la comunidad y el compañerismo fraternal. VI. Creemos en la autonomía de la iglesia respecto del Estado, y del Estado respecto de la iglesia. El estado es una institución legítima, que vela por el bienestar de la sociedad temporal. VII. Creemos que Jesucristo vendrá por segunda vez para juzgar a todos los hombres, sea para salvación eterna, sea para condenación eterna. Todos estos escriturados en el artículo quinto del acta asamblea constitutiva y estatutos del Ministerio Renuevo del Espíritu. Sus Órganos de Administración son: El Directorio Ejecutivo, compuesto por 4 miembros; El Pastor o en su defecto por el encargado de la iglesia, el secretario, el tesorero y los presidentes de las organizaciones en ejercicio. Son atribuciones y deberes del Directorio: a) Dirigir la iglesia y Velar que se cumplan y acaten sus principios, objetivos y estatutos; b) Administrar los bienes de la iglesia e invertir sus recursos; c) Citar a sesiones administrativas generales, ordinarias y extraordinarias; d) Redactar los reglamentos que estimen necesarios para el funcionamiento de la iglesia y de los órganos de la administración; e) Cumplir con los acuerdos de las sesiones administrativas generales, y f) Rendir cuenta, en las sesiones administrativas general ordinaria, tanto de la marcha de la iglesia como de la inversión de sus fondos. El Directorio General estará integrado por 9 miembros: el Directorio Ejecutivo de la Iglesia, los encargados de Ministerio de la Iglesia y los Encargados o Presidentes de las Instituciones que la Iglesia acuerde, sus atribuciones; a) Imponerse de los planes y programas del Directorio Ejecutivo, y proponer todas las medidas que se estimen pertinentes para su perfeccionamiento o enmienda; b) Conocer de la marcha de las organizaciones internas; coordinar sus actividades y sugerir a estas las medidas correctivas que se estimen pertinentes; c) Conocer o tramitar el procedimiento disciplinario descrito en el artículo undécimo (estatutos) y en su caso imponer a los miembros las medidas de suspensión o expulsión, y d) cumplir con todas las tareas que le encomiende la sesión administrativa, los estatutos y reglamentos. Los diáconos, estará compuesto por 2 miembros de la Iglesia nombrados por la sesión administrativa, como servicio especial, si lo considera necesario, sus funciones serán; a) La atención de los miembros pobres, viudos, huérfanos, enfermos y extranjeros; b) El cuidado material del Pastor de la Iglesia y su familia; c) Asistir al Pastor en el cumplimiento de las ordenanzas bíblicas; d) Cumplir con todas las tareas que le encomienden la sesión administrativa, los estatutos y reglamentos. El presidente de los diáconos pasará a ser parte del Directorio Ejecutivo de la Iglesia. Las Organizaciones Internas, estará compuesto por 3 miembros y son aquellas formadas por grupos homogéneos de jóvenes, mujeres o varones, que tienen por finalidad atender, unir y alcanzar a personas con características de sexo o edad que le sean comunes y que tendrán como funciones: a) La evangelización; b) la enseñanza doctrinal; c) la enseñanza de la mayordomía de la vida; d) el compañerismo; e) la asistencia y apoyo a las actividades, proyectos y énfasis de la Iglesia, y e) cumplir con todas las tareas que le encomienden la sesión administrativa, los estatutos y reglamentos. El Representante Legal es el Pastor o Encargado de la Iglesia. Nombre de los hermanos constituyentes, compuesto por 17 miembros: Melvin Nicolás Anabalón Sepúlveda, Verónica Soledad Arenas Sanhueza, Jonatan Javier Cancino Bustos, Miguel Ángel Godoy Poblete, Juan Claudio Hernán Arriagada Contreras, Karina Paola Rivas Vallejos, Nataly Carolina Urra Jorquera, Carlos Alejandro Sandoval Arata, Tiare Noami Anabalón Arenas, Clara Magaly Mondaca González, Elvis Alberto Quimi López, Merián Solange Sanzana Roa, Fabián Andrés Anguita Ulloa, Sonia Luisa Contreras Meza, Valentina Carolina Alvial Castro, Javier Alonso Cabezas Rivas, Germainne Boriana Anabalón Arenas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 1 de diciembre de 2016.




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