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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1165488 2017


(CVE 1165488)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA MINISTERIO EVANGELÍSTICO RADIAL E INTERNACIONAL UNIDOS EN EL PODER DE JESUCRISTO NUESTRO SEÑOR
(Extracto)
Francisca Salas Medina, Notario Suplente del titular 2ª Notaría Rancagua Jaime Bernales Valenzuela, domiciliado en calle Bueras 359, of. 102, certifico: Que por instrumento privado del 13 de diciembre de 2014, reducido a escritura pública ante Notario titular Jaime Bernales Valenzuela, el 26 de mayo de 2016, y rectificatoria de 28 de octubre de 2016, ante mí; los siguientes mencionados, Luis Eduardo Silva Cabeza, María Isabel Palma Acevedo, Adriana del Carmen Figueroa Morales, Rafaela Vitalia López Montecinos, Eduardo Ernesto Montenegro López y Emmanuel Alejandro Silva Salgado, constituyeron Entidad Religiosa de Derecho Público denominada Iglesia Ministerio Evangelístico Radial e Internacional Unidos en el Poder de Jesucristo Nuestro Señor, registro 4012 de 30 de agosto de 2016, domiciliada en la comuna de Rengo, calle Las Ilusiones número 706, población Santa Teresa, Región del Libertador Bernardo O‘Higgins; elementos esenciales, fundamentos y principios: Es una organización espiritual, Educacional y Caritativa de fieles dirigida por un Pastor Gobernante, autónoma e independiente cuya Fe se sustenta en la voluntad de Dios, cuya palabra se encuentra contenida en los sesenta y seis libros que componen la Biblia, Antiguo y Nuevo Testamento, y por lo tanto, es la autoridad final de su fe y práctica. Considera a Dios uno Trino, eternamente existente en tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo. Proclama a Jesucristo como su Salvador y Señor, sus miembros se consideran unidos a Él como un solo cuerpo. La administración de la Iglesia estará a cargo del Pastor Gobernante, con las siguientes atribuciones: Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; Administrar los bienes de la Iglesia, con la colaboración del equipo pastoral; Velar por el cumplimiento de los estatutos; Designar los miembros del Equipo Pastoral; Dar cuenta anualmente en la Congregación con el acuerdo del Equipo Pastoral, de la marcha de la institución y las demás atribuciones que determinen estos Estatutos. Rancagua, 20 de diciembre de 2016.




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