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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1177317 2017


(CVE 1177317)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA APOSTÓLICA ODRES NUEVOS
(Extracto)
María Mercedes Barrientos Valenzuela, abogado, Notario Público suplente del titular don Enrique Tornero Figueroa de la 49° Notaría de Santiago, con oficio en calle Paseo Phillips N°451 oficina 1905 comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 7 de junio de 2016 ante mí, Repertorio N° 39.379, compareció Daniel Alejandro Medina Toledo, quien debidamente facultado redujo acta constitución y estatuto de la siguiente entidad religiosa: Nombre: Iglesia Apostólica Odres Nuevos; Domicilio: Calle Toribio Larraín número 2258, comuna de Peñaflor; inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N° 3.949 de fecha 22 de junio de 2016; Nombre de los constituyentes: Aníbal Alberto Friz Fritz, Susana del Carmen Herrera Aros, Pabla Andrea Moraga Muñoz, Mario Bernardo Reinoso González, Estefani Solange Friz Herrera; Objeto: a) El ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; b) La comunicación y difusión, de palabra, por escrito o por cualquier medio, de su propio credo y la manifestación de su doctrina; c) La fundación, mantención y dirección de institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias; d) La creación, participación, patrocinio y fomento de asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines; Declaración de fe está basada en: a) La creencia de la existencia de la Santa Trinidad, basada en las Sagradas Escrituras; b) La creencia que Jesús (Cristo) es el hijo unigénito de Dios; c) La existencia de la Iglesia de Cristo, siendo ésta el pueblo adquirido y apartado por Él; d) La creencia que las Sagradas Escrituras son la palabra inspirada por Dios; Órganos de administración: i) La Asamblea General es la primera autoridad de La Iglesia y está compuesta por la totalidad de sus miembros; ii) El Directorio le corresponde la administración y dirección superior y estará formado por cinco miembros activos y será presidido por el Pastor Presidente, entre sus principales atribuciones son a) Dirigir La Iglesia y velar porque se cumplan sus Estatutos y finalidades; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a Asambleas Generales de miembros activos y las demás que designen los estatutos; iii) El Pastor Presidente es designado por la Asamblea General Ordinaria, y durará en sus funciones por un período de 5 años; sus principales atribuciones son: a) Representar judicial y extrajudicialmente a La Iglesia; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio; y las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 enero de 2017.




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