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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1170057 2017


(CVE 1170057)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO EVANGELÍSTICO Y PROFÉTICO DE LA IGLESIA CRISTIANA EVANGÉLICA DE ANTIOQUIA TEMPLO EN CHILE
(Extracto)
Hernán Cuadra Gazmuri, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 1160, comuna de Santiago, Región Metropolitana; certifica: Con fecha 15 de diciembre de 2015 (repertorio 25324/2015), se redujo a Escritura Publica el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominada Ministerio Evangelístico y Profético de la Iglesia Cristiana Evangélica de Antioquia Templo en Chile, con domicilio en calle Janequeo número 6633, comuna de Cerro Navia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, con Registro Público N° 3891, de fecha 15 de abril de 2016. Constituyentes: José de la Rosa Bello Retamal, Edith Cristina Ñanculeo Lincopán, Daysi Andrea Bello Ñanculeo, Paulina Andrea Greco Farías, Fabián Elías Bello Ñanculeo. Los elementos esenciales, fundamentos y principios: Uno) Exaltar, evangelizar y promover el mejoramiento moral, intelectual y el bienestar social de los miembros y simpatizantes. Promover el perfeccionamiento de sus miembros y pastores a través de escuelas religiosas otorgándoles los títulos suficientes para su eficiencia en la misión encomendada. Crear y sostener templos y centros de reunión y educación, al igual que fundar hogares de ancianos y de niños, niñas y adolescentes. Procurar el desarrollo de la comunidad a través de la difusión de la palabra de Dios, utilizando medios masivos de comunicación, redes sociales y la predicación pública. Dos) Respecto a la Biblia, creemos: Que las escrituras del Antiguo y Nuevo testamento son inspiradas por Dios; Que existe un Dios creador del Cielo y la Tierra; Que existe la unidad de la Divinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo; Que el Señor Jesucristo es el eterno hijo de Dios, concebido por el Espíritu Santo y nacido de María Virgen; Que la salvación se logra a través de la gracia de la fe y el arrepentimiento de pecados; Que el bautismo es por inmersión del creyente en agua en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo; Que las Escrituras enseñan que Satanás existe y que busca continuamente engañar a los hombres para frustrar los propósitos de Dios; Que el creyente debe cumplir con todas las obligaciones de ciudadano y ser respetuoso de sus leyes y las autoridades exhibiendo cualidades de honestidad, integridad, perdón y bondad; Que las Escrituras enseñan que el creyente debe estar separado de toda apostasía u organización que esté en discordia de la doctrina bíblica; Que las escrituras enseñan que Cristo es la cabeza del hombre y el hombre cabeza de la mujer y Dios es la cabeza de Cristo, por ende cada miembro ejercerá funciones según su género en respeto a esta jerarquía. Tres) Podrá ser miembro de la iglesia cualquier persona natural sin distinción alguna de edad, sexo o condición social, que cumpla con el requisito del bautismo bíblico, y que demuestre verdadero carácter cristiano, preparado para aceptar y ser gobernados por la declaración doctrinal y la constitución de la iglesia y la dirección superior de esta; Cuatro) La dirección superior de la iglesia estará a cargo de la Junta Ejecutiva que la encabeza el directorio vitalicio de cuatro personas: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, director más una selección de miembros fundadores e inspiradores del Ministerio Evangelístico y Profético de la Iglesia Cristiana Evangélica de Antioquia Templo en Chile. Siendo sus atribuciones dirigir la Iglesia en conformidad a los estatutos velando por su estricto cumplimiento. Santiago, enero 11 de 2017.




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