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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1190213 2017


(CVE 1190213)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
JEHOVÁ TRAE LUZ Y LIBERTAD
(Extracto)
Juan Mauricio Araneda Medina, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, con oficio ubicado en calle Caupolicán N° 355, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí Rep. N° 3623-2016. Se redujo a escritura pública Acta de Constitución y aprobación de Estatutos del Ministerio Evangelístico Jehová Trae Luz y Libertad domiciliado en Pasaje Ernesto Riquelme 1381, comuna de Mulchén. Inscrita en el Registro Público N° 4088, de fecha 6 de diciembre de 2016. Constituyentes: Gabriel Maynor Ramírez Venegas, Sara Elvira Chávez Novoa, Manuel Jesús Navarrete Figueroa, Rosario del Carmen Friz Henríquez, Rodrigo Alexis Luna Gómez, Marcela Georgina Ramírez Opazo. Siendo elementos esenciales, fundamentales y principios en que se sustenta la Fe que profesa; Primero: Cree en un Dios Trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo; Segundo: Cree en Jesucristo como único Salvador de la Humanidad; Tercero: Cree en la autoridad de las Santas Escrituras como la palabra de Dios por los Libros del Antiguo y Nuevo Testamento; Cuarto: Reconoce como Sacramentos: El Bautismo por Inmersión, la Presentación de los niños, la Santa Cena instituida por el Señor y el matrimonio; Quinto: Cree en el Bautismo del Espíritu Santo como poder regenerador y creador de una vida nueva; Sexto: Cree en la resurrección de los muertos y en la segunda venida de Cristo a la tierra en Gloria y Majestad; Séptimo: Cree en la Justificación por la Fe de Jesucristo y no por las obras de la ley, así como los milagros, maravillas y hechos sobrenaturales obrados por el poder de Dios; Octavo: La vigencia y actualidad de los ministerios de evangelistas, profetas, pastores y maestros, constituidos por Cristo; Noveno: El sacerdocio de todos los creyentes, que en la unidad del Espíritu Santo, constituyen la Iglesia Universal, el Cuerpo del cual Cristo es la Cabeza, comprometidos por el mandamiento de su Señor a la proclamación del Evangelio en todo el mundo; Décimo: La Iglesia Local como manifestación visible de una parte del Cuerpo de Cristo, así como la necesidad y responsabilidad de cada creyente de integrarse e identificarse con la misma; Decimoprimero: La esperanza del retorno visible de nuestro Señor Jesucristo, el arrebatamiento de la Iglesia, la resurrección de los muertos y la consumación del Reinado de Cristo en el milenio; Decimosegundo: El juicio final. Sin perseguir fines de lucro para sus asociados, el Ministerio tiene por finalidad confesar a Dios y servirle entre los hombres, cumpliendo los preceptos y orientaciones contenidos en las Sagradas Escrituras. Este Ministerio tendrá un órgano de administración y la dirección superior de la iglesia estará a cargo del Directorio Nacional compuesto por 3 personas: Presidente, Secretario y Tesorero, elegidos en elección directa por la asamblea general ordinaria y durarán un año en sus funciones, pudiendo ser reelegidos en sus cargos sólo para el periodo siguiente. El presidente del directorio lo será también de la iglesia y la representará judicialmente y extrajudicialmente. Son atribuciones del Presidente: Convocar y presidir las reuniones del directorio Nacional, y fijar su orden y día; Redactar y firmar los documentos y correspondencia del Ministerio; Supervisar los movimientos económicos junto con el tesorero. Atribuciones del Secretario: Llevar al día y custodiar los libros de registros y de actas del Directorio; Levantar acta y certificaciones de las reuniones del Directorio con el visto bueno del presidente; Asistir al Presidente en la redacción de la correspondencia y de los documentos oficiales de la Iglesia. Atribuciones del Tesorero: Supervisar la documentación contable recibida de las iglesias locales; llevar al día la documentación contable que afecte a toda la entidad, lo cual se efectuará bajo las directrices del Directorio. Entidad de derecho público de carácter religioso conforme a la ley número 19.638 y el decreto supremo 303 del Ministerio de Justicia.- Los Ángeles, 22 de noviembre de 2016.




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